Docente-investigadora: Elina Ibarra

a. Información general

  • Dirección de correo electrónico de contacto: elinaibarra@derecho.uba.ar
  • Departamento académico en que trabaja el docente y en que se acreditarán los puntos: Departamento de Derecho Público I y Departamento de Filosofía del Derecho.

b. Información del trabajo de investigación que está realizando sobre el que trabajará el/la estudiante adscripto/a

  • Título del trabajo de investigación que está realizando en el que trabajará el/la estudiante adscripto/a: Comunidad jurídica y banda de ladrones.
  • Resumen: 
    Hans Kelsen, en Teoría Pura del Derecho establece una distinción entre los siguientes
    términos: “Comunidad Jurídica” y “Banda de ladrones”, con lo que se inscribe dentro de una extensa tradición de la teoría política que comienza con Platón y Agustín, continúa por Hobbes y Rousseau, hasta nuestros días.El objetivo del presente trabajo es analizar esta distinción, a los fines de, a través de la especificación de lo denotado por estos términos, mostrar que los criterios que propone para distinguirlos, son insuficientes.
    Lo que está en juego es la pureza del objeto de estudio, y a estos fines la distinción fracasa, pero no completamente, ya que sigue siendo exitosa para la eliminación de los siguientes dualismos, que son también importantes a la hora de colaborar a este fin de la pureza y de la cientificidad:
    - la distinción entre los órdenes normativos de la Moral y los del Derecho
    - la distinción entre el Derecho Positivo y el Derecho Natural
    Uno de los argumentos consiste en utilizar una diferencia establecida previamente: sentido objetivo y sentido subjetivo. Pero la estrategia central será la recurrencia a la Eficacia, es decir que, la diferencia entre los términos de “Comunidad Jurídica” y “Banda de ladrones”, queda subordinada a una simple situación de hecho: el acatamiento y la aplicación. Estas condiciones traen aparejados el riesgo de la pérdida de pureza y de delimitación del objeto de estudio, porque suscita otros problemas, como los relacionados con el recurso de la fuerza, ejercida de manera prevista por las normas, en la forma de la coacción. Este elemento, la fuerza, que está presente en ambos términos a definir, tanto en la Comunidad Jurídica, como en la Banda de Ladrones, no puede ser el elemento que tienen en común y al mismo tiempo ser también el elemento a partir del cual se pretende fundamentar la distinción. Por lo que es posible afirmar que Kelsen, fracasa en su intento de lograr fundamentar su preferencia por la Comunidad Jurídica.

c. Descripción de las actividades esperadas del/de la adscripto/a

  • ¿Qué tareas deberá realizar el/la estudiante?
  • Relevamiento de material bibliográfico disponible en el Instituto “Ambrosio Gioja”
  • Redacción de informes y reseñas de la bibliografía afectada al trabajo de investigación
  • Participación en seminarios de lectura y discusión de los informes preliminares
  • Elaboración de un Informe final publicable

d. Requisitos específicos (optativo)

  • El trabajo de investigación que realizará el/la estudiante adscripto/a, ¿requiere el conocimiento de algún idioma en particular? No de modo excluyente. Pero serán valorados los conocimientos de idiomas.
  • El trabajo de investigación que realizará el/la estudiante adscripto/a, ¿requiere algún otro conocimiento específico? Sería importante el manejo de las nuevas tecnologías.