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Año XIV - Edición 257 22 de octubre de 2015

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Dilemas bioéticos en torno al embrión humano

  • Notas

El pasado 1º de octubre en el Salón Verde, se realizó una conferencia acerca de los dilemas bioéticos en torno al embrión humano enmarcada en la 10º Jornada del ciclo de conferencias y organizada por el Seminario de Investigación en Bioética.

El subdirector del Seminario, Jorge C. Berbere Delgado, presentó la actividad y a la expositora Noemí Goldsztern de Rempel quien, en primer término, aclaró que, desde su punto de vista, no le corresponde al derecho definir cuándo empieza y cuándo termina la vida. “Serán otras las disciplinas que se deberán ocupar de esto. El derecho, en todo caso, va a delimitar cuándo empieza la protección y cuándo termina (…). El derecho va a poner límites, y como todo límite, va a ser arbitrario”, añadió. Asimismo, expuso que siempre le sorprendió cómo un acto eminentemente médico, cómo puede ser un trasplante de órganos, pueda conmover la estructura del derecho, en general y del derecho penal, en particular. “La problemática del impacto de los avances médicos en el derecho es un tema que a mí me empezó a apasionar hace muchísimos años”, indicó.

Más adelante, cuestionó: ¿El embrión fertilizado in útero, y el embrión fertilizado in vitro, comienzan a tener protección jurídico-penal en el mismo momento? ¿O uno tiene protección jurídico-penal antes y otro tiene después? En búsqueda de la respuesta, cuando comenzó a estudiar el embrión in vitro, explicó que advirtió dos conductas absolutamente opuestas: por un lado, el aborto y por el otro, la reproducción humana asistida, los cuales convergen en la misma problemática. Las dos deben darle respuesta a los mismos interrogantes: definir la naturaleza jurídica del embrión, si hay que protegerlo y desde cuándo, de qué manera y con qué tipo de leyes. Frente a estas reflexiones, concluyó que no pudo hacer un estudio exclusivamente del embrión in vitro, tuvo que empezar desde qué es el embrión, respuesta que no le puede dar el derecho. “No estoy buscando cuándo empieza la vida, estoy buscando cuándo se la empieza a proteger”, recordó.

De esta forma, realizó un recorrido por la medicina, la biología, la filosofía, la religión y la bioética, en las que buscó una respuesta a su interrogante. “La medicina nos plantea que el embrión es producto de un proceso. En este proceso hay determinados momentos que son significativos”, describió. Luego, adicionó: “La biología no me está dando una respuesta objetiva de cuándo empieza la vida. Algunos médicos proponen una postura gradualista, ubicando al embrión entre las simples células y la persona humana”. Desde la filosofía, aunque tampoco encontró la respuesta en este ámbito, la oradora hizo un recorrido por el pensamiento de los filósofos más destacados como Aristóteles, Descartes, Kant, Hegel y Canguilhem. Por otra parte, explicó que realizó un análisis en la religión católica, la religión judía y una breve visión sobre los postulados del Islam y concluyó que la religión tampoco le contestó qué es el embrión. Dentro de la bioética, manifestó que es posible observar hoy en día al embrión como ser humano potencial porque si el “pre-embrión” es eventualmente transferido a un útero materno y se desarrolla, tiene la capacidad para transformarse en un embrión y el mismo devenir en un ser humano.

Posteriormente, expuso un cuadro comparativo que realizó acerca de las legislaciones en diversos países sobre el tema de la conferencia y explicó por qué eligió cada país: Francia, porque es el que mejor se adapta a nuestro país; Alemania porque es el más restrictivo; Reino Unido porque es el más amplio; España “porque siempre es el país más mirado por nosotros”; y Colombia porque es un país donde no hay una ley, hay una interpretación constitucional, decretos y resoluciones.

“Si algo ha quedado claro dentro de esta maraña de posibles explicaciones, es que el problema no es el embrión in vitro. El problema es mucho más amplio y es el problema del embrión. Parecería que en la especie humana estamos confrontando dos derechos fundamentales, el derecho a la vida y el derecho a la dignidad. Mientras el derecho a la vida admite limitaciones y cede frente al derecho individual de la mujer y su derecho a la autodeterminación, el derecho a la dignidad parecería ser absoluto”, concluyó.