Facultad de Derecho - Universidad de Buenos Aires Instituto de Derecho de las Comunicaciones
 
AÑO III | Nº 9
   

 

 
La convergencia entre Turquía y la UE: Cambios en el estado y la sociedad
[Internacional]
Nilüfer Narli
Profesora
Doctora
Universidad de Bahçeehir
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Turquía y la UE: Un Largo Viaje

Turquía ha iniciado oficialmente una ronda de negociaciones con la Unión Europea con miras a unirse al bloque de 25 naciones. Este largo viaje comenzó en 1959, cuando Turquía solicitó que la Unión Económica Europea (UEE) la reconociera como asociada el 31 de julio de ese año. El 12 de septiembre de 1963, Turquía suscribió el Acuerdo de Ankara por el que se constituyó una unión aduanera entre dicho país y la UEE. Turquía se convirtió así en miembro asociado de la Comunidad Económica Europea. La cláusula 28 de dicho acuerdo contemplaba que la evolución de la relación entre ambas partes culminaría en la incorporación plena de Turquía como socia del bloque. Más tarde, en la Cumbre de Helsinki celebrada en 1999, Turquía se convirtió en candidata para alcanzar dicho status. Tiempo después, el 17 de diciembre de 2004, la Unión Europea (UE) resolvió iniciar conversaciones con Turquía conducentes a su accesión. El hito más reciente de estas negociaciones tuvo lugar el 5 de octubre de 2004, fecha en que la UE recomendó dar comienzo a las tratativas tendientes a la accesión de Turquía. Esta decisión fue adoptada dentro del estrecho alcance del mandato impartido por la cumbre de la UE en diciembre de 2002, a los efectos de determinar si Turquía había satisfecho los criterios políticos de Copenhague con respecto a sus posibilidades de elección como país miembro de la UE. La recomendación es positiva, pero también cautelosa. Cuando se confirmó la respuesta a Turquía, el entonces Presidente de la Comisión de la UE, Romano Prodi, hizo referencia al análisis sobre “Conflictos Emergentes de la Asociación de Turquía” y al “Informe sobre el Progreso de Turquía hacia su Accesión”, en los que se evaluaba en detalle “la superficie y posición geográfica del país y sus tradiciones como potencia regional, su capacidad de defensa, población y crecimiento demográfico, nivel actual de desarrollo, las disparidades existentes entre sus regiones internas y el volumen de su población rural e indigente”.

¿Cuáles son los pasos a seguir y las perspectivas? En primer lugar, es necesario que los empleados públicos de Turquía conozcan el derecho que rige a la UE. Este proceso ya ha comenzado. Al mismo tiempo, los funcionarios de la UE se dedicarán al estudio del derecho vigente en Turquía, para identificar en qué áreas deben concentrarse durante la primera etapa de las negociaciones. El primer paso sustancial fue tomado el 20 de octubre de 2005, fecha en que se inició el proceso de análisis de la legislación turca con el objetivo de determinar qué cambios se requerirán para adaptarla a las normas “acquis communautaire” de la UE. Se estima que este análisis se prolongará por el término aproximado de un año. No obstante, ello no impide la apertura de las negociaciones sobre uno o más de los 35 capítulos en los que se encuentra clasificada dicha normativa. El año más próximo en que la UE estará en condiciones de admitir a Turquía es el 2014. Predicciones más realistas mencionan al 2020 como posible año de ingreso. Para entonces, Turquía habrá adoptado unas 80.000 páginas de la legislación de la UE.

Existen dos factores fundamentales que podrían influir en la incorporación de Turquía como país miembro de la UE. El primero de ellos es su capacidad para dar cumplimiento tanto a los criterios de Copenhague como a los lineamientos económicos establecidos en el Tratado de Maastricht. El segundo factor es la decisión de la UE de continuar siendo una potencia continental o de convertirse en potencia global: una UE globalizada necesita de Turquía, mientras que una Europa predominantemente continental podría no incluir a Turquía como miembro pleno, sino con un status especial. El primer factor depende de la preparación de Turquía para Europa; el segundo, de la decisión que adopten las cúpulas políticas y la opinión pública en los países miembro de la UE.

