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Año XXI - Edición 381 13 de octubre de 2022

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Interseccionalidad, pobreza y DESCA

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El pasado 26 de septiembre se realizó la actividad "Interseccionalidad, pobreza y DESCA". La exposición estuvo a cargo de Laura Clérico (Doctora, Univ. Kiel, Magister Legum, Kiel y abogada, UBA; investigadora del CONICET; profesora de la Universidad de Buenos Aires y profesora Honoraria de la Friedrich Alexander Universität en Erlangen Nürnberg). Su línea actual de investigación versa sobre igualdad, género y derechos sociales en la jurisprudencia de la Corte IDH y de los Superiores Tribunales de Provincia. Ha publicado libros y artículos sobre derechos humanos, constitucionales, derechos sociales, igualdad y perspectiva de género. Fue perita ante la Corte IDH sobre las garantías judiciales y el principio de igualdad en el caso de Manuela y otros contra El Salvador). El evento fue organizado por el Ciclo de Cursos Online, el Centro de Derechos Humanos, la Relatoría DESCA de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Para comenzar, Laura Clérico analizó el contexto actual en relación a la temática planteada: “Hay algo que se reitera en la región interamericana que tiene que ver con la desigualdad económica, social, política y cultural que atraviesa la región y que afecta a determinadas poblaciones poniéndolos en situación de desigualdad estructural. Algunos patrones de desigualdad responden a una historia de discriminación y esto termina impactando en el goce efectivo de los derechos de estas personas. A raíz de esto vemos una ampliación de la concepción de igualdad en el marco del sistema interamericano de derechos humanos”. Asimismo, hizo referencia al concepto de desigualdad interseccional, introducido y receptado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la Opinión Consultiva 26: “Se sostiene que hay diferentes factores que convergen y que ponen a las personas en una situación especial de desigualdad estructural. La interseciconalidad aparece cuando el género converge con otros factores de discriminación”.

En tal sentido, analizó el caso Manuela y/otros vs el Salvador como un fallo en el cual se evidencia no sólo la desigualdad estructural e interseccional, sino también el razonamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos frente a la problemática: “Es un caso de emergencia obstétrica en donde se ve una injusticia extrema y se demuestra claramente la noción de desigualdad, ya que sólo las mujeres pobres que van a hospitales públicos son denunciadas. Hay entonces una violación al efectivo goce del derecho a la salud”. Por consiguiente, en lo que respecta al pronunciamiento de la Corte, expresó: “La misma establece que tanto en este caso como en otros, las partes llegan con una desigualdad estructural tan grande que les ha imposibilitado tener acceso a sus derechos. Acá es donde se ve la interseccionalidad, ya que Manuela es discriminada por género, por razones económicas sociales y por la zona en la que habita. Convergen estos factores. En el mérito de la sentencia la Corte hace referencia varias veces al contexto y además se atraviesa el análisis de los estereotipos de género”.

En último término, puntualizó en los estereotipos: “El estereotipo es una imagen preconcebida de lo que es o de lo que deberían ser varones y mujeres. A todo aquello que no es la masculinidad dominante se le distribuyen roles sociales que colocan a las personas en situación de subordinación o dominación. Esta definición de estereotipo la Corte la comienza a efectuar en el caso Manuela y la desarrolla en otros casos en donde no sólo identifica los estereotipos sino que también visibiliza la estructura que los sostiene: el sistema patriarcal”. En la misma línea argumental, citó y resaltó el artículo 5 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer: “En la Argentina dicha convención posee jerarquía constitucional”. Asimismo, señaló las medidas de reparación que ordenó la Corte al Salvador, enfatizando en la garantía no de repetición para prevenir casos futuros. Para finalizar, concluyó: “Para poder salir de esta situación de desigualdad estructural se requiere un hacer positivo es decir, tomar medidas estatales para mejorar las condiciones materiales y mejorar el goce efectivo de esos derechos”.