Facultad de Derecho - Universidad de Buenos Aires Instituto de Derecho de las Comunicaciones
 
AÑO II | Nº 8
   

 

 
El mercado pierde 600 millones de pesos por la piratería
[Actualidad]

Gabriel Salcedo
Director Ejecutivo CAPIF
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¿Qué impacto genera la piratería? ¿Tienen ustedes alguna estadística?

La semana pasada, cuando anunciamos la campaña , anunciamos también que finalizamos un estudio de mercado con CCR, Cuore Consumer Research, que es una compañía de investigación de mercado muy conocida en la Argentina. Trabajamos sobre 700 casos , que son representativos para poder llevarlos a un universo a nivel país y determinamos, en este estudio, que se comparten en Argentina aproximadamente 412 millones de canciones por año en Internet en forma ilegal. Si consideramos, entonces, que cada álbum tiene 13 canciones, nos da que se comparten 31 millones de álbumes en la red, por año, en Argentina. Comparado con 14 millones de álbumes que se venden en forma legal en el país, esto nos da una visión del problema. Un poco más que el doble de lo que se vende en forma legal de discos en el país, es lo que la gente comparte en forma ilegal en la red en Argentina.

¿Cuál es el impacto económico que esto representa?
¿Lo han establecido?

Sí. Si el valor promedio de un disco, a nivel compañía, es de 10 pesos y el valor promedio de un disco, a nivel venta minorista, es 18 pesos, es cuestión de multiplicar 31 millones de discos por 20 pesos y tenemos 600 millones de pesos a nivel global que pierde de facturar toda la cadena de negocios, incluyendo la minorista, que incluye a los vendedores, los comerciantes, los distribuidores, los camioneros, las radios, las televisoras, los medios de comunicación, los artistas, los intérpretes, los diseñadores gráficos y todo el mundo que trabaja del mercado de la música.

En función de la información que obtuvieron, ¿se presentaron en la justicia penal, en la civil, o en ambas?

Lo que nosotros hicimos fue surfear la red igual que cualquier usuario de sistemas peer to peer, como el Kazaa o el e-Mule. Esto es posible porque son sistemas que a la gente se le ponen visibles ex profeso, a propósito. No estamos invadiendo la privacidad de nadie, sino justamente aceptando la invitación que hacen todos, en ese tipo de sistemas, a estar abiertos a que los demás los vean. Digo esto porque si es una revista que viene de la Facultad de Derecho es bueno explicar algunos aspectos legales que son muy interesantes. No estamos entrando en la privacidad de nadie, si no que estamos entrando a los lugares a los que nos invitan a entrar. Un usuario de Kazaa está abierto para que todos lo miren. Nosotros hacemos lo que nos permiten. De la misma manera que cuando vemos un pirata en la calle. Necesitamos sólamente mirar para verlo. Distinto es si queremos entrar en su domicilio. Necesitamos entonces una orden de allanamiento. A través de esto, determinamos cuál es la dirección IP de este usuario y le requerimos a la justicia que nos indique a quién corresponde esa dirección IP. O sea, a qué cuenta de Internet, a qué conexión de Internet.

Una dirección IP, por rango, permite saber a qué poder de acceso corresponde, si a Fibertel, a Telefónica o a quien fuera y la justicia le pide a ese poder de acceso que diga a qué conexión de usuario pertenece esa determinada IP, que ese determinado día nosotros vimos que estaba compartiendo música protegida por propiedad intelectual. Son demandas de tipo civil que tienen dos objetos: uno, cese en la actividad infractora y dos, reparación de los daños causados por esa actividad.

¿Van a trabajar sobre un caso en particular?

No. Hasta ahora, Iniciamos veinte casos y son los primeros veinte casos. Cuando llegamos a veinte casos, entendimos que teníamos una cantidad suficiente para hacer una anuncio público de esta situación. Pero, son nada más los primeros veinte. Vamos a hacer tantos casos como encontremos y como nos den las fuerzas y los recursos.

Entonces, por ahora, es sólo una demanda civil ...

Es una demanda civil. Pero, una demanda civil es mucho más de lo que uno cree. Es decir, hay mucha gente en la Argentina que ve cómo la justicia penal no funciona de la forma que debería para ser ejemplificadora. Entonces, una demanda penal no genera quizás tanta visión del problema o del riesgo como una demanda civil, porque la demanda civil depende exclusivamente de nosotros, funciona por impulso de parte y vamos a perseguir esta demanda hasta que cada uno de estos infractores pague lo que hizo. Entonces, cada padre va a pagar la macana que hizo su hijo bajando música de Internet. ¿Por qué? Porque de la misma forma que yo puedo impedir que mis hijos vean pornografía en Internet, puedo impedir que compartan archivos en forma ilegal con recursos muy sencillos y disponibles en la red.

