Datos útiles para la inscripción al 2° cuatrimestre de 2015

Estimados Estudiantes:

En esta ocasión les acercamos por esta vía las fechas de inscripción al Segundo Cuatrimestre de 2015 y datos útiles que les van a servir al momento de inscribirse.

Materias por cuatrimestre

  • El máximo de materias a cursar por cuatrimestre es 4 (o 16 puntos). No se pueden cursar simultáneamente más de 4 materias (u 8 puntos) por bimestre. Res. (CD) 3481/15
  • Las materias anuales cuentan como 2 cuatrimestrales. Una en cada cuatrimestre.
  • Solamente se puede inscribir a un máximo de dos materias de tres horas continuas de cursada por cuatrimestre. Res. (CD) 4825/08
  • Tanto el Práctico como Lecto-comprensión de idioma extranjero no ocupan cupo para el máximo de 4 materias cuatrimestrales. Es decir, por ejemplo, se puede cursar el Práctico, Idioma y 4 materias más o su equivalente en puntos.
  • A partir de este cuatrimestre la inscripción a la cuarta materia se puede realizar de la primera inscripción. Tienen prioridad para la asignación de la misma los alumnos que no se hayan ausentado o renunciado a materias en el cuatrimestre anterior. Res. (CD) 3481/15
  • A partir de este cuatrimestre existen dos nuevos Prácticos: uno de 18 a 20 que se cursa exclusivamente en la Facultad y otro de 8 a 10 en San Martín. Esto lo vas a poder ver reflejado en la oferta.
  • Es esencial que guardes siempre todas tus constancias, tanto de solicitud de materias como de asignación.
  • Se deben revisar los resultados de las inscripciones en todas las fechas de publicación.
  • No se pueden cursar dos materias con idéntico código de área. Los códigos se pueden ver acá

Correlatividades (Res. (CD) 4657/07)

  • Para comenzar a cursar alguna de las 5 obligatorias del CPO (Sociedades Civiles y Comerciales, Finanzas Públicas y Derecho Tributario, Familia Y Sucesiones, Derecho Internacional Público y Derecho Internacional Privado) debés tener aprobadas como mínimo 10 materias del CPC y las correlativas especificas.
  • Con 11 materias aprobadas del CPC rompés correlatividades dentro del CPC (no se rompe correlatividades con las 5 obligatorias del CPO).
  • Para comenzar a cursar puntos del CPO de los Departamentos de Filosofía, Ciencias Sociales y Procesal (salvo el Práctico) necesitás tener 12 materias aprobadas del CPC. Para el resto de los Departamentos precisás además tener las correlativas necesarias. Podés verlas acá.
  • Para cursar Lecto-comprensión de Idioma extranjero necesitás tener aprobado todo el CPC y 3 de las 5 obligatorias del CPO. Asimismo, para solicitar la eximición de Idioma debés estar en idéntica situación.
  • Para cursar Derecho de la Integración necesitás tener aprobado todo el CPC y las 5 obligatorias del CPO.

Condicionales

  • Las inscripciones condicionales solamente pueden ser solicitadas en 2º y 3º inscripción. Res. (CD) 4826/08.
  • Las inscripciones condicionales solamente se admiten para las materias del C.PC y obligatorias de C.P.O si se tiene final pendiente de la materia cursada de forma regular. Res. (CD) 4826/08
  • No existe inscripción condicional a los cursos de invierno/verano.
  • Para solicitar el Práctico como condicional debés:
    • tener aprobadas todas las materias del CPC Y las obligatorias del CPO y al menos 16 puntos, Res. CD 1000/03 o
    • tener aprobado el CPC Y 4 de las 5 obligatorias del CPO Y 20 puntos aprobados-
    • En ambos casos el requisito adeudado deberá ser aprobado al 1 de abril si la inscripción se efectuó en el 1er cuatrimestre o al 1 de septiembre si fue solicitada para el 2do cuatrimestre. Res(CD) 2063/13
  • Las inscripciones condicionales siempre figuran en sistema como OBSERVADAS y debés acercarte a Asuntos Estudiantiles únicamente en las fechas de resultados y reclamos para confirmar que se haya efectuado la inscripción condicional.

Eximición

  • Para solicitar la eximición de Lecto-comprensión de Idioma Extranjero necesitás estar en condiciones de cursar la materia (tener aprobado todo el CPC y 3 de las 5 obligatorias del CPO) y haber aprobado el examen internacional en los 5 años previos a la presentación de la solicitud. Podés ver la resolución que determina cuáles exámenes internacionales son válidos acá: Res. (CD) 1211/11.
  • Para solicitar la eximición del Práctico debés estar en condiciones de poder cursarlo (CPC completo, las 5 obligatorias del CPO y 20 puntos) y ser empleado del Poder Judicial o del Ministerio Publico, desempeñando un cargo en Tribunales, Asesorías, Defensorías o Fiscalías, con antigüedad en la designación mínima de 3 años. Si cumplís con el requisito de haber trabajado 3 años pero ya no sos empleado, contás igualmente con la posibilidad de pedir la eximición si realizaste tareas hasta 1 año antes de requerirla.
  • En estos links podés ver las tres resoluciones que tratan esta temática: Res. (CD) 942/90, Res. (CD) 339/94, y Res. (CD) 10167/98.

Finales Pendientes

  • Los finales pendientes se rinden en las mismas fechas de libres de marzo/agosto. Aunque siempre se deben revisar las carteleras para confirmar el horario y aula ya que la misma puede no coincidir con los fijados para libres que es lo que figura en la página web de la Facultad.

Renuncias y recursadas

  • Al finalizar la cursada, si tu intención es no rendir el final, comunicaselo al docente, para que te deje ausente y no con final pendiente, en el caso de las materias del CPC u obligatorias del CPO. Esto permite que te puedas volver a inscribir el cuatrimestre que viene en la misma materia. Aunque vas a perder criterio de asignación, solo si hay cupo se te va a asignar. La pérdida de criterio de asignación se aplica al cuatrimestre inmediato posterior y en el caso de las renuncias a las materias de verano/invierno también sobre las materias abandonadas o renunciadas sin importar que exista cambio de cátedra. Res. (CD) 10670/98 Res.(CD) 10.670/98
  • Las materias anuales (Penal y Contratos) se pueden renunciar en el 2º llamado del 2º cuatrimestre, otorgando la posibilidad de volver a inscribirte en tal ocasión. Esto evita tener que esperar un año para volver a cursarlas. Res. (CD) 4827/08

Invierno/Verano Res. (CD) 1867/04 - Res. (CD) 8282/97

  • No existe inscripción condicional a los cursos de invierno/verano.
  • Si te anotaste a una materia libre en junio y no la rendís, no podés anotarte para la misma materia en invierno. Idéntica situación es entre Libres de Diciembre y Verano.