Becarios DeCyT 2013-2014

Becaria: María Victoria Bruno

Director: Lucas Barreiros

Título del proyecto: “El Derecho Constitucional de las Relaciones Exteriores”

Resumen:

Nuestra Constitución nacional regula diversos aspectos vinculados con las relaciones exteriores de la República Argentina, distribuyendo competencias sobre la materia entre los distintos poderes del Estado. Asimismo, la Constitución regula algunos aspectos de las condiciones bajo las cuales se considera que la norma internacional integra el ordenamiento jurídico interno vigente en la República Argentina. Las normas constitucionales han sido puestas en práctica por diversos órganos del gobierno federal y los gobiernos provinciales, desarrollándose una serie de doctrinas que complementan o contradicen los preceptos constitucionales.

Los objetivos específicos de la investigación propuesta se vinculan con el análisis del rol que debe desempeñar el Poder Judicial en materia de relaciones exteriores y la medida en que sus decisiones deben verse condicionadas por consideraciones de política exterior. En particular, nos proponemos analizar la deferencia que el Poder Judicial debe reconocer a las preferencias de política exterior manifestadas por el Poder Ejecutivo o la medida en que el Poder Judicial debe adoptar decisiones que busquen evitar la responsabilidad internacional del Estado argentino. El primero de estos aspectos puede pensarse, a modo de ejemplo, a la luz del caso Apablaza, mientras que el segundo se expresa en los diferentes criterios manifestados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en sus sentencias en los casos “Martin y Cia. Ltda. c/AGP” y “Ekmekdjian c. Sofovich”.

Asimismo, nos proponemos analizar los mecanismos de implementación por el Poder Judicial de las decisiones adoptadas por tribunales internacionales u otros mecanismos de supervisión del cumplimiento de obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, tanto en función del ordenamiento jurídico vigente como a la luz de la denominada “objeción contra-mayoritaria”, abordando los interrogantes generados por la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su sentencia en el “Caso Gelman vs. Uruguay” y en el caso “Bueno Alves vs. Argentina” tal como fuera receptado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en su sentencia del año 2011 en la causa “Derecho, René Jesús s/ incidente de prescripción de la acción penal”.

La investigación que se propone parte de la hipótesis de que la legitimidad democrática debe ser una característica esencial de todos los actos de gobierno y en particular de las normas que regulan la conducta de los habitantes del Estado.

En este contexto, el objetivo general del proyecto es la elaboración de un marco teórico que, con fundamento en la exigencia de legitimidad democrática, permita pensar críticamente acerca de la distribución de competencias prevista por la Constitución Nacional en materia de relaciones exteriores - así como de las prácticas que en la materia se han desarrollado - y de las condiciones bajo las cuales se considera que las normas internacionales integran el ordenamiento jurídico interno y que por lo tanto regulan de manera directa la vida de sus habitantes.

Ante esta situación nos proponemos resolver varias preguntas: ¿Existen disposiciones constitucionales sobre la materia? ¿Cómo concibe históricamente el Poder Judicial su rol en materia de relaciones exteriores y de cortesía internacional? ¿El Poder Judicial debe tener deferencia ante preocupaciones del Poder Ejecutivo en materia de relaciones exteriores? En caso de que la respuesta sea afirmativa, ¿cuál es el nivel de deferencia que debería tener? ¿Cuál es el rol del Poder Judicial en la incorporación de las normas internacionales – y, en especial, aquellas de carácter consuetudinario - al ordenamiento jurídico interno?

En cuanto a la metodología, ésta será una investigación predominantemente de tipo documental. La investigación propuesta es exploratoria y el enfoque metodológico a utilizar será cualitativo. El universo de análisis del proyecto estará constituido tanto por las normas jurídicas aplicables a la regulación de las relaciones exteriores de la República Argentina, como por la práctica de los diferentes órganos del Estado Nacional y las Provincias con competencia en materia de relaciones exteriores en la medida en que interpretan, aplican, ejecutan, exceden o contrarían dichas normas. Asimismo, se realizará un análisis en derecho constitucional comparado para determinar si alguna de ellas prevé estas situaciones y si fuere así, como las resuelve. Por último, también se incluirá dentro del universo de análisis la producción académica sobre la materia, en la medida en que contribuyen a desarrollar o analizar tanto las normas jurídicas que regulan la cuestión como la práctica de los órganos del gobierno.