En Comunicaciones entrevistamos a la profesora Rosa Franquet Calvet, quien comentó que en Europa se ha impuesto la costumbre de compartir los archivos musicales de la misma forma en la que se prestan libros u otros objetos, sobre todo entre los jóvenes, y se argumenta que si uno se va de viaje a un sitio remoto sin acceso a la web está en su derecho de dejarle sus archivos a los amigos, ¿esto supone alguna grieta en la argumentación de Ustedes?

No, en absoluto. Si yo me voy a Alaska un mes y presto mis discos, lo que estoy prestando son objetos materiales, cosa que tengo derecho a hacer. Le presté mis discos a una persona, de la misma forma en que se los puedo prestar a Usted ahora, o que Usted me los puede prestar o regalar a mí. Regalar discos es una actividad bastante bonita y representativa. Porque cuando alguien regala un disco está regalando, aparte de un objeto material con algún valor, un concepto. Le regala ese disco a esa persona. Y prestar discos es una actividad normal. Lo que estamos diciendo nosotros es que lo que no es correcto es copiar música, no prestarla. No hay contradicción en el punto si nos vamos a Alaska y les dejamos los discos a los amigos.

No hay contacto con lo que Ustedes están planteando ...

En absoluto. Nosotros estamos hablando de compartir archivos en Internet.

Que para ustedes no es un objeto ...

No. Es un bien. Es propiedad intelectual. No es un objeto material. Es un bien inmaterial. Como bien inmaterial, cuando Usted compra un disco lo que compra es el derecho sobre el pedazo físico que está comprando y por eso lo puede prestar y el derecho a escuchar ese tema de la forma en que se le dé la gana. Pero, no está comprando el derecho a hacer copias y distribuirlas. Y esto no es solamente en la música: es en todas las obras intelectuales, en todo el mundo y desde hace un par de centenas de años. Cuando yo compro un libro de Borges no tengo derecho a editarlo. Cuando yo alquilo una película de Tarantino en Blockbuster no tengo derecho a editarla y ni siquiera tengo a derecho a ponerla al aire en la televisión, si fuera un medio de comunicación. Debería comprar un derecho distinto, que es el derecho de radiodifusión. Cuando yo compro un disco, en Musimundo o en Yenny, estoy comprando el derecho a tenerlo, escucharlo, destruirlo, romperlo, prestarlo, regalarlo, pero no el derecho a copiarlo y distribuir copias. Sí tengo derecho a copiarlo con fines personales: si quiero hacer una copia para tenerlo en mi auto o en mi quinta, magnífico. Pero, si quiero hacer una copia para regalarla, no; porque ahí ya estoy duplicando el objeto para uso de un tercero. La copia privada es siempre en función del uso propio. Si yo puedo hacer una copia para regalarle a Usted, entonces, ¿cuántas copias puedo hacer para regalarle a tantos otros?

Si somos un grupo de cien personas, nos divertiríamos mucho: compramos cada uno 1 disco y hacemos 100 copias. El resultado final desde una lógica kantiana estricta es que, dentro de exactamente 17 minutos, desaparece la posibilidad de recrear música. ¿Porqué? Porque nadie tiene el derecho a distribuirla porque lo tienen todos. Que todos tengan derecho a distribuirla significa que nadie lo tiene. Si nadie tiene derecho a distribuir música, a través de lo cual hay una inversión y una creación, lo que sucede es que no va a haber más música grabada. Es una posibilidad. Si se legisla, bárbaro. Hay que entender si eso es posible. No lo es en el mundo de hoy. Si queremos seguir distribuyendo y escuchando música como sucede hoy, hay que proteger las creaciones de ser copiadas y distribuidas en forma ilegal.

Antes, la gente iba a la disquería y compraba un disco, ahora, parece tenerlo más a mano en Internet. ¿La industria tiene que reconvertirse necesariamente y buscar una salida a esto o se mantiene firme en su metodología de trabajo actual?

La tecnología ha hecho dos cosas. Antes de Internet, lo que hizo fue permitir las copias masivas esté o no esté en Internet el producto. Hay mucha piratería en las calles que no pasa por Internet, que pasa por reproducciones masivas. Por otro lado, Internet vino a permitir mayores posibilidades en relación al copiado de música. Las posibilidades tecnológicas no nos hablan de los derechos y de los deberes. Nos hablan de las posibilidades. También hay muchas armas de fuego y no nos da derecho a salir, a todos, a pegar tiros por ahí, ¿no? Está muy bien que haya armas, como hay muchos automóviles que si uno los usa de una forma determinada lo que puede hacer es matar a medio planeta. Tengo derecho a usarlo pero no a matar gente. Tenemos derecho a usar armas pero no a matar gente y tenemos derecho a comprar música y tener copiadoras para hacer mis propias copias o para copiar mis archivos. Y si yo soy autor y quiero distribuir mis copias ahí mismo, no tengo problemas para hacerlo. Para eso sirve.

