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Año XII - Edición 215 15 de agosto de 2013

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Las nuevas dimensiones de los Derechos Humanos y del Derecho de la Integración

  • Notas

El pasado 24 de junio en el Salón Azul de la Facultad de Derecho tuvo lugar elseminario “Las nuevas dimensiones de los Derechos Humanos y del Derecho de la Integración”, que contó con la participación de los Dres. Oscar A. Hergott (Camarista Federal y profesor de la UBA y de la Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura de la Nación), Hipólito Solari Irigoyen (Embajador ONU, Senador Nacional), Alfonso Diez Torres (Embajador, Jefe de Delegación de la Unión Europea) y Sebastián A. Rey (Docente e Investigador de la UBA).

En primer término, el Dr. Oscar A. Hergott abordó el rol del Poder Judicial y los Derechos Humanos en la actualidad, aportando una mirada sobre la evolución de los Derechos Humanos con su contenido actual en Argentina desde el punto de vista del Poder Judicial. Resaltó que el control de constitucionalidad significa la expresión más acabada de división y equilibrio de poderes, en defensa de la supremacía constitucional. Con respecto al contenido de los Derechos Humanos en el siglo XXI, aseguró que el Poder Judicial tiene el deber y el compromiso de acatar tanto las decisiones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación como la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Así, “el control de convencionalidad implica que el Estado a través de sus tres poderes debe plasmar en la práctica los derechos que establecen las cláusulas de la Convención Americana de Derechos Humanos y la Declaración Americana de derechos y deberes del hombre”, expresó.

Por su parte, Alfonso Diez Torres analizó la protección de los derechos fundamentales en la Unión Europea, indicando que el proceso de integración europea, que en sus inicios fue de carácter económico-comercial, no dejaba de ser un proyecto de naturaleza política. Hizo referencia entonces al Tribunal de Justicia de Luxemburgo que en los primeros años se resistía a declarar la nulidad de actos de las instituciones europeas por una supuesta violación de derechos fundamentales, alegando su incompetencia. Luego, se introdujo la noción de los principios generales del derecho comunitario, derivados de las propias Constituciones Nacionales. También mencionó el Tratado de Ámsterdam, el de Lisboa y la Carta de derechos fundamentales de la Unión Europea. Para finalizar, subrayó que “la expansión del proceso de integración que acompañó la integración económica, ha tenido un impacto mayor en muchos temas de carácter social”.

A continuación, Sebastián A. Rey señaló que sigue siendo una prioridad en la región qué hacer frente a las violaciones de Derechos Humanos y cómo desenvolverse. Analizó además la protección de Derechos Humanos y el rol que ha tenido el Derecho Internacional de los Derechos Humanos en los Tribunales de Argentina. Advirtió también la escasa formación en Derecho Internacional durante la década de 1980, donde no se hacía mención al Derecho Internacional y los jueces no lo aplicaban porque no había una formación universitaria en Derechos Humanos. Por último, examinó cómo los Derechos Humanos pueden ser defendidos ante los tribunales y cuál es el rol que han tenido estos tribunales en materia de Derechos Humanos en Argentina.

Hacia el final, Hipólito Solari Irigoyen se refirió a la época moderna de los Derechos Humanos, que empieza en 1945 cuando se aprueba la Carta de las Naciones Unidas. Comentó entonces que la protección de Derechos Humanos han sido abordados de dos maneras: a través de instituciones internacionales, pactos, convenios y a través de su cumplimiento. Hizo mención también a la aprobación de la Declaración Universal de Derechos Humanos, agregando que para darle carácter coercitivo, Naciones Unidas aprobó dos pactos: el Pacto Internacional de derechos civiles y políticos, y el Pacto de Derechos Sociales, Económicos y Culturales.

“La expansión del proceso de integración que acompañó la integración económica, ha tenido un impacto mayor en muchos temas de carácter social”, expresó Alfonso Diez Torres.