Considerando el primer factor, cabría preguntarse: ¿ha progresado Turquía en el cumplimiento de las condiciones específicas de los criterios de Copenhague? Tanto el gobierno como la mayoría del pueblo se han concentrado en la adquisición de la calidad de miembro de la UE a través de manifestaciones y actos tendientes a allanar el camino para las negociaciones sobre accesión. Las mentes y los corazones están cambiando en el país. Es corriente escuchar a un ciudadano común diciendo: “deberíamos modificar esto o aquello para ajustarnos a los estándares y estilo de vida de Europa”. También se han puesto en marcha cambios institucionales más profundos (descriptos a continuación). El Partido Justicia y Desarrollo (AKP) ha acelerado el proceso de ajuste de políticas, iniciado por su predecesor, con el propósito de instrumentar diversas reformas tendientes al cumplimiento de los criterios políticos. Entre dichas reformas figuran la enseñanza y difusión del idioma kurdo, la abolición de la pena capital, la desaparición de los tribunales de seguridad estatal y la transformación de las relaciones entre civiles y militares hacia una mayor transparencia del presupuesto de defensa y un mayor control civil, lo que fue confirmado con la designación de un diplomático en reemplazo de un general de cuatro estrellas como Secretario General del Consejo de Seguridad Nacional en septiembre de 2004.

Cambios Institucionales

Turquía está sumergida en un verdadero mar de cambios, en una transformación impulsada por el envolvente poder de la UE. El gobierno, a cargo del partido AKP, promulgó reformas radicales para convertir a Turquía en un candidato más atractivo para su incorporación plena a la UE en el 2004. Estas reformas constituyen la sexta, séptima, octava y novena de una serie de paquetes sancionados desde febrero de 2002 con miras al cumplimiento de los criterios de Copenhague en materia de accesión. El proceso de reformas continúa y se ha extendido a elementos clave de la arquitectura política de Turquía, entre ellos, la expresión política y los derechos humanos y, lo que resulta más importante en términos de la vida política de Turquía con posterioridad a la década del 60, a la estructura y dinámica de las relaciones cívico-militares.

Por otra parte, Turquía ha revertido su política con respecto a Chipre. Los resultados del referéndum del 24 de abril de 2004, que revelaron que el norte de Chipre claramente respalda la reunificación de ese país, pusieron de manifiesto la positiva influencia de la diplomacia turca.

El actual gobierno turco, conducido por el Partido Justicia y Desarrollo (AKP), controla más de los dos tercios del parlamento, lo que le permite legislar sin recurrir a las coaliciones y hasta contrarrestar el veto presidencial. Esta clase de mayoría parlamentaria absoluta, novedosa en el escenario de la política turca después de un largo período de gobiernos de coalición (1987-2002), ha facilitado la liberalización democrática orientada a la UE, sugiriendo la continuidad de reformas adicionales.

No obstante, el AKP surgió de un partido de ideas islámicas extremistas, el ahora disuelto Partido de la Virtud, derrocado por los militares en 1997 y prohibido en 1999 por oponerse al carácter constitucionalmente secular de Turquía. Tras ganar las elecciones, la política exterior del AKP dio prioridad a la accesión del país a la UE, lo que resultó una sorpresa para muchos observadores que no habían advertido la existencia de una política particularmente pro-UE en la plataforma de ese partido.

Expresión Política y Derechos Humanos

Se introdujeron importantes cambios en el Código Penal. Las manifestaciones del pensamiento al solo efecto de la crítica y en ausencia de difamación ya no son punibles. Además, se eliminaron expresiones generalizadas tales como “facilitar el accionar [de organizaciones delictivas] de alguna manera”. Del mismo modo, en la Ley Anti-Terrorismo, una efectiva “incitación a la violencia” debe ser el criterio que permita la iniciación de acciones penales por “propaganda contra la inseparabilidad del estado”. La pena mínima por insultar a “la idiosincrasia o el “ser nacional” de los turcos, a los ministros de la República o a las fuerzas militares o de seguridad” se ha reducido de un año a seis meses.

En el Código de Procedimiento Penal, la investigación de actos de tortura y abuso de autoridad por parte de organismos oficiales reviste carácter prioritario. Las audiencias no pueden demorarse por más de treinta días y deben realizarse durante el receso judicial de ser necesario. En tiempos de paz, los tribunales militares ya no juzgarán a civiles por incitar a los soldados a amotinarse o al público a no cumplir con el servicio militar. Además, a los fines del procesamiento penal, el término “menor” se aplica ahora a los menores de dieciocho años, y no a los de quince, como lo era anteriormente.

