Investigación Año VI - Nº VI - 2012  
 
» RELACIÓN DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LA ONU Y LA CORTE PENAL INTERNACIONAL DARFUR Y LIBIA: ¿INTERVENCIONES SUMAMENTE SELECTIVAS EN DERECHO INTERNACIONAL PENAL?
Por Tamara Quiroga

Resumen

El artículo examina el ejercicio de la competencia de la Corte Penal Internacional por remisión de una situación por el Consejo de Seguridad actuando con arreglo al Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas. Se intenta establecer la existencia de principios de procedimiento penal aplicables en los casos remitidos por el Consejo de Seguridad que, si bien hasta el momento han sido únicamente dos- Darfur y Libia - han dejado material de análisis suficiente para examinar cuál ha sido el tratamiento procesal de las investigaciones que dieran origen a los casos en los que actualmente interviene el Tribunal. Este punto de análisis resulta interesante considerando que nada dice el Estatuto de Roma sobre la adopción de decisiones preliminares cuando la situación hubiera sido remitida a la Corte por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

Palabras claves

Derecho Internacional Penal - Consejo de Seguridad - Corte Penal Internacional - Remisión - Suspensión

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Revista Electrónica Año I,  Nº 1
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