II Encuentro de Profesores y Alumnos - "Modificación del Plan de Estudios"

Comisión N° I: La finalidad del Plan de Estudio y sus modificaciones.

La comisión determinó que en una primera etapa se trabajaría en el establecimiento de la finalidad, buscada y/o real, del actual plan de estudios, es decir, para qué o quiénes sirve el mismo.

En esta etapa se llegó a la conclusión de que la finalidad "real" del actual plan de estudios es crear abogados que sólo sepan "salir a pleitear", es decir, "abogados litigantes". Esto conlleva a que el actual plan de estudios sólo sea apto para crear "mecánicos del ordenamiento jurídico positivo", que utilizan la norma cuando la necesitan.

En una segunda etapa, partiendo de la disconformidad con el objetivo real del plan de estudio actual, se delinearon las propuestas tendientes a su modificación llegando a la conclusión de que:

- El plan de estudios requiere un visión omnicomprensiva e interdisciplinaria del Derecho.
- El plan de estudios debería ofrecer la posibilidad de encuadrar varios perfiles (abogados, juristas, investigadores, docentes) dada la diversidad de anhelos de los estudiantes.
- El actual plan de estudios no brinda la formación conceptual necesaria para aquellos alumnos que no sólo buscan ser abogados si no también juristas.
- El plan de estudios debe focalizarse en una mejor formación pedagógica de todos los docentes de la facultad.
- Debe reivindicarse la figura del titular de cátedra, fomentando su capacitación docente en forma permanente.
- Que se priorice la formación del docente universitario entendiendo como tal la inclusión de tal formación dentro de la carrera.
- Que se genere un sistema de tutorías para que sirvan de guía a los alumnos visto el actual sistema de créditos y orientaciones que eleva al máximo la autonomía de la voluntad del estudiantado no teniendo en cuenta la general inexperiencia del mismo.
- Que cada departamento académico ajuste los contenidos básicos en los planes de estudio de las materias bajo su órbita para evitar el enciclopedismo y fomentar técnicas más participativas, tales como el método del caso.
- Que se priorice la reflexión, el pensamiento y la interpretación jurídica evitando el "bombardeo" unilateral de información.
- Que se evalúe en forma inmediata la mentada dicotomía entre: "nivel vs. limitacionismo".
- Que se propicie orgánicamente la posibilidad de tener el reconocimiento de materias interdisciplinarias en otras facultades.
- Incluir en el Plan de Estudios mayor cantidad de materias obligatorias dada su importancia y relevancia actual, tales como elementos de derecho concursal y como elementos de derecho tributario y financiero, entre otras.

Comisión N°-II: Oferta de Cursos -CPO

El Ciclos Profesional Orientado tiene como objetivo que el alumno profundice dentro de una rama del derecho incentivando, de esta forma, la especialización temprana del estudiante. Sin embargo, si bien las distintas orientaciones logran especializar al alumno en la rama del derecho que este eligió, la enseñanza de la especialización se imparte teniendo en cuenta como objetivo al "abogado litigante", dejando fuera del aprendizaje los restantes roles que desempeña el abogado dentro de la sociedad y perdiéndose, además, la visión totalizadora del derecho.

Este rol de "abogado litigante" es uno de los posibles roles que puede desempeñar un estudioso del derecho y no, por supuesto, el único, en virtud de lo cual se necesita incluir dentro de los objetivos general es del CPO la posibilidad de aprender otros roles posibles del abogado como, por ejemplo, el rol docente, mediador, investigador, juez, etc. Esta falencia se ve claramente cuando no se encuentran unas pocas materias relacionadas con la "investigación del derecho" y no hay orientación alguna para los alumnos que desean investigar como forma de ejercicio de la profesión.

Se consideró que, al estar orientada la enseñanza del derecho al rol de "abogado litigante" los alumnos realizan un aprendizaje técnico, memorista, convirtiéndose en meros receptores de información sin analizarla críticamente disminuyendo lo que se llamó "masa crítica" del alumnado. Esta disminución de la "masa crítica" también es generada por la falta de incentivos proporcionados por algunos profesores al no incluir nuevos métodos de enseñanza o adaptarse al paso del tiempo, y además ,por la falta de incentivos que proporcionan los alumnos a los profesores con su desinterés generando un círculo vicioso.

A su vez, la especialización impartida por el CPO genera una en el alumnado una disgregación en compartimentos estancos de las distintas ramas del derecho. Esto no solo se produce con el derecho de forma interna sino también con otras disciplinas que tienen una indescindible relación con él. Se consideró necesario incentivar la interdiciplinariedad tanto dentro como fuera del derecho.