Como resultado de la reforma de las Leyes sobre Asociación y Reunión, ya no se prohibirá unirse a asociaciones a los ciudadanos condenados por “incitar al odio por razones religiosas, raciales, sociales o culturales”. El Ministerio del Interior deberá acelerar el proceso de revisión de las cartas orgánicas de las nuevas asociaciones que se constituyan y se ampliaron los derechos de los estudiantes a formar asociaciones. Solamente se prohibirán las asambleas y manifestaciones públicas si existe “un claro e inminente peligro de que se cometan actos delictivos”.

La incomunicación durante la detención de los imputados de la comisión de delitos previa a la iniciación de las pertinentes actuaciones judiciales –práctica que facilitaba la tortura– se ha dejado sin efecto. Otro paso importante para poner fin a la tortura se adoptó con la anulación de la ley que requería la aprobación de los superiores para las investigaciones. Esta ley había protegido a los torturadores contra eventuales sanciones. Turquía ha resuelto que sus tribunales incorporen la jurisprudencia de la Corte Europea de Derechos Humanos en la conducción de los juicios locales.

En el 2004 se levantó el estado de emergencia que limitaba las libertades fundamentales en el sudeste de Turquía, donde se produjeron enfrentamientos entre el proscrito Partido separatista de Trabajadores Kurdos y las fuerzas de seguridad durante largos años (1983-1999). Particularmente importante en el contexto de la “Cuestión Sudeste” fue la sanción de la Ley de Idiomas y Dialectos Extranjeros, que ahora permite que las instituciones de enseñanza de idiomas ofrezcan cursos en los dialectos tradicionales de los ciudadanos. Se dejó sin efecto la prohibición sobre instrucción y difusión del idioma kurdo, legalizándose de esta manera la enseñanza y edición de publicaciones en ese idioma.

Las reformas legislativas tendientes a la armonización del derecho turco con la normativa que rige a la UE han transformado las relaciones cívico-militares, conduciendo a una mayor alineación con las prácticas de la UE (ver abajo). Dichas reformas eliminaron las facultades del Consejo de Seguridad Nacional y su Secretaría General, que habían subordinado formalmente a los civiles a la autoridad militar. También se introdujo un cambio de gran trascendencia en la asignación de las fuentes para el presupuesto de defensa. Por primera vez en su historia reciente, el gasto público en educación en el bienio 2004-2005 superó al de defensa.

Con la sanción de la ley de libertad de información, aunque no constituye un requisito de los criterios de Copenhague para su accesión a la Unión Europea, Turquía se ha situado a la vanguardia de los países miembro de la UE. El proceso reformista en Turquía ha cobrado envergadura propia.

Perspectivas y Riesgos

La perspectiva de la incorporación de Turquía a la UE ha dado fuerte impulso a su progreso, brindándole un enorme incentivo para adoptar reformas internas. La admisión de Turquía como miembro de la UE representará un paso fundamental para el bloque, que le permitirá ampliar considerablemente su zona geográfica y demográfica de paz, prosperidad y libertad y contribuirá a facilitar el diálogo entre las civilizaciones.

Es factible que la disciplina macroeconómica y la reforma estructural en Turquía continúen evolucionando al impulso de la perspectiva de su accesión a la UE. El acuerdo celebrado en octubre de 2005 con respecto al inicio de las negociaciones en materia de accesión es el primer paso en esa dirección. Los riesgos de retrasos surgen de ambos lados, sin embargo. La mayor fuente de inestabilidad es el surgimiento de un movimiento ultranacionalista, que afecta negativamente el apoyo popular a la UE y las reformas tendientes a la armonización con su normativa. Por otra parte, las tensiones entre los secularistas y el partido gobernante en Turquía y los últimos acontecimientos en el norte de Irak apuntados a sembrar el temor por la integración territorial representan grandes desafíos.

Según las encuestas conducidas por ANAR en octubre de 2004, el 70 % de la población respalda la incorporación de Turquía como país miembro de la UE.
Este tema reviste gran importancia para mucha gente: más del 50 % de los participantes en las encuestas identificaron a la decisión de la UE con respecto a Turquía como el acontecimiento más importante de sus vidas. ©

 

 
 
Editorial

Alberto Gabrielli