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Resumen
Reflexionar sobre el derecho constitucional es (re)pensar necesariamente constitucionalismo y democracia. La democracia entendida como gobierno soberano del pueblo encierra en sí una tensión frente al constitucionalismo comprendido como primacía de la ley, de la Constitución. Por esto, es importante observar que la relación entre constitucionalismo y democracia remite a otra que está en su base, cual sea, soberanía y poder constituyente. Si por un lado el poder constituyente se manifiesta como poder absoluto, inmanente, fuente primaria de la organización del Derecho, por otro, crea las reglas que irán a limitar este mismo poder omnipotente. Así, el constitucionalismo se muestra como limitador de la fuerza expansiva de la soberanía popular encerrada en la democracia. La Constitución sólo adquiere un sentido perene si se sitúa en un ambiente democrático y la democracia sólo si está protegida y albergada por la Constitución. |