Proyectos DeCyT 2020-2022

Código

DCT2037

Título

Reflexiones sobre la construcción de lo femenino en tiempos de Augusto.

Directora

Natalia Stringini

Correo electrónico del Director: nataliastringini@hotmail.com

INTEGRANTES
Nombre y apellido
1 German Gabriel Garcia Medavar
2 Maria Florencia Nini
3 Adriana Beatriz Martinuz
4 Romina Adriana Fernandez
5 Jessica Marque
6 Juan Pérez Carrandi
7 Keila Duarte

PALABRAS CLAVE

Derecho romano
Género
Augusto

RESUMEN

La construcción del género femenino es un proceso cultural e ideológico que se da a lo largo de la historia del patriarcado, en una tarea compleja que toma los cuerpos sexuales y les asigna significados culturales que concluyen en una clara supremacía masculina. Es, asimismo, un proceso histórico en el que el derecho romano despliega un destacado protagonismo por la importancia y la influencia tiene en la antigüedad así como en los siglos posteriores (Cf. Facio-Fries, 2005:259; Resina Sola, 1990:98; Scott, 2008:65-66).

Bajo estas ideas, uno de los momentos que reviste especial interés es el del gobierno de Augusto (27 a.C.- 14 d.C.), pues en él se producen ciertos discursos que se asocian a las políticas llevadas a cabo por el emperador para superar la crisis moral y política ocurrida a fines de la república y para devolver una identidad a los romanos. Es también un período de planificación de la moral familiar, de una tibia liberación femenina y de una destacada producción literaria que tiene a Augusto como autor, promotor y objeto (Cf. Grimal, 1965:8-9, 72-73; Pégolo, 2014.12; Schniebs, 2014:1; Zanker, 1992:20; Arauz Mercado, 2014:12-13).

Por ello, con el presente proyecto nos proponemos indagar y analizar ciertos discursos escritos durante el gobierno de este emperador (31 a.C. y 14 d.C.,) para reflexionar sobre el papel que cumplen en la construcción del género femenino, sobre el o los modelos de femineidad que proponen y sobre la relación existente entre ellos y las circunstancias sociales en las que se desarrollan. Particularmente, nos abocaremos al estudio del discurso legal, a través de las leyes Papia Poppaea (9.d.C.), Maritandis Ordinibus (18 a.C.) y Adulteriis Coercendis (18 a.C.), del discurso histórico, representado en la obra de Tito Livio Ab urbe condicta, y del discurso literario, expresado en Virgilio y su obra la Eneida, por entender que todos resultan ser representativos de la época y por considerar que, tanto Virgilio como Tito Livio, son ideólogos eficaces de la política del principado (Cf. González Blanco, 1984:115; Lamboglia, 2007:4; Daujotas, 2014:34).