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Año XVII - Edición 300 19 de abril de 2018

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Charla sobre el procedimiento de violencia familiar

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En el Auditorio, el pasado 6 de abril se realizó una charla sobre el procedimiento de violencia familiar. Contó con las exposiciones de Viviana H. de Souza Vieira y Diego Ortiz, cuyas ponencias moderó Noelia Cortinas.

En el marco de la actividad, se presentó el libro El procedimiento de violencia familiar, de Diego Oscar Ortiz.

En primer lugar, Viviana H. de Souza Vieira introdujo: “Si hablamos de violencia familiar, nos referimos a la que se produce en el hogar. Cualquier miembro de la familia es pasible de ser víctima y cualquier miembro puede ser el agresor”. Por el contrario, explicó que “si hablamos de violencia de género, nos referimos a aquella que se produce contra la mujer por el solo hecho de serlo, tanto dentro como fuera de la casa, en el trabajo o en cualquier otro ámbito de la vida pública” y agregó que “la característica principal de este tipo de violencia es pertenecer a un género considerado inferior que el masculino”.

En este marco, desarrolló que en la violencia de género hay dos sujetos bien diferenciados: un agresor, que es varón, y una víctima, que es mujer. “Los varones no sufren violencia de género, ya que no pertenecen a un género que socialmente se considera inferior o subordinado. La violencia que pueden ejercer las mujeres sobre los varones no constituye en la actualidad un problema social como sí lo son los femicidios”, analizó.

Por otra parte, indicó que la nueva ley de género divide los tipos de violencia en física, psicológica, sexual y económica y se refiere a las formas en que se manifiestan los distintos tipos de violencia contra las mujeres en los distintos ámbitos: doméstica, institucional, laboral, contra la libertad reproductiva, obstétrica y mediática. Asimismo, subrayó: “Se denuncia para obtener medidas precautorias también llamadas medidas preventivas urgentes o cautelares”.

A continuación, Diego Oscar Ortiz realizó la presentación del libro. En primer término, aseveró: “Los abogados y abogadas como profesionales del derecho tenemos que dar una respuesta que permita abordar estas cuestiones de implicancia social, por eso se trata de hacer algo con la lectura e interpretación de las normas y plasmarlo en la estrategia y solución de un caso”.

Luego se enfocó en una serie de figuras especiales en el procedimiento de violencia familiar. “Primero, la redefinición del concepto de denuncia de violencia. En el procedimiento de violencia familiar, la denuncia deja de ser un tema estrictamente procesal para ser un tema vinculado al acceso a la justicia, al reconocimiento de los instrumentos internacionales y a conceptos propios de la temática”, describió.

En segundo lugar, puntualizó acerca del rol del abogado o abogada en el procedimiento: “Nuestra intervención podría ser como un garante técnico del cumplimiento de los pasos procesales y que la realidad de los hechos sea plasmada en el expediente para que el juez tome una resolución protectora frente a las diferentes situaciones de violencia denunciadas”, detalló.

En cuanto al proceso de violencia familiar, sostuvo que “se establece la especialización como una manera de afinar un conocimiento y la necesidad de comprensión, sensibilización y abordaje de diferentes situaciones, lo que implica un adecuado uso de herramientas legales y conceptuales propias de la temática”.

Más adelante manifestó que en la etapa de denuncia se deben tener en cuenta dos cuestiones para dar lugar a la intervención del abogado del niño: una de carácter procesal (la denuncia de violencia no apunta a dictar una sentencia firme que atribuya culpabilidad al presunto agresor, sino que siempre la denuncia de violencia es un acto en pos de la protección) y de fondo (para analizar este tema tenemos que aprender a compasar lo que las leyes de violencia familiar dicen y las leyes de niñez y adolescencia sostienen).

“Si hablamos de violencia familiar, nos referimos a la que se produce en el hogar. Cualquier miembro de la familia es pasible de ser víctima y cualquier miembro puede ser el agresor”, introdujo Viviana H. de Souza Vieira.