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Año XVII - Edición 305 28 de junio de 2018

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Derechos humanos, violencia de género e interseccionalidad

  • Notas

El pasado 7 de junio se llevó a cabo la actividad “Derechos humanos, violencia de género e interseccionalidad”, organizada por el Proyecto PICT-2015- 3239: “Los DESC como Derechos Exigibles en Argentina: Aportes para una metodología de argumentación desde una perspectiva integral” (directoras: Leticia Vita y Laura Clérico), el Proyecto DECyT 1601: “La igualdad interpelada: acción colectiva y reacción judicial a través de la jurisprudencia reciente del fuero CAyT de la CABA” (director: Martín Aldao), el Proyecto PII 603: “La Ética jurídica frente a la resolución de casos difíciles” (coordinador: Federico De Fazio) y el Proyecto PII 604: "Donde los caminos se cruzan: el enfoque de interseccionalidad en la jurisprudencia de la CIDH sobre violencia de género" (coordinadora: Celeste Novelli). 

Contó con la participación de la profesora Nancy Cardinaux y Lorena Sosa (profesora en el Netherlands Institute of Human Rights Universidad de Utrecht).

En primer lugar, la profesora Nancy Cardinaux se refirió al origen del término interseccionalidad a partir de los desarrollos realizados por Kimberlé Crenshaw en la academia norteamericana para visibilizar la especificidad de las discriminaciones a las que estaban expuestas las trabajadoras negras en razón del género y de la raza. Indicó que el concepto permite explicar cómo diversas categorías de distinción socialmente construidas (género, clase, raza, etnia, edad, orientación sexual, nacionalidad, entre otras) interconectan distintos sistemas de opresión y que, si bien el término fue acuñado en 1989, había sido adelantado previamente en las ciencias sociales e, incluso, desde la literatura que describió con precisión las condiciones de vida de las mujeres esclavas negras en el Sur de Estados Unidos, por ejemplo la autora Toni Morrison en su reconocida novela “Beloved” publicada en 1987.

A continuación, la expositora tomó como punto de partida el texto de Leslie McCall titulado “La complejidad de la interseccionalidad” para analizar algunas cuestiones metodológicas relevantes al momento de llevar a la práctica un análisis interseccional. En este orden de cosas, precisó que la adopción de un enfoque inter-categorial o intra-categorial necesariamente conducirá a resultados distintos y que la definición de las categorías es inevitable en algún punto del análisis - a sabiendas de que también es excluyente – porque, sin ellas, no es posible hacer ciencia jurídica. En este sentido, agregó que la herramienta de la interseccionalidad requiere, además, reflexionar sobre los contextos y permite visibilizar lo que hasta el momento no ha sido descubierto. Sin embargo, sostuvo que la interseccionalidad puede ser interpretada como una contienda por quién está en peor situación para merecer la atención del Estado en razón de los recursos, sin descuidar su gran potencial para introducir las necesidades específicas al diseñar soluciones, políticas públicas y reparaciones.

Por su parte, la profesora Lorena Sosa consideró que la interseccionalidad es un concepto viajero, es decir, que su contenido ha sido construido de modo diverso desde los estudios de género de la academia norteamericana, la alemana y la continental. Explicó que las categorías identitarias están socialmente construidas, sin jerarquía entre ellas a priori y que poseen diversidad a su interior. Añadió que las categorías no son estáticas sino que cambian según el momento histórico y el contexto, lo que hace que el trabajo de investigación bajo la perspectiva interseccional sea muy onerosa. Así sostuvo que la violencia de género está conectada a la desigualdad estructural (institucional y social) y que tiene lugar en múltiples ámbitos como la familia, el lugar de trabajo y las instituciones educativas, entre otros. La interseccionalidad como lente analítico permite vislumbrar que ciertos grupos de mujeres ubicadas en la intersección de categorías sociales enfrentan dificultades específicas y/o tipos específicos de violencia. Seguidamente, y en relación con ello, describió la metodología que utilizó para llevar adelante su investigación doctoral sobre interseccionalidad y violencia de género en la que exploró un caso sobre mujeres gitanas en España y otro sobre mujeres indígenas en la provincia de Jujuy. Finalmente, destacó que el enfoque interseccional es, ante todo, una herramienta que puede ser utilizada por distintos públicos (como la academia, el poder judicial, las y los litigantes, las y los legisladores, los movimientos sociales, la sociedad civil, entre otros) y también un poderoso instrumento para fortalecer alianzas en los procesos de demandas de derechos.