Asignaturas del Departamento de Práctica Profesional

Asignaturas

Procuración área general
Procuración área administrativo
Práctica Profesional de Abogacía

Objetivos

El Curso de Práctica Profesional tiene dos objetivos bien definidos: enseñanza práctica y vinculación de los estudiantes con la comunidad.

Respecto de la enseñanza práctica: mediante la obtención de una formación académica y práctica rigurosa, sobre la base de un currículum que promueva las técnicas de análisis jurídico; técnicas de resolución de problemas, de negociación y resolución de conflictos; técnicas de comunicación oral y escrita; técnicas de interpretación y argumentación; técnicas de investigación social, y demás habilidades fundamentales que son necesarias para trabajar eficazmente en la profesión jurídica; el análisis crítico de los principios básicos del derecho público y privado; como así también la adquisición de conocimientos y habilidades propias del campo de las ciencias sociales, como marco integrador de la formación para el ejercicio de las diversas prácticas implicadas en la profesión.

Respecto de la vinculación de los estudiantes con la comunidad: la comprensión de la abogacía como una profesión que implica tanto obligaciones referidas a la traducción de demandas sociales colectivas o individuales en reclamos jurídicos cuanto la inclusión de sectores excluidos del acceso a la justicia a través de la prestación de servicios jurídicos gratuitos; ya sea a través de la información, la promoción o la defensa de sus derechos.

Modalidad

Duración: El Curso de Práctica Profesional se desarrollará durante un año calendario exceptuándose las ferias judiciales de los meses de enero y julio en que se suspenderá la actividad para reiniciarla, con la obligación de asistencia de los cursantes, el primer día hábil en febrero y el primer día hábil posterior de concluida la feria judicial de invierno respectivamente.

Cada ciclo de Práctica Profesional durará un año aniversario, exceptuando los períodos mencionados en el párrafo anterior. Los alumnos que inicien el ciclo el primer día hábil posterior a la feria judicial de enero, lo culminarán el último día hábil del mes de diciembre; y los alumnos que inicien el ciclo el primer día hábil del mes en curso posterior a la feria judicial de invierno, culminarán el ciclo el último día hábil anterior al inicio de la feria judicial de invierno del siguiente año.

Desarrollo del curso: el curso de Práctica Profesional se organizará en 2 instancias o bloques temáticos. El primer bloque o instancia, corresponde al servicio de consultorio y patrocinio jurídico, mientras que el segundo bloque o instancia corresponde al seminario teórico práctico. La totalidad del curso tiene una duración total de 256 horas, desarrollándose en 3 (tres) sesiones semanales de DOS (2) horas de duración cada una.

Modalidad de clases: dos (2) sesiones estarán destinadas a la prestación del servicio de consultorio y patrocinio jurídico en el Centro de Formación Profesional y demás centros externos en que se presten dichos servicios a cargo de los docentes jefes de comisión. Una tercera clase consistirá en una sesión teórico práctica que asumirá el formato de seminario, clínica o taller orientada al análisis y discusión de aspectos vinculados con el ejercicio profesional conforme los contenidos del programa de la materia. Dicha clase estará bajo la responsabilidad de los profesores coordinadores de comisiones, quiénes podrán requerir de la participación de los jefes de comisión o auxiliares docentes en la clase cuando así lo consideren conveniente.

Trabajo en las comisiones: la tarea que desarrollarán los alumnos en el marco del Curso de Práctica Profesional incluirán no sólo la atención personal de las sucesivas consultas y preparación de todo el material necesario (escritos, cédulas, oficios, interrogatorios, pliegos, búsqueda de datos, informes extrajudiciales en registros públicos y privados, recopilación de jurisprudencia útil, etc.) sino también el control y seguimiento escrito de los expedientes y la asistencia a las audiencias que se fijen.

Deberán asimismo atender a la compulsa de las notificaciones electrónicas y la utilización de los medios proporcionados en las distintas jurisdicciones para el control de los expedientes en trámite.
Esta nómina no es taxativa y no excluye otras tareas que son propias de la atención profesional de un asunto.

En todas ellas deberán intervenir activamente los alumnos del curso.

Sistema de asistencia: la asistencia de los estudiantes a todas las clases es obligatoria. Del mismo modo, la concurrencia a audiencias, mediaciones y toda otra actividad o participación en los actos procesales y extraprocesales que la atención de los asuntos a su cargo así lo requiera, aún por fuera de los horarios de las clases, también será obligatoria.

La asistencia se computará mensualmente, debiendo los alumnos cumplir con un mínimo del 75% de asistencia mensual.

En caso de que el alumno se exceda del máximo de inasistencias previsto, tanto mensual como anual, deberá solicitar la reincorporación al curso mediante la presentación de nota debidamente fundada por Mesa de Entradas de la Facultad, acompañando la documentación respaldatoria que corresponda.

Evaluación: La evaluación del Curso de Práctica Profesional es continua e integral, debiendo atender los siguientes criterios:

a) observación directa por los docentes del desempeño habitual del estudiante, revistiendo especial importancia la evaluación de los contenidos actitudinales.
b) resolución de ejercicios, orales o escritos, individuales o grupales, que involucren situaciones problemáticas del ejercicio profesional, tratando que los estudiantes relacionen conocimientos con habilidades;
c) los informes elaborados por el estudiante sobre su desempeño profesional, a través de los cuales el docente podrá evaluar el grado de aprendizaje alcanzado.

Calificación: La aprobación del curso como estudiante regular se obtiene con la calificación de APROBADO. Quienes no alcancen los objetivos del curso serán calificados como DESAPROBADO.
En este último caso, los alumnos que en el acta definitiva figuren como desaprobados, podrán a su elección, optar por:
a) Volver a realizar la totalidad del Curso de Práctica Profesional.
b) Rendir un examen final integrador bajo el formato de coloquio dispuesto por la Dirección del Departamento de Práctica Profesional.

Requisitos para la eximición de la materia Práctica Profesional

  • Haberse desempeñado por un lapso no inferior a los tres años y hasta un año antes del pedido, como empleados del Poder Judicial de la Nación, o de las Provincias, o del Ministerio Público, realizando tareas jurisdiccionales.
    Dicha circunstancia deberá acreditarse mediante un Certificado Original expedido por la autoridad de Superintendencia u oficina de recursos humanos del organismo correspondiente.
  • Tener aprobadas las asignaturas obligatorias del C.P.O.
  • Tener aprobados 20 (veinte) o más puntos del C.P.O.

Consulte las siguientes resoluciones: 942/90, 10167/98 y 339/94.

En caso de que el interesado no cumpliera con la totalidad de los requisitos antedichos podrá eximirse previo coloquio al que se lo convocará por resolución del decano/a.