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Resumen
El artículo presente trata de la estructura lógica de la clasificación de los contratos en típicos, atípicos y mixtos, con base en la legislación civil argentina. Empieza su desarrollo con el aporte de varias definiciones de naturaleza lógica y ontológica para después aplicarlas a un análisis científico acerca de las categorías arriba nombradas. También se hace un breve resumen histórico de ésta clasificación para demostrar a través de ello cómo y cuando ella se alejó de sus orígenes más antiguas en el Derecho Romano. Para terminar, serán realizadas otras tantas consideraciones de carácter sistémico para igualmente demostrar que los denominados "contratos mixtos" parecen ser más un equívoco de evaluación de la doctrina actual. |