Armonización tributaria interna en Argentina: pautas y condiciones a considerar para un nuevo sistema de coparticipación federal

Proyectos UBACyT

Director: Naveira de Casanova, Gustavo José

Co-Director: Revilla, Pablo José María

Código: 20020120200018BA

Contacto: gusnaveira@hotmail.com

Inicio: 01/07/2013

Finalización: 31/12/2015

Tipo de proyecto: Grupo en Formación

 

INTEGRANTES
Nombre y apellido
1 Federico Daniel Orlando
2 Francine Roballos
3 Daniel Kumor
4 Cynthia Leonor Soich
5 Federico Matías Apostolidis
6 María Rita Sallustio
7 Juan Marcelo Ramirez Oyhanarte
8 Josefina Hernáez

 

PALABRAS CLAVE

Armonización tributaria
Federalismo fiscal
Coparticipación tributaria


RESUMEN

Es preciso partir de la base del panorama que ofrece la teoría del federalismo fiscal (es decir el ejercicio del poder financiero estatal en países con múltiples niveles de gobierno) tomando en cuenta una serie de estudios de imprescindible consideración (Musgrave, Buchanan, Oates, Casás, Jarach, etc.). De allí surgen dos ejes: la distribución de competencias de gastos y la asignación de fuentes de ingresos públicos, con sus óptimos y sus disfunciones. Y las formas en que se evitan o mitigan los problemas derivados de la superposición de tributos -en especial los impuestos- entre diversos niveles de gobierno sobre un mismo contribuyente. Examinados los problemas y las ventajas de un sistema de federalismo fiscal, se deben estudiar los mecanismos de coordinación financiera en concreto: a) la existencia de coordinación entre gravámenes de similar alcance (deducción en la base, o créditos fiscales); b) los sistemas de impuesto único (coparticipaciones, arrendamientos de impuestos, recargos, etc.). Así se podrá dar solución duradera a los problemas que en concreto aparecen. En el caso argentino, el estudio a de hacerse desde su base histórica, partiendo de la CN de 1853/60, con sus mutaciones y sus modificaciones expresas (1866, 1994). Los mecanismos constitucionales de coordinación financiera (art. 75, inc. 30, CN). Y, dentro de este esquema, volcar el referido a los sistemas de coparticipación federal de impuestos (entre otros, los de las leyes 12.139, 12.143, 12.147, 12.956, 14.060, 14.390, 14.788, 17.678, 20.221, 22.006 y 23.548), como así de la multiplicidad de leyes que establecen sistemas paralelos de coparticipación (ej. ley 23.966) o bien que modifican la integración de la masa coparticipable y los ?Pactos?, ?Acuerdos? y ?Compromisos? fiscales suscriptos por la Nación y las provincias desde 1992 hasta la fecha (ej. los ratificados por las leyes 24.130, 24.699, etc.). Así, se podrá: a) poner de relieve los dos ejes de la coparticipación en nuestro país, como la ?solución argentina? a los problemas que ocasiona la coexistencia de facultades tributarias de similar alcance entre diversos niveles de gobierno; b) describir los mecanismos de solución de problemas que se han adoptado hasta el momento y sus resultados respectivos; c) proponer mecanismos adicionales y alternativos; d) examinar el impacto de estos mecanismos en los derechos individuales que pueden desprenderse tanto para las ?partes? contratantes de estos mecanismos, como para los particulares.