No es que deba reconvertirse la industria. Lo que hace, básicamente, la industria discográfica, es descubrir talentos artísticos y desarrollar sus carreras en forma de discos, en obras que a veces son conceptuales, de 12 ó 13 temas y que distribuye de varias formas. En una época en cassette, ahora en discos compactos; pero, también en derechos para films y para publicidades. Y ahora, también, haciendo distribuciones a través de Internet. Esto es lo que está haciendo y lo que va a seguir haciendo.

Lo que estamos diciendo es que para que las compañías discográficas y los artistas puedan distribuir en forma legal música en Internet, primero tenemos que evitar esta enorme costumbre, esta cultura que se ha establecido respecto a al distribución ilegal. Hoy, hay una especie de piedra libre en relación a la música en Internet. De aquí a fin de año, en Argentina, van a haber cinco sitios, por lo menos, que distribuirán música legal. Entonces, la industria, sí se esta reconvirtiendo y sí está mirando que hay un nuevo mercado que debe trabajar para distribuir sus productos.

La industria hace lo mismo, descubre talentos y los desarrolla. Vende discos, vende publicidad, vende en Internet, que es una nueva forma de vender discos.

¿Evalúan Ustedes la posibilidad de que variando los precios con los que llegan los productos al público se podría evitar parte del conflicto o son dos aspectos divergentes?

Absolutamente. Desde un punto de vista matemático o estrictamente económico, podríamos decir que si bajaran los precios subiría la demanda. De todas maneras, los precios no están establecidos solamente por la demanda si no también por los insumos. Un pirata puede vender al precio que vende porque no paga ningún insumo. El insumo más caro, por ejemplo, es el artista. El derecho de autor, los derechos de los artistas, los impuestos, la grabación, pagar varias horas o varias semanas en un estudio de grabación, hacer la gráfica, reproducirla, hacer el marketing, llegar a todas las radios, agarrar el camión, distribuir el producto, llegar con el disco a la disquería. Lo que hace el pirata, cuando todo eso terminó, cuando usted tiene un disco listo y terminado después de seis meses de trabajo loco y grosero, lo copia y lo vende. Se pliega en los últimos diez segundos de una cadena bastante compleja. Entonces, obviamente, ¿si fuera más barato se vendería más? Sí. ¿Si fuera más barato se evitaría la piratería? Sí, pero no puede ser más barato. Me encantaría poder vender al precio que venden los piratas, pero para eso debería no pagarle a los artistas, no pagarle a los autores, no grabar ...

¿Y cómo voy a vender si no grabo?

¿Por qué nos cuesta a los consumidores creer que no se puede hacer más barato? Más aún cuando nos enteramos que lo queda al artista de esos 26 pesos es una cifra muy menor ...

Grabar un buen disco puede costar, por ejemplo, 50 mil pesos. Más barato, 30 mil. O aún menor. Hacemos una grabación de 20 mil pesos. Esto implica haber desarrollado todo un repertorio, haberlo escrito, haberlo ensayado y hay partes que no estoy valorando. Después le voy a hablar de lo que cuesta ir a un estudio de grabación, alquilarlo y grabar, pero mientras tanto esos músicos trabajaron varios
meses creando esas canciones, ensayándolas, arreglándolas y poniéndoles florcitas para que queden bonitas. Después vamos al estudio de grabación y empezamos a gastar dinero en el sentido de que firmamos cheques, pero después los cheques que vamos a dar a los artistas son los que pagan todo ese trabajo anterior. Gastamos 20 mil pesos en un disco que después vende 5 mil ejemplares. Gastamos, en la grabación, 4 pesos por disco, 2 ó 3 pesos en marketing y me olvidé de retribuir al fisco nacional, que se lleva el 21 %, me olvidé de pagarle el sueldo a mis empleados, ni hablar de alquileres y demás y de pagar derechos de autor. Un disco sale, promedio, a una compañía discográfica, 10 pesos. Llega al público a 26 porque la cadena y el estado se llevan otro tanto. Entiendo que sea difícil para un consumidor entenderlo de la misma forma que a mi me cuesta mucho trabajo entender porqué un kilo de nalga de ternera cuesta 14 pesos ó 13 pesos. Si Usted ve que hay tanta cantidad de vacas en el campo ... Pero, claro, si nosotros tuviésemos la posibilidad de saltar los cercos, agarrar las vacas, matarlas y comerlas, gratis, nos parecería mucho más caro todavía esos 13 ó 14 pesos que tenemos que pagar por un kilo de carne de nalga de ternera. Es caro, pero decímos, bueno, hay un trabajo, hay que criar las vacas, transportarlas, matarlas, cortarlas, filetearlas. Pero estaría lindo, porque pasa algo muy parecido con las vacas: las terneritas, que son las más chiquitas y las más ricas, se pueden reproducir. Digo, si Usted agarra una vaca, es una cosa. Pero si en lugar de las vacas roba las terneras, al dueño no le ha sacado nada porque igual se queda con las vacas. Bueno, lo mismo pasa con las discográficas. Porque, ¿qué estoy haciendo? Estoy copiando los discos, nada más. Ellos se quedan con el artista ...¿me explico?

