Investigación Año IV - Nº IV - 2010  
 
» EDITORIAL
Por Carlos M. Cárcova.

Resumen

A pocos días de la culminación de la primera década del siglo XXI, estamos publicando el Nº 5 de la Revista Electrónica de nuestro Instituto. Con muy modestos medios, pero con el tesonero empeño de nuestra Comisión de Redacción y la colaboración de nuestros jóvenes investigadores y becarios, hemos conseguido darle continuidad a esta expresión de nuestra tarea cotidiana. Ella se refleja en los adelantos de las investigaciones en curso y en los ensayos y artículos que se divulgan a través de la revista. En este número presentamos aportes de noveles investigadores y de académicos consagrados, con lo que aspiramos a producir síntesis valiosas; entre experiencia y entusiasmo, entre erudición e innovación. Un párrafo destacado merece el ensayo de Hans Kelsen “La función de la Constitución”. Se trata de un texto de capital importancia, pues en su desarrollo el maestro vienés, poco tiempo antes de su deceso, con una lucidez y una honestidad intelectual admirable, decide modificar su concepción acerca de la naturaleza epistémica de la norma fundamental. Desde la publicación de las “Hauptproblem….” a finales de la segunda década del siglo XX, Kelsen concebía la “gründnorm”, como una hipótesis lógico-trascendental o, mas tarde, como una hipótesis básica de la ciencia del derecho. Al final de su vida y a través de una relativamente compleja argumentación, reconoce el carácter ficcional de la norma fundamental. Se trata, dice, de una ficción completa en el sentido de Hans Vahiger, pues el enunciado que le da contenido, es falso y autocontradictorio. Considerar la proposición cupular del sistema jurídico como una ficción, abre un universo teórico de gran magnitud, aun no explorado suficientemente y atribuye enorme importancia a un ya antiguo ensayo de Norberto Bobbio sobre “Derecho y poder”, en el cual este último invitaba al reconocido e insigne maestro a repensar esa compleja y trabada relación. Las tesis del último Kelsen, quien también sostuvo la imposibilidad de hacer una lógica de las normas, no fueron bien recibidas por sus seguidores más ortodoxos. Puede leerse por ejemplo, en el prólogo de la edición italiana de la “Teorías de las Normas”, obra póstuma, que Mario Lozano, el destacado jurista italiano, afirma con no resignado pesar: “…finalmente el último Kelsen no tiene porque ser el mejor Kelsen”. En castellano se publicó una tardía traducción del texto que ahora difundimos en “Derecho y psicoanálisis” (Edicial, Bs. As, 1994) un libro colectivo que contaba con ensayos de Enrique E. Mari, Pierre Legendre y Arnoldo Siperman, entre otros. Nos complacemos en divulgar ahora en nuestra Revista, un documento jurídico de tan importante relevancia. Finalmente agradecemos a todos los autores su generosa contribución y su estimulante apoyo. Hasta pronto. Carlos M. Cárcova Director

Curriculum autor

Carlos M. Cárcova.: Doctor por la Universidad Buenos Aires. Profesor Titular Ordinario de Teoría General y Filosofía del Derecho en la Facultad de Derecho. (UBA). Ex - Profesor Titular Ordinario de Filosofía del Derecho en la Facultad de Filosofía y Letras (UBA). Ejerce docencia de grado y de posgrado en Universidades Nacionales (UBA/UNR/UNL/UNMdP/ U del Comahue) y extranjeras (España/Brasil). Es Investigador Clase I de la Universidad de Bs. As. Es sub-director de la Revista Jurídica de Bs. As. Dirige el Instituto de Investigaciones Jurídicas "Ambrosio L. Gioja" de la Facultad de Derecho de la UBA. Integró el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el período fundacional (1998/2002). Es Consultor externo de CONEAU y CONICET. Ha escrito numerosas publicaciones, entre libros, capítulos de libros, artículos en revistas especializadas, nacionales y extranjeras.
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Revista Electrónica Año I,  Nº 1
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