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Año XXIV - Edición 425 10 de julio de 2025

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La cadena perpetua ostativa en Italia y sus desafíos constitucionales

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El pasado 19 de junio, en el Auditorio, tuvo lugar la actividad titulada “La cadena perpetua ostativa en Italia y sus desafíos constitucionales”. La exposición estuvo a cargo de Morena Gallo, quien abordó en profundidad el tema central de la jornada. El encuentro fue organizado por la cátedra del profesor Alejandro W. Slokar y contó con el auspicio del Departamento de Derecho Penal y Criminología.

Morena Gallo comenzó con unos agradecimientos tanto a la institución como a los/as académicos/as presentes y al público asistente. Luego, pasó rápidamente a desarrollar la temática principal de su intervención, a la que definió como “una de las cuestiones más importantes del derecho italiano contemporáneo”. Explicó que, si bien muchos países, entre ellos Italia, han abolido la pena de muerte, la cadena perpetua ha sido catalogada por numerosos intelectuales como una “pena hasta la muerte”, ya que el encarcelamiento puede extenderse, de hecho, hasta el último día de vida del condenado. Aclaró además que su análisis no se limita a la cadena perpetua en términos generales, sino que se enfoca particularmente en sus modalidades más restrictivas, como aquellas que impiden al recluso acceder a beneficios penitenciarios, convirtiendo la condena en un encierro perpetuo y absoluto. Avanzó luego sobre el desarrollo histórico de la legislación italiana. En 1962, señaló, el legislador introdujo la posibilidad de que una persona condenada a prisión perpetua pudiera acceder a la libertad condicional tras haber cumplido 28 años de condena. Esta duración fue luego reducida, en 1986, a 26 años. Estas reformas buscaron transformar la pena perpetua en una condena de carácter progresivo, orientada, aunque con exigencias severas, hacia la reinserción social del condenado. También destacó cómo, a partir de esas reformas, se habilitó a las personas privadas de libertad a acceder a determinados beneficios penitenciarios fundamentales para su desarrollo humano. Sin embargo, a comienzos de los años 90s, Italia vivió un contexto de emergencia nacional, con un aumento de los atentados y crímenes orquestados por organizaciones mafiosas, que no sólo sembraron el terror sino que atacaron directamente a representantes del estado. En respuesta, se sancionó legislación de carácter excepcional que revirtió muchos de los avances logrados con la ley de 1962. Estas leyes de emergencia introdujeron distintos regímenes de cadena perpetua, privando a ciertas personas condenadas, por delitos vinculados a la mafia, terrorismo o subversión, de acceder a beneficios penitenciarios o libertad condicional, salvo que colaboraran activamente con la justicia. En ausencia de esa colaboración, la prisión se convertía en una condena perpetua real, sin posibilidad de salida: lo que en Italia se conoce como “perpetua ostativa”.

Gallo explicó que este enfoque prioriza la utilidad procesal de la colaboración por sobre la transformación del individuo, lo que plantea tensiones con el régimen constitucional italiano. En primer lugar, sostuvo que esta figura es irreconciliable con el principio de resocialización del condenado, al negar de plano cualquier posibilidad de recuperación y reintegración. Esta situación implica una suspensión de facto de derechos fundamentales, al condenar a una persona a pasar toda su vida en prisión, lo que puede representar un trato deshumanizador.

Además, señaló que la pena perpetua ostativa entra en contradicción con normas clave del ordenamiento jurídico italiano, como el artículo 25 de la Constitución, que establece el principio de legalidad penal. También ha sido objeto de escrutinio por parte del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, especialmente en lo relativo a su compatibilidad con la Convención Europea, que prohíbe las penas inhumanas o degradantes y garantiza el derecho a la esperanza para las personas privadas de libertad.

Durante su exposición, Gallo trajo a colación diversos casos jurisprudenciales relevantes, en los que se discutieron las implicancias de este régimen y se intentó revertir algunas de sus irregularidades. Con este recorrido, avanzó en el desarrollo de una mirada crítica sobre el estado actual del derecho penal italiano y su relación con los estándares internacionales de derechos humanos. La actividad concluyó con un conversatorio abierto y un espacio de preguntas, en el que se profundizó el debate sobre los límites constitucionales y éticos de las penas privativas de libertad en contextos democráticos.