La CSJN se pronunció y el Estado Nacional debe cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario
El 25 de junio, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió en la causa “Consejo Interuniversitario Nacional c/ EN – PEN – Dto 759/25 s/amparo ley 16.986” dejar firme la medida cautelar que obliga al Estado nacional a aplicar la ley de financiamiento universitario.
Dicha medida cautelar, dictada por el juzgado de 1era instancia mientras se resuelve la cuestión de fondo planteada, obliga al Estado Nacional a dar cumplimiento con los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795 de financiamiento de la educación universitaria y recomposición del salario docente.
En efecto, el artículo 5 prevé la actualización de los salarios docentes y nodocentes de las universidades públicas en un porcentaje que no puede ser inferior al Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) y a convocatoria a paritaria nacional; mientras que el artículo 6 prevé la recomposición y actualización automática de las becas estudiantiles.
El pronunciamiento de la Corte se dio tras la masiva marcha federal en defensa de la universidad pública que se realizó en mayo pasado, en un contexto de clases públicas y acciones de protestas en distintas facultades, e incluso diversas presentaciones que se realizaron ante la CSJN para solicitarle el tratamiento del tema.
Esperamos que a partir de este fallo, pueda comenzar a revertirse la crítica situación presupuestaria que atraviesan las universidades nacionales y que afecta el normal desarrollo de las funciones de docencia, investigación, extensión y las condiciones salariales del personal docente y nodocente.