Proyectos PDTS

Fecha de inicio

01/09/2013

Fecha de finalización

30/08/2015

Código

PD01

Título

Investigación para la creación y desarrollo de principios y normas tendientes a regular las Empresas B (empresas con finalidad social) en la República Argentina

Director

Raúl Aníbal Etcheverry

Contacto

etcheverryraulanibal@gmail.com

INTEGRANTES
Nombre y apellidoCategoría
1 Lidia María Rosa Garrido Cordobera
2 Graciela Junqueira
3 Alejandra Tevez
4 Dra. Esther Silvia Ferrer de Fernández
5 Noelia Ruiz
6 Gabriela Butti
7 Lucas Telmo Farrapeira
8 Lorena Schneider

RESUMEN

En la República Argentina y buena parte de los países de Latinoamérica, los principales entes organizados para actuar en el mercado, según sus fines, se dividen en:

a) Asociaciones: sin fines de lucro y con especial preponderancia a la producción y actividad de bien público.
b) Fundaciones: son patrimonios donados con un fin de bien público.
c) Cooperativas: son organizaciones colectivas sin fin de lucro directo, pero destinadas a obtener ahorro de gastos u otros beneficios económicos.
d) Sociedades: tanto las civiles como las comerciales, se dedican a negocios de su objeto, dividiéndose el lucro que pudiese resultar.

Estos “tipos” están protegidos por una cerrada “tipicidad” que no les permite mezclar o compartir más de uno de los fines señalados. El modelo actual se está agotando.

En varios países del mundo se está estudiando darle un marco legal a una estructura de organización, en la cual se permita mezclar en el objeto y definir de manera muy clara, el nuevo objeto social dividiéndose el mismo, parte en actividad económica con beneficios repartibles y otra parte, con beneficios que se canalizan hacia fines sociales, dirigidos a la comunidad, los empleados, los consumidores o el medioambiente.

Se trata de empresas que pese a que su motivación excede el afán de lucro, necesitan dinero para seguir promoviendo su principal objetivo de resolver problemas ambientales o sociales.

En nuestra opinión no es posible crear una empresa B válida y obligatoria si no a cuenta con una legislación de apoyo que legitime la opción.

Solo pocos grupos están explorando en América el fenómeno de “empresas B”, que superan la teoría llamada responsabilidad social empresaria (que no es legalmente obligatoria).

Determinar y plantear la problemática de las empresas B resultará seguramente para la sociedad un avance cierto hacia favorecer el establecimiento y desarrollo de empresas que generen beneficios que redunden en la comunidad toda, aportando recursos que permitan financiar proyectos de desarrollo social y medioambiental, tales como la restauración del medioambiente, reducción de gases de efectos invernadero, el impulso del reciclado de residuos en sus diversas formas, la educación de los consumidores entre otros.