Observación de las elecciones generales de Perú 2026

El Observatorio de Derecho Electoral de la Facultad de Derecho fue invitado por el Jurado Nacional de Elecciones de la República de Perú para observar las “Elecciones Generales 2026”.

En calidad de observadores/as electorales internacionales participamos tanto de la elección realizada el domingo 12 de abril como de la segunda elección presidencial del 7 de junio.

Cargos en competencia: 3 para la Fórmula Presidencial (Presidente/a de la República y dos Vicepresidentes/as); 60 Senadores/as; 130 Diputados/as; 5 representantes al Parlamento Andino; y 10 representantes suplentes al Parlamento Andino.

Doscientos ocho (208) cargos en competencia electoral:

Organizaciones políticas: en la primera vuelta electoral competieron 37 organizaciones políticas: 34 partidos políticos 3 alianzas electorales. Para la fórmula presidencial, se presentaron 36 candidatos/as.

Ciudadanos/as habilitados/as para votar: a nivel nacional: 26.149.818. En el extranjero: 1.206.760.

Innovaciones para las Elecciones Generales 2026

- Estas elecciones incluyeron por primera vez elecciones primarias (30 de noviembre y 7 de diciembre de 2025).

- Se retornó al bicameralismo tras 33 años de sistema unicameral. Ahora existen dos Cámaras con funciones diferenciadas: 60 senadores/as con visión nacional y de revisión (30 senadores/as a nivel nacional, 30 senadores/as a nivel regional) y 130 diputados/as con iniciativa legislativa exclusiva y representación territorial (cada departamento del país elige un número determinado de diputados/as de acuerdo con su población electoral).

- El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones estableció criterios para la aplicación de la valla electoral para acceder al procedimiento de distribución de escaños en la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados.

- El establecimiento del voto preferencial opcional. Para senadores/as a nivel nacional, diputados/as y Parlamento Andino, se puede elegir hasta dos candidatos/as. Para senadores/as a nivel regional, solo se permite una opción. También es factible el voto cruzado que habilita a los/as ciudadanos/as a seleccionar candidatos/as de diferentes agrupaciones políticas en la cédula electoral, siempre que se respete la estructura de columnas destinada a cada cargo. La elección presidencial no permite voto preferencial.

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