Información para estudiantes extranjeros/as de Posgrado

La oferta formativa del posgrado es muy amplia y variada por lo que en el caso que  la carrera elegida sea una maestría o carrera de especialización deberá tener presente que además de cumplir con los requisitos de admisión e inscripción. Ud. deberá ponerse en contacto con la Dirección de Posgrado.

Nosotros/as los/as asistiremos y brindaremos información en lo referente a las dudas o consultas que puedan surgirle para el cumplimiento legal de la tramitación de la residencia ante la Dirección Nacional de Migraciones.

Le pedimos que complete el siguiente formulario Formulario mail.

Nos permitirá poder hacer contacto con Ud. y preparar toda la documentación que requerirá a su llegada.

Información para la realización del trámite de residencia ante la Dirección Nacional de Migraciones

Requisitos para alumnos/as extranjeros/as

 


 

Alumnos/as provenientes de países MERCOSUR y Asociados

Bolivia-Brasil-Colombia-Chile-Ecuador-Paraguay-Perú-Uruguay-Venezuela
Deberá tramitar su residencia ante la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES dentro de los 30 días contados a partir de su inscripción. Siendo el plazo máximo  90 días contados desde la fecha de ingreso al país.
El trámite se inicia ante la  Dirección Nacional de Migraciones (DNM), Ud. podrá solicitar el turno telefónicamente o por Internet.

Dirección Nacional de Migraciones
Av. Antártida Argentina  1355 CABA.
Informes: 0800-333-728742 o 4317-0234 al 0238
Sitio web www.migraciones.gov.ar

Deberá acompañar la siguiente documentación:

  • Constancia de Inscripción Electrónica la que será emitida por el Departamento de Posgrado.

En ella se indicará apellido y nombre, nacionalidad, número de cédula o pasaporte, fecha de nacimiento, domicilio, carrera a cursar, fecha de inicio y duración de la misma.

  • Pasaporte válido y vigente o cédula de identidad vigente, con fotocopia de todas las páginas del mismo.
  • Certificado de carencia de antecedentes penales de su país de origen o de los países donde haya residido los últimos 3 años, legalizado por la respectiva representación consular argentina en el exterior, o con apostille, o legalizado por la representación consular autorizada del país de origen en la República Argentina.
  • Certificado de carencia de antecedentes penales en la República Argentina, expedido por el REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
  • Certificado de domicilio.

Para la obtención del certificado de antecedentes penales Argentinos, deberá solicitar turno previo al Registro Nacional de Reincidencias comunicándose al 0800-666-0055 o hacerlo por Internet www.dnrec.jus.gov.ar. Inicio del trámite por Internet.

Para la obtención del certificado de domicilio,  podrá dirigirse a cualquier comisaría de la Policía Federal Argentina.  Consulte la comisaría más cercana a su domicilio por Internet.

El certificado de domicilio podrá ser suplido por  una factura de servicio público a su nombre.


 

Alumnos/as  provenientes de países EXTRAMERCOSUR que NO requieren VISA para ingresar a la República Argentina

Alemania, Andorra, Australia, Austria, Barbados, Bélgica, Canadá, República de Corea, Costa Rica, Croacia, Chipre, Dinamarca ,El Salvador, Eslovenia, España, Estados Unidos de América, Estonia, Finlandia, Francia, Granada (Grenada), Gran Bretaña E Irlanda Del Norte, Grecia, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Hong Kong Con Pte. Británico B.N.O., Hong Kong Con Nuevo Pte. S.A.R., Hungría, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Jamaica, Japón, Letonia (Latvia), Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Macedonia (Ex Rep. Yugoslava), Malasia, República de Malta, Malta (Sob. Orden Militar de Dto.N°285/98), México, Mónaco, Nicaragua, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Panamá, Polonia, Portugal, República Checa, República Dominicana, República Eslovaca, Rumania, San Marino, Santa Lucía, Santa Sede (Vaticano), San Vicente y Las Granadinas, Serbia y Montenegro, Singapur, Sudáfrica, República de Sudán, Suecia, Suiza, Trinidad y Tobago.

Mayor información: Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto (visas)

Deberá tramitar su residencia ante la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES dentro de los 30 días contados a partir de su inscripción. Siendo el plazo máximo 90 días contados desde la fecha de ingreso al país.

El trámite se inicia ante la  Dirección Nacional de Migraciones (DNM), Ud. podrá solicitar el turno telefónicamente o por Internet.

Dirección Nacional de Migraciones
Av. Antártida Argentina  1355 CABA.
Informes: 0800-333-728742 o 4317-0234 al 0238
Sitio web www.migraciones.gov.ar

Deberá acompañar la siguiente documentación:

  • Constancia de Inscripción Electrónica la que será emitida por el Departamento de Posgrado.

