El modelo acusatorio de persecución penal en la Argentina. Entre el elogio y la crítica

Proyectos UBACyT

Director: Pitlevnik, Leonardo Gabriel

Código: 20020190200221BA

Contacto:

Inicio: 01/01/2020

Finalización: 31/12/2022

Tipo de proyecto: Modalidad II

 

INTEGRANTES
Nombre y apellido
1 María Victoria Barreiro
2 Mara Estela Ciordia
3 Jorge Diego Ezequiel Forte Giacobone
4 Marcelo Jorge García
5 Agustina Gil Belloni
6 Susana Yoseli Gómez Guerra
7 Agustina Gonzalvez
8 Efraín José Grau
9 Carlos Horacio Illa
10 Federico Kierszenbaum
11 Felipe Lamas
12 Julieta Levin
13 María del Rosario Llera
14 Luis López Lo Curto
15 Agustín Mariani
16 Ignacio Mouriño
17 Santiago José Naím
18 Tamara Beatriz Peñalver
19 Facundo Catriel Rebon
20 Carlos Sebastián Rego
21 Javier Serrano Redonnet
22 Luciana Laura Terrizzi
23 Verónica Esther Vieito
24 Maia Czarny
25 Agustín Nahuel De Luca
26 Agustín Guido Menna

PALABRAS CLAVE

Derecho procesal penal
Modelo adversarial
Miradas críticas

RESUMEN

El procedimiento acusatorio ha sido reconocido doctrinal y jurisprudencialmente como el que cumple los requisitos constitucionales en el proceso penal. Aunque las definiciones son variadas, la condición de tercero del juez imparcial que decide ante los pedidos de las partes, una de las cuales en su rol acusador es la que lleva adelante la acción, podría ser tenida como el núcleo de acuerdo entre los juristas. La oralidad y publicidad de las audiencias, las limitaciones recursivas o la participación de jurados también son elementos fundamentales a la hora en que se intenta definir el modelo, también conocido como adversarial. Desde las dos últimas décadas del siglo pasado hasta hoy, en la Argentina y en América Latina, la reforma procesal ha sido gobernada por la idea del acusatorio. Los proyectos y leyes procesales en el ámbito nacional y provincial, vinieron acompañadas de una sólida jurisprudencia de la Corte Federal en cuanto a la conformidad del acusatorio con el esquema constitucional. El panorama muestra jurisdicciones que hace más de dos décadas que han adoptado este sistema de juzgamiento y otras que recién están comenzando, lo que permite tener apreciar virtudes, defectos, avances, retrocesos, logros y frustraciones. En algunos casos, puede seguirse cada paso de la implementación. Estudiaremos aquellas dificultades que una mirada acrítica y quizás excesivamente dependiente de un debate que podríamos denominar “emotivo”, es refractaria a observar. El trabajo consistirá en analizar la efectividad del nuevo funcionamiento, las dificultades de adaptación de las estructuras estatales, la respuesta a las expectativas depositadas en el modelo, las formas de implementación, evaluar alternativas, y proponer remedios en donde se considere necesario. Algunas de las cuestiones centrales que serán estudiadas en el proyecto de investigación que aquí se propone son el valor de la verdad en el proceso penal y su dependencia de partes interesadas, los defectos de las formas abreviadas de resolución, el tipo de presión ejercida sobre el imputado y el resultado que eso trae en las estadísticas de condenas, la degradación del sistema de cuantificación de la pena, lo riesgos de la privatización del litigio penal, la transformación de un modelo ideal de litigio a otro de consensos, la existencia o no de diferencias en la implementación de un modelo adversarial en procesos penales específicos como el penal juvenil, la ejecución de la pena o la coerción personal.