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Año XIX - Edición 340 09 de julio de 2020

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Los derechos de la infancia en la justicia juvenil en tiempos de pandemia

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El pasado 8 de mayo el Centro de Graduados organizó, a través de su cuenta oficial de Instagram, un taller titulado “Los derechos de la infancia en la justicia juvenil en tiempos de pandemia". El mismo estuvo a cargo de Martiniano Terragni y Diego Freedman, docentes del Departamento de Derecho Penal.

De modo introductorio,  Martiniano Terragni expresó: “El artículo 19 de la Convención Americana plantea específicamente la protección a la infancia por parte del Estado, de la familia y de la comunidad. Por eso, nuestro primer punto a tener en cuenta cuando abordamos la problemática penal juvenil en general y, especialmente, la relacionada con el COVID-19 es cómo concretar los derechos económicos, sociales, culturales y de protección dentro de ese proceso”.
Respecto al corpus iuris del derecho de la infancia explicó: “Hay dos ejes colaterales que lo atraviesan. El primero tiene que ver con la prevención del delito en donde existe una importante presencia de las políticas públicas. El segundo tiene que ver con una respuesta especializada frente a la situación de niños, niñas y adolescentes que se involucran con la justicia juvenil”.

Por su parte, Diego Freedman opinó: “No tenemos que reducir el enfoque de la justicia juvenil e incluso de las cuestiones de la infancia aún en tiempos como los del COVID-19. Es una situación nueva en donde no todo está discutido, deliberado o definido en normativas, y esto nos genera incertidumbre. Los abogados nos enfrentamos a una serie de restricciones durante el ASPO (aislamiento social preventivo y obligatorio) que terminan teniendo un gran impacto en la mayoría de la población”.

En relación con la desigualdad que genera la pandemia en las diferentes infancias, explicó: “La gran preocupación del Comité de los Derechos del Niño es la universalidad en el acceso de los derechos sociales. Señala que debemos tener en cuenta todos estos impactos inevitables y tratar de que produzcan el menor daño posible con los recursos que se tengan a mano en la sociedad. Hace referencia a explorar soluciones alternativas y creativas para que los niños disfruten de descanso, ocio y actividades artísticas. Es de suma importancia asegurar que el aprendizaje en línea no exacerbe las desigualdades existentes ni reemplace la interacción del alumno con el maestro. También debemos tomar medidas inmediatas para garantizar que los niños reciban alimentos nutritivos. Tengamos en cuenta la cantidad de chicos en nuestro país que acceden a la alimentación en el ámbito educativo.”

A continuación, Terragni realizó un breve repaso sobre la cuarentena y su aplicación en el derecho penal y afirmó: “Las personas menores de 18 años resultan, en todos los casos, inimputables por el monto de la pena al delito que establece el artículo 205 de nuestro Código Penal. Por lo cual, no vamos a tener procesos penales porque, además de todo esto, existe una recomendación del Comité de los Derechos del Niño que sugiere no abrir procesos ni situaciones de arresto respecto a niños que hayan violado la cuarentena”.

Llegando al final y explicando el contexto en el que actualmente se desarrolla la Justicia federal, Terragni analizó que “sería muy difícil abordar, con el grado de sofisticación que nosotros estamos planteando, cuestiones de justicia juvenil con la cantidad de problemáticas diversas respecto de las cuales tienen competencias los juzgados federales. Por eso, insisto en las recomendaciones de no formalizar los procesos y de que los niños no sean imputables para le ley argentina porque no sería conveniente que aparezcan situaciones de privación de la libertad en este contexto”.

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