Volviendo al tema legal, ¿entienden Ustedes que las leyes que existen son suficientes para resolver sobre este problema?

Sí. Sí y no. Sí en el sentido de que lo que protege la ley de propiedad intelectual son las obras creativas, no la forma en que se distribuyen esas obras. Entonces, una canción, como tema musical o una grabación, como banda sonora, está protegida independientemente de la forma en que se ha distribuido o vendido, en disco o por Internet. No debe haber una legislación especial para proteger las obras en Internet, porque está protegido el derecho sobre las obras. Y eso es desde siempre y no hay contradicción con ese tema. Pero, la legislación no es suficiente, no sólo por Internet si no por la piratería en general, para la forma en que se sanciona. De hecho, por eso es que hay tanta piratería. Porque nadie entiende que haya una sanción real al delito de la piratería. Y difícilmente, en el imaginario social se interprete la piratería como un delito: porque no tiene sanción, más allá de que hay una ley que describe cosas tales como pena de prisión para el ejercicio de la piratería. Pero, no hay una sanción en la realidad. La gente no va presa por hacer piratería. Entonces sí se precisan modificaciones legislativas, si es que queremos seguir protegiendo a nuestros artistas y a nuestra cultura y a nuestra industria nacional de la música. Para proteger a la música de ser robada de la misma manera que se protegen a las vacas, a los automóviles de ser robados, a las casa de ser usurpadas o como a tantos otros bienes.

¿En este proceso de la creación de una nueva ley que abarque este aspecto, tienen Ustedes algún trabajo realizado? ¿Piensan consultar a la Universidad?

Estamos trabajando con otros sectores de industrias relacionadas, como el cine y como el software, en pensar si juntos podemos establecer ciertos proyectos legislativos que criminalicen la piratería como tal. Y, básicamente, presentarla como un crimen organizado. La piratería no es un juego de chicos. Son, usualmente, bandas de personas que en forma empresarial, ilegal, se dedican a distribuir y a vivir exclusivamente de eso. Su modus vivendi es el delito. De la misma forma que una cosa es un crimen pasional y otra cosa es un crimen organizado. Esto es como las bandas que asaltan bancos: no se dedican a trabajar de choferes de colectivos y después, cuando están aburridos, roban bancos. Roban bancos o asaltan a gente en la calle. Se dedican a eso en forma organizada y criminal. La piratería que vemos en las calles es organización criminal de piratería. No son tipos que trabajan de otra cosa y cuando están distraídos hacen piratería. Por eso la piratería debe ser combatida como un delito económico de la magnitud que tiene. Y los delitos económicos organizados son más graves que los crímenes pasionales, aunque no esté en juego la vida. Pero, usualmente, el homicidio involucra un crimen pasional. O sea, quien comete homicidio, que se entienda bien lo que digo, no es alguien que tenga la tipología del delincuente. En general, es alguien que se calentó y mató. El que roba metódicamente, el que hace piratería, el que asalta bancos metódicamente, el violador, todos ellos, son personas que tienen tipología criminal. Están hechos para el crimen. Se dedican a cometer delitos en forma permanente y constante. El económico es un crimen que no es pasional. Es premeditado, es pensado, es planificado y está destinado a destruir toda una cadena productiva.

¿Observan Ustedes alguna legislación en el exterior que se aproxime a su posición o que pretendan incorporar a la legislación argentina?

No. Nuestra legislación es buena. Protege a las obras fonográficas. Sí tenemos experiencias en México y en Brasil, donde se han incrementado las penas por piratería. En México, en particular, se ha involucrado a la piratería como crimen organizado y eso permite que haya una mayor cantidad de acciones contra la piratería y entonces, un sentido social más de punición sobre este crimen. Pero, cada legislación es cada legislación y tiene un peso propio en relación a los demás delitos y hay que pensarla en función de la legislación nacional y del equilibrio de delitos que hay en nuestro propio código penal y de las leyes complementarias. ©

 

 
 
Editorial

Alberto Gabrielli