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Año XVII - Edición 300 19 de abril de 2018

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¿Para qué hacer una historia del derecho público argentino?

  • Notas

El pasado 11 de abril, en el SUM del Instituto Gioja, se llevó adelante la actividad “¿Para qué hacer una historia del derecho público argentino?”, organizada por el proyecto UBACyT "La Constitución argentina de 1949 y la vía argentina al constitucionalismo social", el proyecto PICT-2015: “Los DESC como Derechos Exigibles en Argentina: Aportes para una metodología de argumentación desde una perspectiva integral” y el proyecto “Historia del Derecho Público en la Argentina (siglos XIX-XX)".

En este marco, expuso Agustín Casagrande (UNLP-UNSAM) y comentó Leticia Vita (UBA-CONICET). En primer lugar, Casagrande se refirió a la pregunta para qué una historia del derecho. Explicó que los conceptos como ciudad-Estado hacen perder de vista cómo se van formando diferentes elementos de lo que comúnmente se llama Estado. En este marco, puntualizó que el uso de la historia jurídica tiene tres problemas. El primer problema es una teleología donde no existe un corte entre lo que pasó en Roma y en la actualidad. El segundo problema es la traslación de conceptos sin conciencia histórico-conceptual y el tercero, que para el orador es el más importante, es que se habla desde la tradición, es decir, se empieza pensando lo jurídico y la historia jurídica a partir de la tradición jurídica. “Desde dentro de la tradición encontramos la posibilidad de salir del aparato productor de sentido del derecho. Si seguimos hablando del derecho civil contando la historia que contaron los civilistas, muy difícilmente vamos a encontrar todas las problemáticas que enfrentó el derecho civil”, analizó. En cambio, sostuvo que “si hacemos la historia de cómo se escribió esa historia podemos llegar a salir de la caja que tiene el derecho”.

En relación con el proyecto “Historia del Derecho Público en la Argentina (siglos XIX-XX)”, el expositor manifestó: “La historia jurídica para nosotros tiene que ver en algún punto con un dispositivo de reconocimiento no solamente de las instituciones jurídicas sino de las narrativas históricas que fundamentaron esas instituciones jurídicas” y agregó que cuando hablamos de historia constitucional, también vemos cómo se armó la narrativa de la historia constitucional, que es una narrativa particular con conceptos especiales.

Luego se enfocó en la pregunta para qué una historia del derecho público. “Una de las apuestas que nosotros tenemos que presentar es cómo desprivatizar lo público, que implica pensar cómo se forma el fisco por ejemplo y, por otro lado, pensar los espacios de sociabilidad colectiva de manera también privada, que es la esfera pública pero que también se opone al Estado”, detalló. En esta línea argumental, expresó que a partir de este enfoque se pueden encontrar las relaciones que existen entre clubes de barrio y el Estado.

A continuación, el orador se preguntó por qué no existe una historia del derecho público en Argentina. Una de las razones, según Casagrande, es que en la separación entre Estado y sociedad lo público siempre tendió a ser reducido.

Por su parte, Leticia Vita dentro del marco de la pregunta para qué una historia crítica del derecho público argentino planteó el interrogante de por qué en la Facultad de Derecho de la UBA se enseña sobre los derechos sociales como derechos surgidos de la nada o de un tratado de derecho internacional. “Existe una desconexión absoluta con las luchas sociales, fundamentalmente cuando nos referimos a los derechos sociales”, reflexionó. Asimismo, se preguntó de qué manera se podría hacer una historia constitucional diferente y remarcó la necesidad de incorporar a la historia del derecho público en Argentina una mirada de género.

“La historia jurídica para nosotros tiene que ver en algún punto con un dispositivo de reconocimiento no solamente de las instituciones jurídicas sino de las narrativas históricas que fundamentaron esas instituciones jurídicas”, manifestó Agustín Casagrande.