Teniendo en cuenta la necesidad de incluir en la enseñanza del derecho los otros roles posibles en el desempeño de la profesión, y la imperiosa necesidad de fomentar la masa crítica en el alumnado, se analizó y discutió sobre la enseñanza en el Ciclo Profesional Orientado en general llegándose a las siguientes propuestas:

1- Es necesario ampliar la carga horaria de las materias,
2- Las materias deben tener como mínimo 3 puntos,
3- Las distintas materias deben estar relacionadas entre sí, deben coordinarse los contenidos de las mismas, sea entre las materias dictadas en el CPC y el CPO, sea entre el mismo CPO. Esto incluye que existe una "lógica de la cátedra" evitando las incongruencias existentes.
4- Debe fomentarse y desarrollarse la posibilidad de cursar materias en otras facultades y traer profesores extranjeros para que proporcionen distintas visiones.
5- La metodología de la enseñanza debe ser actualizada, incluyendo métodos de resolución de casos, exposición de alegato o cualquier otro método alternativo más allá de que los recursos materiales que suministra la facultad sean escasos.
6- Los alumnos deben ir adquiriendo una base de conocimiento que le permita avanzar en la carrera hasta llegar al CPO, siendo necesario evitar que adquieran los conocimientos de forma estanca relacionando las distintas materias entre sí.
7- El perfil del abogado que se está desarrollando la facultad es el del abogado litigante, no siendo este el único perfil que la sociedad requiere ni que los estudiantes quieren desarrollar, por ello es necesario incluir materias u orientaciones tendientes a guiar al alumno que no elige este rol.
8- Los departamentos de cada una de las orientaciones deben:
· Constituirse en unidades académicas con un rol de tutoría que orienten a los alumnos proporcinándole herramientas para las elecciones, dejando de ser meras unidades académicas.
· Unificar grillas y ofertas
· Establecer los contenidos mínimos de cada materia para evitar contradicciones, falencias o repeticiones innecesarias.
· Relacionar las orientaciones entre sí para proporcionar una visión uniforme del derecho evitando la creencia de que el derecho esta dividido en compartimentos estancos.
· Analizar las correlatividades del CPO manteniendo la flexibilidad pero evitando que los alumnos cursen materias que necesitan del conocimiento de otras materias anteriores.

Para finalizar y cerrar el análisis del CPO, se propusieron modificaciones puntuales a la distribución de puntos:
1- Incluir en el CBC "Historia del Derecho y Derecho Romano" en reemplazo de "Sociedad y Estado",
2- Incluir como materia obligatoria en el CPC "Metodología de la investigación",
3- Incluir como materias obligatorias en el CPO "Metodología de la investigación" orientada para cada especialización de 4 puntos y "Elementos de las finanzas, D Financiero y derecho tributario" también de 4 puntos. De ser necesario, los 8 puntos adicionales que se están agregando deberían disminuirse de los puntos libres que tiene cada orientación y que actualmente no cumplen su función.
4- Incluir una "Orientación en investigación" dentro del departamento de Filosofía o del Instituto Gioja para la obtención del títuolo "Licenciado en ciencia del derecho".


Comisión N° III: Práctica

La formación profesional tiene como principal objetivo generar personas capaces de interactuar con la realidad y producir resultados exitosos. Quienes han dedicado años invalorables de su vida, para concluir una carrera universitaria en Derecho, tendrán que hacer frente a diversas situaciones diarias (ya sea como abogados litigantes, asesores de empresas, asesores de legisladores, investigadores, profesores, empleados judiciales, etc.), cuya resolución no dependerá solo de conocimientos teóricos, sino, y principalmente, de sus aptitudes respecto del manejo de la práctica del derecho en cualquiera de sus campos.

Por tal razón, en la Comisión III nos hemos dedicado en gran medida a debatir sobre esta característica fundamental que debe tener el profesional que, poco a poco, va "formando" esta Facultad.

En un comienzo, hubo un consenso generalizado en lo importante que es para el crecimiento del estudiante tener mayor participación en clase, principalmente a través de la resolución de casos prácticos. Sin perjuicio de ello, algunos integrantes de la Comisión coincidieron en que no corresponde desmerecer a las clases magistrales, que no dejan de ser una vía necesaria y útil para la incorporación de conocimientos técnicos. Relacionado con esto, se trazó un paralelo entre la enseñanza de los conceptos teóricos y su posterior utilización a fin de resolver las cuestiones Prácticas.

