Seminario "Derecho Animal"

Directora: Prof. María de las Victorias González Silvano - gioja@derecho.uba.ar

Subdirector: Abog. Martín Alberto Testa

Coordinadoras: Ab. María José Domínguez Edreira y Ab. Ana Maria Aboglio. semderechoanimal.coord@derecho.uba.ar

Integrantes:

  • Dr. Martin Scotto
  • Mag. Juan Ignacio Serra (Mag. Dcho animal y ambiental, Universidad de Barcelona)
  • Ab. Gabriela Nasser (UBA)
  • Ab. Martin Testa (UBA)

Invitados/as:

  • Dr. Oscar Horta (Prof. Titular de Filosofía en la Universidad de Santiago de Compostela)
  • Mag. Elisa Rosa (Mag. en Derecho Ambiental, UCASAL)
  • Silvina Pezzeta (UBA / CONICET)
  • Rosa Maria de la Torre Torres (México)
  • Israel Gonzalez Marino (Chile)
  • Taeli Gomez Francisco (Chile)
  • Elizabeth Tellez (UNAM)
  • Beatriz Vanda Canton (UNAM)
  • Maria Teresa Gimenez Candela (UAB)

1) Fundamentos y objeto del Seminario:

Hablar de los derechos de los animales y su protección contra el maltrato en nuestro País, no es algo de la actualidad, Argentina fue pionera en el mundo en dictar leyes al respecto, para ello, deberíamos remontarnos al 25 de julio del año 1891, fecha en la que el Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina sancionan la ley 2.786, ley precursora en la protección de los animales y frente a la crueldad contra ellos. Comúnmente se la denominó “Ley Sarmiento” , aquella declaraba como actos punibles los malos tratamientos ejercitados contra los animales.

El día 24 de septiembre de 1881 se creó la Sociedad Argentina Protectora de los Animales, gracias a su trabajo, una década más tarde, se sancionó la ley antes mencionada. Los fundadores de la misma, fueron entre otros, el ex Presidente de la República Argentina el Dr. Domingo Faustino Sarmiento, y quien fuera el primer secretario de dicha entidad el Dr. Ignacio Lucas Albarracín, este último fue un luchador por la defensa de los animales, realizando campañas contra la doma de potros, la matanza para faenar animales, el asado con cueros , la riña de gallos, las corridas de toros, el tiro a la paloma, la protección de los equinos de tiros.

Destacamos también la existencia de un “día del animal” cada 29 de Abril en Argentina a partir de la firma de un decreto el día 20 de abril de 1907 por parte de quien era el intendente de la Ciudad de Buenos Aires, este día se comenzó a celebrar debido a las propuestas iniciadas por el Doctor Albarracín, dos décadas después muere un 29 de abril de 1926.

Aquella precursora normativa (ley N° 2.786) fue complementada en el año 1954 por medio de la sanción de la ley 14.346, en esta oportunidad el autor de la ley fue el Dr. Antonio J. Benítez .

La ley 14.346, actualmente en vigencia, forma parte de las leyes suplementarias del Código Penal de la Nación Argentina, reprime a los autores de malos tratos o actos de crueldad frente a los animales. Las penas van de los 15 (quince) días a 1 (un) año de arresto.

Con la reforma de la constitución de la República Argentina del año 1994, se incorporan al texto constitucional los derechos de tercera generación, donde en estos, los intereses que se protegen, no son particulares, sino comunes a un conjunto de individuos, es así como se incorpora el artículo 41 de la protección del medio ambiente: “…Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales...”

En este sentido, no podemos dejar de mencionar la reciente e importante sanción de la prohibición de carrera de perros del año 2016 (Ley 27.330).

Si bien, al hablar de la incorporación de la protección del medio ambiente al texto constitucional no se hace referencia alguna a los animales directamente, si podríamos entender que al referirse a patrimonio natural y diversidad biológica están abarcados los animales no humanos. Como así también la cantidad de legislación existente a lo largo y lo ancho del país.

Todas estas modificaciones forman parte de un gran cambio de paradigma del que estamos siendo promotores y testigos quienes vivimos en este tiempo. Las legislaciones comienzan a ceder ante el ingreso de un nuevo sujeto dentro de nuestro ordenamiento, un sujeto con características propias que requiere de un ordenamiento propio. Las Constituciones comienzan a reconocerle derechos fundamentales y los Códigos, a acogerlos como una nueva categoría jurídica.

De una simple observación en los tres poderes del estado, observamos la existencia de comisiones, programas, secretarías, direcciones, entre otras, que se dedican exclusivamente en el animal (poder ejecutivo), del mismo modo, recientes creaciones de Fiscalías exclusivas en el tratamiento de casos de maltrato animal, como así también secretarías especializadas dentro de la órbita del Ministerio Público llevan casos de esta índole (Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Rosario, Bahía Blanca, etc.), cerca de mil proyectos de ley que se discuten en el Congreso de la Nación tratan la temática de los animales en sus distintas formas de utilizarlos (producción, experimentación, recursos naturales, canarios, circos, zoológicos, maltrato animal, entre muchas otras), comisiones en los Colegios Públicos profesionales alrededor de todo Nuestra República, y no podemos dejar de nombrar las Universidades Públicas que incorporaron materias del tema, como lo es el ejemplo de esta Casa de estudios y la Universidad Nacional de Córdoba.

