Proyectos UBACyT

Fecha de inicio

 

Fecha de finalización

 

Código

20020100200220

Tipo de proyecto

 

Título

¿Prevenir o reprimir? Diferentes respuestas estatales al delito de los menores de dieciséis años en el marco del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

Directora

Mary Beloff

Contacto

investigacion@derecho.uba.ar

 

INTEGRANTES
Nombre y apellido Categoría
1 Martiniano Terragni  
2 Diego Freedman  
3 Mariela González  
4 Malvina Zacari  
5 María Virginia Deymonnaz  
6 Mariano Kierszenbaum  
7 Lorena Vuotto  
8 Santiago Bertinat Gonnet  
9 Andrés Heim  
10 Juan Ángel Vásquez  
11 Diego Conte  
12 María De Los Ángeles Gimenez
 

PALABRAS CLAVE

Justicia juvenil
Imputabilidad
Prevención

RESUMEN

La determinación de la edad mínima de capacidad penal exigida por la Convención sobre los Derechos del Niño es una decisión de política criminal adoptada por cada Estado. Sin embargo, el sistema internacional de derechos humanos ha establecido algunos criterios para limitar la discrecionalidad estatal a la hora de fijar esa edad. Específicamente las Reglas mínimas de Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (conocidas como reglas de Beijing) que integran el Preámbulo de la CDN establecen que la edad mínima no debe establecerse muy tempranamente habida cuenta de los factores que afectan la madurez emocional, mental e intelectual del niño. Por su parte el Comité de Derechos del Niño, en su Observación General nº 10, instó a los Estados a elevar la edad mínima con el fin de reducir el ámbito subjetivo del sistema penal juvenil, estableció que fijarla por debajo de los 12 años no es internacionalmente aceptable y precisó que cuando la edad mínima se fija entre los 14 y los 16 años de edad se contribuye a lograr el objetivo de tratar a los niños imputados de delitos sin recurrir a los procedimientos judiciales penales. A pesar de esas claras prescripciones, el Senado dio media sanción a un nuevo proyecto que reduce la edad penal a los 14 años. Este texto jurídico -caracterizado por numerosas falencias técnicas y problemas variados de constitucionalidad- ha logrado, desde el punto de vista político-criminal, lo que resulta imposible en cualquier otra área del derecho penal: hacer coincidir las exigencias por tornar más represiva la intervención estatal respecto de los jóvenes no punibles (aquélla que reclama reducir la edad penal) con el reclamo por la reforma en razón de la alegada falta de vigencia de las garantías constitucionales en los procesos judiciales seguidos contra los menores de dieciséis años, tal como ocurría hace más de diez años atrás. Cómo y por qué debe el Estado responder cuando se atribuye un delito a un menor de edad a partir de los compromisos internacionales que ha asumido sin recurrir a soluciones que se han mostrado como completamente ineficaces para reducir la violencia son las preguntas que se actualizan cada vez que un adolescente comete un delito que genera alarma social y provoca que el Congreso Nacional retome el tema. Sin embargo, el abordaje de estos interrogantes se ve opacado por un reduccionismo que concentra la discusión en dos puntos: a partir de qué edad se puede “meter preso” a un joven y por cuanto tiempo.

OBJETIVOS

Relevar, sistematizar y analizar los aspectos problemáticos relacionados con la respuesta estatal frente al delito atribuido a una persona menor de dieciséis años de edad (inimputable para la ley argentina).

MODALIDAD DE TRABAJO

Las reuniones UBACyT son encuentros grupales y periódicos en dónde se informa y debate sobre los avances y dificultades del proceso de investigación, se asignan tareas y se proponen actividades/seminarios/publicaciones de utilidad para lograr los objetivos propuestos.

Desarrollo de actividades: las actividades desarrolladas han permitido identificar los principales aspectos problemáticos, en especial la dificultad de determinar la edad mínima a partir de la cual es posible considerar capaces de responsabilidad penal (imputables) a los menores de dieciocho años. Por otro lado, se han logrado identificar los diversos aspectos vinculados con la confusión existente respecto de las medidas que el Estado puede o no adoptar respecto de personas menores de edad acusadas de cometer un delito.

Objetivos: la producción de información cuali y cuantitativa aproxima la investigación al cumplimiento de los objetivos generales y específicos fijados, para contribuir a la definición a respuesta estatal al delito del menor inimputable por razones de edad a partir de los estándares del derecho Internacional de los Derechos Humanos; y, por el otro, a proporcionar herramientas conceptuales para la definición del debate legislativo y el diseño y formulación de una política criminal juvenil que contribuya a disminuir la violencia social en un marco de respeto de los derechos de los jóvenes