13.- La responsabilidad civil en el Código Civil y Comercial de la Nación
Directora
Docentes
- Oscar Ameal
- Elisa Romano
- Pablo Aguirre
- Sandra Dell´ Osa
- Casiano Highton
- Silvia Tanzi
Programa
Viernes - 16 a 18 h
Modalidad: Virtual
Responsabilidad por el hecho ajeno:
a) Responsabilidad del principal por el hecho de los dependientes: Concepto.
Fundamento: distintas teorías. La acción contra el autor y contra el civilmente
responsable: régimen legal. Dependientes. Fundamento. Requisitos: enunciado.
Dependencia ocasional o transitoria. Concepto de relación de dependencia. Daño en
ejercicio o con ocasión de las funciones. Eximentes
b) Responsabilidad de los padres por los daños causados por sus hijos: Fundamento. El
deber de vigilancia: carga de la prueba y casos en que se presume su omisión.
Rresponsabilidad de otras personas encargadas. Causas de eximición de
responsabilidad.
c) Responsabilidad de los propietarios de establecimientos educativos. Régimen legal
Responsabilidad por daños causados con intervención de cosas y de ciertas
actividades riesgosas art.1757 C.C.C.N: Nociones previas. Diferencia entre vicio y
riesgo. Supuestos que abarca. Factor de atribución. Sujetos responsables. Eximentes.
Tratamiento en el Código Civil de Vélez, en el Proyecto de Reforma de 1998 y el sistema
actual del C.C.C.N
Daños causados por animales art.1759 C.C.C.N.
Responsabilidades profesionales. Caracterización del profesional. La culpa profesional:
discusión acerca de su entidad. Deberes de prudencia y previsión. Modo de apreciación.
Responsabilidad emergente: naturaleza. Daños a terceros. Obligación de medios y
carga de la prueba. Proyectos de reforma. Responsabilidad del abogado. Principio.
Naturaleza de la responsabilidad. Letrado apoderado y patrocinante. Deberes
profesionales. Prohibiciones. Extensión del deber de reparar.
Responsabilidad por accidentes deportivos: Marco normativo del Derecho Deportivo
Naturaleza de la Responsabilidad deportiva. Daños a participantes: distintos casos. Caso
del jugador profesional. Naturaleza de la responsabilidad. Daños a extraños: régimen.
Responsabilidad derivada de los espectáculos públicos.