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Año XIV - Edición 246 23 de abril de 2015

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Función social del juez

  • Notas

El pasado 8 de abril se desarrolló en el Departamento de Derecho Procesal una reunión de profesores abierta al público donde se abordó el tema de la función social del juez. El profesor Gustavo Caramelo fue el expositor principal de este encuentro que fue coordinado por el profesor Alejandro Verdaguer.

El profesor Gustavo Caramelo destacó la función que debe desempeñar el juez civil: “El juez civil tiene que atender a tratar de lograr la mejor calidad de vida posible para las personas”. En tal sentido, explicó que aquellos sujetos que tenían algún proyecto que se vio frustrado por el incumplimiento del otro, o porque otro lo dañó, tienen el derecho a tratar de recobrar dicho proyecto, de este modo, el juez civil tiene que acompañar el proceso y colaborar en la resolución de esa situación, así como también en la reconstrucción del derecho vulnerado. Agregó que desde su punto de vista el juez no actúa con neutralidad en el resultado ya que realiza una valoración al momento de finalizar el proceso.

Seguidamente, se enfocó en el caso práctico en particular, el cual consistía en llevar a cabo el desalojo de un conventillo habitado por niños discapacitados. Estimó que en este tipo de casos, el juez no puede atender solamente al derecho afectado de los dueños de la propiedad, sino que también debe tener en cuenta la situación de los individuos que se encuentran en falta. “Esto exige un cambio de mirada de lo que es el trabajo del juzgado porque el juez tiene que tratar de respetar el derecho de propiedad protegiendo los derechos de los vulnerables, es decir, el juez debe llevar adelante el desalojo de la forma más rápida posible”, manifestó. Así, continuó su discurso haciendo referencia a las posibles soluciones que planteó para el caso.

Entre todas las posibles soluciones que pensó para la resolución del caso, Caramelo consideró que la más atinada era la compra del inmueble por parte de las familias que lo habitaban. Para ello, explicó que era fundamental la intervención del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, debido a que era el único ente que podía brindarles préstamos a las familias afectadas, así como también la del Gobierno Nacional para que pudiese llevarse a cabo la refacción del edificio. Tras referirse a la postura adoptada para remediar la situación, el expositor detalló el proceso que tuvo que llevar adelante para alcanzar su objetivo. “El juez no puede permitir que en el transcurso del proceso transcurra una violación de derechos, tiene que tomar las medidas necesarias para que eso no suceda”, destacó.

Hacia el final de su ponencia, volvió a enfatizar el rol que desempeña el juez civil en la calidad de vida de las personas que se someten a un litigio. “El juez civil es un juez de calidad de vida”, explicó. En otras palabras, debe preservar la calidad de vida no solo de la parte vencedora, sino también de la parte perdedora, en la mayor medida posible. “No hay que martirizar a la parte que pierde al momento de la ejecución si es que ello se puede evitar y lograr el objetivo procesal”, adicionó.