Proyecto de investigación para estudiantes de Maestría (PIM)

Código: P1407

Título: El derecho a la defensa técnica de los niños, niñas y adolescentes en los procesos judiciales de familia: la figura del ‘abogado del niño’.

Director: Marisa Herrera

Resumen

La ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (en adelante NNA) en su art. 27, introduce un nuevo actor social en la práctica de los derechos del niños como lo es el “abogado del niño”. Se trata de una figura cuyo fundamento constitucional– convencional emana de los de los pilares básicos que interactúan entre sí que propone la Convención de los Derechos del Niño: la idea del niño como sujeto de derechos y el principio de autonomía progresiva de niños, niñas y adolescentes.

Esta posibilidad de que los niños y adolescentes puedan (¿o deban?) intervenir con su propia asistencia técnica, independiente de la de sus representantes legales, constituye una de las incorporaciones que trae la ley 26.061 y reafirma el proyecto de reforma del Código Civil y Comercial en debate en el Congreso de la Nación por estos días, que más debate y posturas encontradas ha generado en la doctrina y la jurisprudencia nacional. Si bien desde el punto de vista teórico no se duda que la figura en cuestión constituye una derivación directa del reconocimiento del ejercicio del derecho a la participación personal, directa y autónoma del niño, niña y adolescente en todos los procedimientos administrativos como judiciales que los afectan o cuyos derechos se encuentran comprometidos, lo cierto es que en el plano de la práctica –su efectividad– se plantean varios interrogantes que aún no han sido resueltos. ¿Quiénes pueden actuar como “abogados del niño”? ¿Qué formación o capacitación mínima deberían tener? ¿Cómo sería el sistema para su implementación: un organismo autónomo o diferentes fuentes institucionales pueden nuclear este tipo especial de formación profesional? ¿Los niños y adolescentes deberían contar con determinada edad para poder actuar con su propio patrocinio letrado? ¿Se trata de una figura destinada a los adolescentes más que a los niños según la clasificación que recepta el Código Civil? ¿Involucra una madurez y capacidad de discernimiento especial? ¿Cómo conciliar la relación abogado-NNA con el sistema de capacidad y actuación judicial diseñado en el Código Civil actual para las personas menores de edad? ¿Y en la regulación civil proyectada? ¿La actuación del abogado del niño debería ser en todos los casos administrativos y judiciales que involucra de manera directa los derechos de NNA o en algunos, en ese caso, en cuáles y porqué?, por nombrar los más significativos. Por su parte, un rápido análisis del desarrollo jurisprudencial en tono a esta figura, permite observar la disparidad de criterios y por ende, de diversidad en su aplicación práctica.

En este marco, el presente proyecto de investigación pretende, a través de un trabajo de campo descriptivo-exploratorio (compulsa de expedientes, entrevistas a informantes claves, análisis jurisprudencial y previsiones receptadas en el proyecto de Reforma del Código Civil 2012), desandar el camino que en la práctica ha tenido esta figura desde su incorporación al ordenamiento jurídico argentino en el año 2005 con el fin de detectar y establecer los principios de la Convención sobre los Derechos del Niño y legislaciones afines (tanto de hard como soft law, por ejemplo, la Observación General nro. 12 y nro. 14 del Comité de Derechos del Niño, la primera de ellas focalizadas en el derecho a ser oído regulado en el art. 12 de la CDN y la segunda, al principio rector del interés superior del niño en el art. 3 del mismo cuerpo normativo) mediante una revisión crítica del desarrollo jurisprudencial como doctrinario, los cuales serán contrarrestados con las prácticas tribunalicias en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires mediante un profuso trabajo de campo. Este barrido crítico focalizo en desentrañar la realidad –jurídica como social- de la figura del abogado del niño permitirá elaborar diferentes herramientas a los fines de sentar las bases necesarias para alcanzar buenas prácticas en la materia, siempre teniéndose en miras el proyecto de reforma del Código Civil que sería la normativa central en lo atinente a la defensa en el campo del derecho civil.

Integrantes
Nombre y Apellido Maestría en curso
Patricio Curti Maestría en Derecho de Familia, Niñez y Adolescencia
Mariana Iturburu Maestría en Derecho de Familia, Niñez y Adolescencia
Federico Notrica Maestría en Derecho de Familia, Niñez y Adolescencia
Carolina Videtta (Becaria PIM 2015-2016) Maestría en Derecho de Familia, Niñez y Adolescencia
Bárbara Zanino
Maestría en Problemáticas Sociales Infanto-Juveniles