Asimismo, los integrantes de la Comisión sugirieron por unanimidad, la ampliación de la carga horaria de todas las materias, con el objeto de incorporar, en forma obligatoria, la resolución de casos y el estudio de cuestiones prácticas en los cursos regulares. La idea apunta a crear "clínicas jurídicas" respecto de cada especialidad, las que funcionarían en el ámbito de las diferentes asignaturas.

Con relación a esto último, la mayoría del cuerpo docente presente recalcó que el trabajo con casos prácticos y otro tipo de actividades alternativas no solo significan mayor esfuerzo de los Estudiantes, sino que también requieren mayor compromiso por parte de los Profesores.

En consonancia con lo dicho anteriormente, se hizo hincapié en el hecho de que la práctica no debe orientarse expresamente sobre un rol especifico del profesional del Derecho -abogado litigante-. Si nuestra Facultad tiene también por objetivo formar a los jueces, profesores e investigadores del mañana, no puede ni debe privar de esta importante parte de su formación a los estudiantes interesados en esas orientaciones, siendo necesario revalorizar a la práctica como un portal a partir del cual cada estudiante puede descubrir el rol que quisiera encarnar como profesional del Derecho.

En este sentido se recalcó que "Práctica" y el "Práctico" de tribunales son cuestiones distintas. Si bien nadie cuestiono, en forma terminante, lo valioso que resulta el Práctico, se insistió en que solo acentúa la profundización de conocimientos referidos a la práctica del abogado litigante.
Principalmente por esto último, se propuso que el actual Práctico de tribunales brinde otras posibilidades para su cursada. Si bien es cierto que actualmente existen alternativas (vgr. Centro de Estudios Legales y Sociales), algunos estudiantes resaltaron que es difícil poder acceder a esas comisiones. Entre otras opciones para la cursado del Práctico se mencionaron a los Centro de Gestión y Participación, otras ONGs, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y tribunales tanto administrativos como judiciales. Asimismo, se destacó que para los estudiantes interesados en la carrera docente el Práctico podría consistir en desempeñarse como ayudantes - alumnos.

Por otra parte, también se menciono, como posibilidad para integrar la Práctica a la cursada en general, que el Departamento de Práctica Profesional interactue con los diferentes Departamentos a los fines de diseñar la forma de introducirla en las aulas.
Por último, y como corolario del trabajo realizado durante horas de sagaz debate, se concluyó, por unanimidad, que la Práctica, como parte esencial de la formación profesional, debe ser incorporada a los cursos desde la primer materia. "Cada materia, su Práctico".


Comisión N° IV: Enseñanza

La enseñanza de cualquier ciencia constituye un proceso mediante el cual se adquiere información más específica en una materia y tiene como objetivo final la instrucción y formación de aquellos que la estudian, entendiendo de este modo que desde el punto de vista didáctico se pretende el perfeccionamiento del sujeto a través del aprendizaje
En el caso del Derecho nos encontramos con una doble circunstancia, pues se busca la asimilación de los conocimientos teóricos impartidos por el profesor y su correlativa aplicación práctica por parte del alumno. Ahora bien, en todo este proceso de formación existen innumerables circunstancias que inciden en la adquisición del conocimiento y que son fundamentales para una enseñanza más eficaz. Algunas de ellas fueron debatidas en la comisión llegándose de este modo a las siguientes conclusiones.

Se discutió acerca de la conveniencia de las clases teóricas o prácticas y las consecuencias que conllevan adoptar uno u otro método, arribando de este modo a la conclusión de que es dificultoso escindir o disociar ambos tipos de métodos. Definitivamente el aprendizaje teórico tiene como correlato ineludible la aplicación práctica del mismo, separar lo que se enseña y lo que se evalúa contribuiría a una especie de divorcio en la forma de impartir el conocimiento, cuya realización es difícil de llevar a cabo. De todas maneras se consideró oportuno trabajar sobre verdaderos métodos de casos que sean la consecuencia lógica de aquello que efectivamente se está estudiando.