En ella se indicara  apellido y nombre, nacionalidad, número de cédula o pasaporte, fecha de nacimiento, domicilio, carrera a cursar, fecha de inicio y duración de la misma.

  • Pasaporte válido y vigente, con fotocopia de todas las páginas del mismo.
  • Partida de nacimiento debidamente legalizada por la respectiva representación consular argentina en su país de origen, o apostillada.
  • Certificado de carencia de antecedentes penales de su país de origen o de los países donde haya residido los últimos 5 años, legalizado por la respectiva representación consular argentina en el exterior, o con apostille. Para el caso en el que el país no extienda conforme a su legislación local este tipo de certificados, deberá acompañar constancia consular de dicho hecho.
  • Certificado de carencia de antecedentes penales en la República Argentina, expedido por la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA o por el REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
  • Certificado de domicilio.

Para la obtención del certificado de antecedentes penales Argentinos, deberá solicitar turno previo al Registro Nacional de Reincidencias  comunicándose al 0800-666-0055 o hacerlo por Internet www.dnrec.jus.gov.ar. Inicio del trámite por Internet.

Para la obtención del certificado de domicilio,  podrá dirigirse a cualquier comisaría de la Policía Federal Argentina.  Consulte la comisaría más cercana a su domicilio por Internet.

El certificado de domicilio podrá ser suplido por  una factura de servicio público a su nombre.

Recuerde: Toda documentación deberá contar con la legalización del Consultado Argentino, sito en el país emisor del documento o apostilla, si el país hubiera ratificado el Convenio de la Haya.

Si la documentación es expedida otro idioma que no sea español, deberá traducirse por medio de un traductor Publico Nacional o Provincial Argentino y legalizar la firma del mismo por el Colegio de Traductores Públicos: Av. Corrientes 1834, PB de 9 a 18 hs. (ley 20.305 art. 6º).


 

Alumnos/as provenientes de países EXTRAMERCOSUR que requieren Visa para el ingreso a la Republica Argentina

Afganistán, Albania, Angola, Antigua y Barbuda, Arabia Saudita, Argelia, Armenia, Azerbaijan, Bahamas, Bahrein, Bangladesh, Belice, Benin, Bhutan, Bielorrusia (Belarús), Bosnia y Herzegovina, Botswana, Brunei - Darussalam, Bulgaria, Burkina Faso (Ex-Alto Volta), Burundi, Cabo Verde, Camboya (Kampuchea), Camerún, Comoras, Islas, Congo, Rep. Democ. Del (Ex-Zaire), Congo, Rep. Popular. Del, Corea, Rep. Democ. y Pop. De, Costa de Marfil (Côte D`Ivoire), Cuba, Chad, China, Rep. Popular, Djibouti, Dominica, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Eritrea, Etiopía, Federación Rusa, Fidji, Filipinas, Gabón, Gambia, Georgia, Ghana, Guinea, Guinea-Bissau, Guinea Ecuatorial, India, Indonesia, Irak, Irán, Jordania, Kazajstán, Kenya, Kirguistán, Kiribati, Kuwait, Laos (Lao), Lesotho, Líbano, Liberia, Libia, Madagascar, Malawi, Maldivas, Malí, Marshall, Islas, Marruecos, Mauricio, Mauritania, Micronesia, Estados Federados de, Moldova, Mongolia, Mozambique, Myanmar (Ex-Birmania), Namibia, Nauru, Nepal, Níger, Nigeria, Omán, Pakistán, Palau, Palestina, Papua Nueva Guinea, Qatar, República Árabe Saharaui, Democrática (Sahara Occidental), República Centroafricana, Republica Moldava Nistrina, Rwanda, Salomón, Islas, Samoa Occidental, San Cristóbal y Nevis, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Siria, Somalia, Sri Lanka, Sudán, Suriname, Swazilandia, Tadjikistán, Tailandia, Taiwan, Tanzanía, Timor-Leste (Ex Timor Oriental), Togo, Tonga, Túnez, Turkmenistán, Tuvalu, Ucrania, Uganda, Uzbekistán, Vanuatu, Vietnam, Yemen, Zambia, Zimbabwe.

Más información en el sitio web del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto:

En estos casos las autoridades migratorias requieren, de la entidad educativa que recibirá al/la estudiante, la solicitud de autorización de ingreso del/a alumno/a al Territorio Nacional. Una vez verificado si la persona que solicita realizar estudios de posgrado en el país carece de restricciones migratorias para el ingreso se podrá comenzar con lo pasos siguientes que conllevan a la emisión de la visa de estudiante.  

Este trámite requiere una mayor coordinación con el alumno por lo que le solicitamos
nos contacte previamente a:
extranjerospos@derecho.uba.ar.