Encuentro de Derechos Humanos con Carolina Varsky: La promoción de los derechos humanos desde la sociedad civil al ámbito público

Convocado por el Centro de Derechos Humanos, el 17 de abril en el aula 6 de Extensión Universitaria se realizó un encuentro con Carolina Varsky, actual coordinadora de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad del Ministerio Público Fiscal de la Nación. Se desempeñó por más de una década como abogada del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). El encuentro, en esta oportunidad, versó sobre la promoción de los derechos humanos desde la sociedad civil al ámbito público.

La introducción al evento estuvo a cargo del director del CDH, Martín Sigal. Luego, Carolina Varsky relató que ya en el año 1997 se acercó al CELS, en 1998 realizó el práctico en el CELS y en el práctico decidió trabajar en el programa Memoria. "Frente a la imposibilidad de perseguir penalmente a los autores de los crímenes de la dictadura porque estaban vigentes las leyes de Punto Final y Obediencia Debida y los indultos, el CELS comenzó a buscar alternativas e ingeniárselas para reclamar el derecho a la verdad", compartió Varsky. Señaló que en los años 1999 y 2000 se promovió el avance de los juicios por la verdad. Añadió que luego de recibirse se sumó al equipo de trabajo del CELS. "Los juicios por la verdad eran reclamos de los familiares que solicitaban que se avanzara en la búsqueda de la verdad de los hechos, no se buscaba la responsabilidad penal, no eran juicios comunes y corrientes sino que se llamaba a testigos y los testigos podían ser los propios imputados, que aportaban o no información sobre un hecho determinado de una persona desaparecida", describió. Adicionó que estos juicios avanzaron en algunas jurisdicciones. Luego, el CELS comenzó a pensar la posibilidad de volver a insistir con la persecución penal, en el marco de una causa en la que se investigaba el secuestro y la desaparición de una madre junto con su hija. Por la ley de Obediencia Debida, la apropiación de la menor se podía perseguir penalmente pero el secuestro de la madre no. Ante esta situación paradójica, el CELS plantea la inconstitucionalidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida en el 2000, pero el fallo recién se dicta el 6 de marzo de 2001, cuando el juez Cavallo dispone que estas leyes son inconstitucionales y que se debe investigar conjuntamente a las personas que secuestraron a la madre y a la hija. El 14 de marzo la Corte Interamericana falla en un caso contra Perú y dispone que ningún estado puede anteponer una situación de cosa juzgada para impedir las investigaciones. "Eso generó un ambiente de que Argentina podía incurrir en responsabilidad internacional", resaltó Varsky. Así, comienzan a abrirse en algunas pocas jurisdicciones las causas por crímenes cometidos en la dictadura. En 2002 el caso llega a la Corte y además, más tarde, se remite un proyecto de ley al congreso mediante el cual dispone la declaración de inconstitucionalidad de ambas leyes. "Se generó una discusión en términos legislativos sobre si el Congreso podía o no anular una ley", indicó. El fallo de la Corte viene en 2005, por lo que pasaron casi cuatro años desde la primera declaración de inconstitucionalidad.

Hacia el final, indicó que la formación en ciencia política y entender una política pública le ayudó a entender dentro del Ministerio Público por qué las cosas a veces funcionan de determinada forma. 



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