En cuanto a la utilización de métodos no tradicionales y tecnologías informáticas se estimó imperiosa su utilización teniendo presente las características que hoy presenta la facultad y la forma en que estas pueden ayudar tanto en la comunicación como en la adquisición de conocimientos. Hoy día nos encontramos ante momentos que hacen inevitable el uso de estos medios, pues cuesta imaginar a la masa estudiantil de está época prescindiendo de dichos medios de aprendizaje. Debido a ello que se arribó a la conclusión de la imperiosa necesidad de que, institucionalmente, la facultad ponga al servicio de los alumnos la utilización de estas tecnologías y haga hincapié en el uso masivo de los mismos.
A tal efecto, y sólo a modo de ejemplo, se consideró oportuno contar con una sala de proyecciones que pueda albergar un número importante de alumnos y posibilitar así la utilización de estás técnicas. Asimismo, en la promoción de las nuevas tecnologías, se realizó especial referencia al uso de correo electrónico como un medio efectivo de acercamiento entre profesores y alumnos ya que este contribuye de manera notable en la fluidez de las comunicaciones fuera de las aulas.

En lo referente al la presencia del profesor a cargo del curso en las clases que tiene a su cargo, la comisión entendió que su asistencia es de una importancia esencial, pues este debe no sólo asistir a las clases sino que también debe estar al corriente del manejo y situación de los cursos cuya responsabilidad detenta. Los alumnos deben definitivamente conocer al profesor titular, deben saber que "piensa", sus posturas, etc.
A tal efecto se mencionó la existencia de dos imperativos, una de carácter ético y otro de índole económica. El imperativo ético pasa por el deber de asistencia de la manera más regular posible a los cursos a cargo; en cuanto al imperativo económico se consideró que la situación que impera hoy en día es un obstáculo a la dedicación exclusiva a la docencia debido a los bajos recursos destinados a las remuneraciones docentes que hacen necesaria la dedicación a otras ramas del derecho, repercutiendo en la calidad de la enseñanza. Se consideró oportuno, como paliativo al problema económico, la creación de un cuerpo docente con dedicación exclusiva.

Se analizó también el rol efectivo de los ayudantes alumnos. Es sabido que estos realizan una actividad de suma importancia como auxiliares de las cátedras en las cuales participan actuando en forma activa en el diseño del plan de trabajo y proyección del curso durante el cuatrimestre. A tal efecto se ha reconocido en estos un rol de suma importancia en la intermediación entre los alumnos y los profesores minimizando las distancias entre estos, pues ellos pueden manifestar las inquietudes que perciben del alumnado y marcar con claridad aquellos temas sobre los cuales se debe hacer especial referencia durante la cursada, en virtud de la observación que pueden hacer como un "par" respecto de los alumnos.
A su vez, también se evidenció el recargo de tareas que no están capacitados para llevar a cabo, en virtud de lo cual se llegó a la conclusión de la necesaria limitación de su rol a los establecido por el reglamento y la necesidad de no sobrecargarlos de tareas que en principio no son pasibles de delegación en el ayudante alumno y a cuyo cargo tienen los profesores responsables de los cursos.

La formación del docente universitario constituye actualmente una discusión por demás álgida y controvertida, en este caso particular se marcaron algunas pautas referidos al perfil y características que debe reunir la formación del docente de Derecho en nuestra facultad. El profesor de derecho no debe tan sólo formar alumnos sino que debe formar docentes, entendiéndose esto como una tarea constante en virtud de las características propias que debe reunir quien enseña esta ciencia.
En carrera docente debería tenerse en cuenta alguno de estos puntos y observar que no debe mirarse a esta bajo perspectivas exclusivamente pedagógicas, hay otros elementos que son propios de la ciencia que se va a enseñar y que deben ser observados en la preparación de los futuros profesores.

Finalmente se discutió lo referente al nivel académico de los profesores a cargo de los cursos, así como también el de los alumnos, y la forma en que esto incide, de manera excluyente, en la calidad de las clases. La conclusión final fue que las comisiones deben estar a cargo de los profesores cuya aptitud e idoneidad comprobada contribuya a lograr las metas planteadas por la facultad. En contraposición a ello es necesario que los alumnos actúen con el compromiso que requiere ser estudiantes de una carrera de grado.
A este respecto se lograría cursos dónde los mejores profesores logren un nivel óptimo de los alumnos teniendo presente, desde ya, la vocación que este último debe demostrar por el estudio de la materia. Se requiere de este modo que el profesor conozca y determine el nivel medio de la comisión para lograr de esta manera el aprovechamiento de las habilidades y aptitudes de los estudiantes.

Aclaración: Las conclusiones extraídas no implican la opinión oficial de Lecciones y Ensayos sino que son el producto de consensos a los que se arribó en los Encuentros correspondientes.