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Año XXV - Edición 438 14 de mayo de 2026

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Seminario de la cátedra de Daniel Pastor

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Los días 24 y 27 de abril, en el Salón Carlos Nino del Instituto Gioja, se llevó a cabo el seminario de la cátedra de Daniel Pastor. La actividad contó con la exposición de Luis Greco, profesor de Derecho Penal y Derecho Procesal Penal de la Universidad Humboldt de Berlín. El 24 de abril se desarrolló la exposición titulada “El poder estatal de criminalizar: otra vez sobre el bien jurídico”. Contó con el auspicio del programa “Estado de Derecho” de la Fundación Konrad Adenauer y del Departamento de Derecho Penal y Criminología.

Durante la primera jornada, Luis Greco trabajó sobre un texto centrado en la percepción del delito en relación con la noción de bien jurídico. A partir de este eje, la exposición se orientó a revisar críticamente algunos de los fundamentos tradicionales del derecho penal y de las teorías que justifican el poder estatal de criminalizar determinadas conductas. En este marco, el expositor introdujo una reflexión amplia sobre el concepto de bien jurídico y sobre el lugar que ocupa dentro de la teoría penal contemporánea.

En una primera instancia, Greco abordó específicamente la teoría del bien jurídico, explicando que uno de los objetivos centrales de su intervención consistía en volver a fundamentarla y precisar con mayor claridad cuál es su contenido. En este sentido, señaló la necesidad de revisar la manera en que históricamente se ha entendido esta noción dentro del derecho penal, particularmente frente a distintos cuestionamientos doctrinarios que fueron surgiendo con el tiempo. Según explicó, la teoría del bien jurídico continúa siendo un elemento central para pensar los límites de la criminalización estatal, aunque requiere una reformulación más precisa que permita responder a las críticas actuales.

A partir de ello, sostuvo que su propuesta buscaba también defender esta teoría frente a distintas objeciones, tanto justificadas como injustificadas. De esta manera, planteó que existen críticas relevantes que obligan a repensar ciertos aspectos del concepto, pero también otras que directamente cuestionan la necesidad misma de vincular el delito con la afectación de un bien jurídico. Sobre este punto, la exposición se orientó a recuperar la importancia de esta categoría como criterio de limitación del poder punitivo y como herramienta para distinguir aquellas conductas que efectivamente justifican la intervención penal de aquellas que no deberían ser alcanzadas por el sistema criminal.

Luego avanzó específicamente sobre el problema de la criminalización y sobre las condiciones necesarias para que una conducta pueda ser considerada penalmente relevante. “Para la misma, se necesita más que la mera acción inmoral o la violación de un deber, la conducta también debe ser peligrosa”, sostuvo. Con esta afirmación, Greco buscó marcar una diferencia entre el derecho penal y otros ámbitos normativos vinculados a la moral o a los deberes sociales. Según explicó, no toda conducta considerada inmoral o reprochable puede convertirse automáticamente en delito, ya que para justificar la intervención del derecho penal resulta necesario que exista además una dimensión de peligrosidad vinculada a la afectación de determinados bienes jurídicos.

En tanto, la jornada que tuvo lugar el 27 de abril, Luis Greco brindó la conferencia: “El principio de legalidad penal”.