Proyectos UBACyT

Fecha de inicio

1º de julio de 2010

Fecha de finalización

30 de junio de 2013

Código

20020090100206

Tipo de proyecto

Grupo consolidado

Título

La deriva del sentido y los límites de la interpretación judicial.

Director

Carlos María Cárcova

Contacto

gioja@derecho.uba.ar

 

INTEGRANTES
Nombre y apellido Categoría
1 Alicia Ruíz
Investigadora formada
2 Nora Inés Wolfzun Investigadora formada
3 Marina Gorali Investigadora tesista
4 Guillermo Moro Investigador tesista
5 Marcelo Roberto Lobosco Investigador en formación
6 Antonio Manuel Torres Investigador en formación

 

PALABRAS CLAVE

Filosofía del Derecho
Lingüística
Hermenéutica jurídica


RESUMEN

El lenguaje ocupa el centro de la escena intelectual desde mediados del siglo pasado; la lingüística moderna que nace con Saussure y con Pierce hace casi cien años, ha venido evolucionando constantemente a través de multiplicidad de escuelas y tendencias, cada una de las cuales ha realizado aportes que, aunque no siempre consistentes, resultaron, de todos modos, de singular importancia, como no podía ser de otro modo, dado que la materia prima fundamental que constituye el objeto al cual ellas refieren es el lenguaje y más genéricamente, el sentido y la comunicación. Pero estas cuestiones llegan apenas balbuceantes y asordinadas a la práctica de jueces y abogados. Ello justifica la propuesta que conlleva el presente proyecto. Pero sólo de manera parcial. En lo sustancial deberá advertirse que nos encontramos frente a una cuestión ciertamente dilemática. Si nuestro escepticismo respecto del sentido que anida en los textos es extremo y radical, buena parte de las construcciones del constitucionalismo democrático y del desarrollo de las doctrinas de los derechos fundamentales entrarían en zona de turbulencia. Si todo es interpretable, ¿en donde radica entonces, la fijeza y estabilidad de un sistema social basado en un régimen de garantías fundamentales?. Se encuentran implicadas en las respuestas posibles cruciales asuntos que conciernen a la metaética, a la ética normativa y a la aplicada, también a la política y a las tecnologías jurídicas. De modo que procurar algunas respuestas a estos significativos asuntos es, quizá, la mejor justificación del proyecto en análisis. Se trata de encontrar un equilibrio entre los “derechos del texto”, como lo menciona Umberto Eco y la lectura del interprete que es, en algún punto, insoslayablemente performativa . He aquí el dilema que se enfrenta y la hipótesis que se adelanta: un razonable equilibrio permite superar la utopía de un sentido último y definitivo alojado en los textos, también en los textos normativos, sin que ello importe decantar en un radical escepticismo en el torno al significado. El texto interpretado impone restricciones al interprete, que no las puede transgredir, porque tales restricciones no son exclusivamente lingüísticas, son también políticas y sociales.