Todo esto lleva necesariamente a una profesionalización de la temática y necesariamente son las Universidades el espacio necesario para que los profesionales se perfeccionen en dicho ámbito.

2) Objetivos del Seminario:

La presente propuesta de seminario de investigación permanente es ambiciosa ya que no solo abarcará la temática penal sobre protección contra el maltrato sino que además abarcará otras temáticas afines.

En atención a ello, con el aval que la Universidad de Buenos Aires ofrece en su política de estímulo a la Investigación científica, trabajaremos sobre la temática del Derecho Animal como rama jurídica nueva y transversal, siendo objetivos del presente seminario:

  • Explorar la vinculación entre el Derecho Animal y el Derecho Ambiental.
  • Abordar planteamientos desde la ética en general y la ética animal en particular.
  • Conocer la situación jurídica de los animales en nuestras legislaciones tanto civil como penal y como los Animales No Humanos (ANH) son considerados en las sociedades actuales.
  • Aproximarse a la visión medica veterinaria en las políticas de salud pública.
  • Analizar las legislaciones Nacionales y extranjeras que tratan el maltrato animal.
  • Analizar los fallos relevantes en la materia.
  • Generar una conciencia empática frente a la problemática de la explotación de los animales no humanos.
  • Capacitar a los abogados en lograr un conocimiento crítico en la materia.
  • Evaluar los proyectos de reformas que se discuten en el Poder Legislativo.
  • Proveer las herramientas necesarias para abogar en la defensa de los derechos de los animales, abarcando también la normativa de consumidor
  • Comprender la salud veterinaria como parte de la salud publica
  • Reflexionar sobre la violencia como manifestación directa de maltrato animal y como indicador del maltrato a otras especies, entre ellas la humana.
  • Abordar la experimentación, formas, caracteres, sujetos, posturas éticas de la misma.

3) Modalidad de trabajo:

La dirección de este seminario estará a cargo de la Prof. E. Maria de las Victorias Gonzalez Silvano e integrada por distinguidos investigadores/as en la temática.

Los encuentros se realizarán en la sede de la Universidad de Buenos Aires.

4) Actividades proyectadas:

El plan de trabajo incluye lecturas, comentarios de textos y fallos, conferencias de algunos de los integrantes e invitados especiales, presentaciones de libros y el desarrollo de eventos abiertos a la comunidad, entre otros. Se llevaran a cabo acciones destinadas a generar y profundizar vínculos con otras Universidades nacionales y extranjeras.

Entre las instituciones con las que trabajamos se destacan los vínculos académicos establecidos con el Honorable Senado de la Nación Argentina, Cascos Blancos Argentina, Colegio de Abogados y Procuradores de Neuquen, Colegio de Abogados del Departamento Judicial Dolores, Colegio de Abogados de La Matanza, Ministerio Publico de la Provincia de Buenos Aires, Municipalidad de La Plata, Universidad de La Matanza, Escuela Cristoforo Colombo, Instituto Lebensohn, Asociación Civil “Centro Comunitario Luz Matinal”, “Asociación Pajaros Caidos” , “Asociacion Campito Felino” entre otras.

Asimismo, llevamos adelante el II Encuentro Nacional sobre Derechos de los Animales no Humanos, los días 6 y 7 de Junio de 2019, en el ámbito de esta Casa de Estudios.
Es de resaltar que el I Encuentro Nacional sobre Derechos de los Animales no Humanos fue declarado de Interes Cultural en la Legislatura de la Ciudad de Buenos( junio 2018)

5) Áreas temáticas:

A efectos de poder llevar adelante la presente propuesta en el ámbito del seminario que proponemos trabajaremos en grupo de a pares en las siguientes áreas temáticas, a saber:

  • Derecho animal y su vinculación con el derecho ambiental.
  • Introducción a la ética y la ética animal.
  • Discriminación: el caso del sexismo y el especismo.
  • Personalidad jurídica en los ANH.
  • Legislación penal nacional y provincial. Normas contravencionales.
  • Las aves y su régimen legal.
  • Procedimiento penal y civil.
  • Violencia inter- especie.
  • Animales y consumidor.
  • Animales y propiedad horizontal. Conjuntos inmobiliarios.
  • Animales en otras ramas jurídícas y no jurídicas.
  • Salud pública.
  • Experimentación.

6) Informes
Asimismo asumimos el compromiso de informar anualmente y/o cuando así se lo requiera a la dirección del Instituto nuestras actividades y avances en la temática llevadas adelante en el marco del Seminario propuesto.