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Año XVIII - Edición 324 22 de agosto de 2019

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VII Congreso de Derecho de Ejecución Penal

  • Nota de Tapa

Los días 8 y 9 de agosto se desarrolló el VII Congreso de Derecho de Ejecución Penal, organizado por el Centro de Estudios de Ejecución Penal (CEEP).

En el Aula Magna, el 8 de agosto tuvo lugar la apertura institucional del encuentro. En primer lugar, el vicedecano de la Facultad, Marcelo Gebhardt, ofreció unas palabras de bienvenida y destacó la importancia del evento en tanto aborda una temática acuciante para la sociedad: “No podemos como Facultad, como Universidad, inmiscuirnos en políticas estatales pero si estudiar, como viene haciendo este tipo de jornadas, desde el punto de vista legal y ver cómo podemos poner a disposición de los políticos que les tocará resolver la cuestiones y de los jueces que aplican las penas y los temas de ejecución penal, herramientas, analizarlas, discutirlas, como digo desde un enfoque académico, pretendidamente científico”.

Seguidamente, Leonardo Pitlevnik, director académico del CEEP, celebró el hecho de que “una universidad pública siga teniendo este espacio de reflexión y de debate y cuestionamiento a cuestiones que son tan sensibles y tan difíciles de resolver como es la prisión, como son las prisiones en Argentina, como es estar hoy en una comisaría del conurbano bonaerense o en una unidad penitenciaria alejada, en algún puesto de Gendarmería en alguna otra provincia del país”. Y agregó que “nos generan preguntas muy difíciles: cómo es que llegamos a donde llegamos y a veces hasta por qué hacemos lo que hacemos”.

En relación con el congreso, sostuvo que “poco a poco fue incorporando diferentes miradas, una de las características centrales que siempre quisimos darle, que es una especie de cruce horizontal de perspectiva que no fuese solo una perspectiva”. Luego señaló que existe una división entre las mismas porque “en la facultad de derecho estudian las leyes de ejecución y en las facultades de sociología, ciencias sociales o antropología estudian lo que pasa efectivamente en las cárceles”.

A continuación, Pitlevnik hizo un recorrido por las ediciones anteriores del congreso y realizó una breve reflexión a partir de lo que significa la prisión: “La Constitución dice que las cárceles son para seguridad y no para castigo. (…) La idea inicial de que sea de seguridad y no de castigo tiene que ver con la cárcel como coerción para cumplimiento de la pena”. Y añadió que “hay una discusión vieja sobre interpretación histórica o dinámica de seguridad y castigo”. En esa misma línea argumental, indicó que “se instaló como interpretación de esa norma la premisa de que la cárcel es para reinserción y esta idea a su vez se convirtió en el paradigma normativo de nuestro país. Asimismo, aseveró que los conceptos de reinserción y readaptación surgen de la lectura del artículo 18 de la Constitución, están incorporados por las convenciones y aparecen en las leyes penitenciarias tanto federal como provincial. Por otro lado, especificó que en nuestro país existen varios inconvenientes vinculados con el cumplimiento de la pena, uno de ellos está asociado a cómo se articulan la ley federal y la ley nacional ante situaciones que pueden ser reguladas de manera distinta, por ejemplo, en el tema del régimen progresivo de la pena. Sin embargo, planteó que en la actualidad el problema central es el hacinamiento: “No es porque no haya otro. La situación en algunas de las jurisdicciones de nuestro país es francamente calamitosa, el colapso es incluso definido por los mismos poderes públicos. (…) Si yo tengo delitos cada vez más graves y con restricciones de salida cada vez mayores, lo que tengo es cada vez más detenidos”.

Seguidamente, analizó cómo opera el Poder Judicial frente a estos problemas y sostuvo que “existe una degradación del poder performativo de la palabra de los jueces que es lo que asienta, en mi opinión (a lo mejor porque soy juez y me siento tocado por esto) la posibilidad de poner fin a un daño legítimo en un Estado de derecho”. El hacinamiento conlleva deficiencias de alimentación, aire, traslado dentro de la unidad, visitas. Si bien no parece ser una realidad del sistema carcelario argentino, en otros países de la región, existe como problema el autogobierno de las personas detenidas ante la imposibilidad del Estado de gestionar el orden dentro de las unidades penitenciarias: “Si las cárceles siguen entrando al nivel de colapso que están ingresando tenemos el riesgo de parecernos cada vez más a nuestros hermanos que no quieren seguir siendo como son”, concluyó.

Para finalizar, señaló que “sabemos que no queremos presos sin condena pero estamos empezando a comprobar que esta injusticia se puede terminar con procedimientos acusatorios flagrantes, directísimos y exprés pero eso no modifica las condiciones de la detención”.

Durante las jornadas se abordaron las siguientes temáticas: “Sistemas comparados en América Latina”, “Justicia Restaurativa y víctimas en la ejecución de la pena”, “Mujeres en prisión”, “Aislamiento y formas de sanción”, “Pensar la prisión, investigación y alternativas de intervención”, “Limites punitivos en el régimen penal juvenil”, “Políticas penales en las sociedades contemporáneas”, “El Cusam en el Congreso Derecho de Ejecución Penal”, “Cárcel y disidencia política, del plan Conintes al pabellón VII”, “Jurisprudencia de tribunales superiores” y “Estadísticas y registro de detenidos en la Argentina”. En el marco del congreso tuvo lugar el concurso de ponencias para estudiantes y jóvenes profesionales.