¡Seguinos!

Año XI - Edición 190 12 de abril de 2012

Buscar

Seminario "Políticas Locales de Seguridad y Justicia"

  • Nota de Tapa

El 26 de marzo se llevó a cabo en el Salón Rojo un seminario orientado al análisis de las políticas locales de seguridad y justicia. La actividad fue organizada por el Programa de Políticas Públicas de Seguridad Ciudadana de la Universidad de Buenos Aires, con apoyo de la Asociación para Políticas Públicas (APP) y Fundación Avina, la cual permitió a los presentes contar con traducción simultánea.

Dentro de los participantes se destacaron expertos en políticas de seguridad y justicia de la Universidad de Sheffield Hallam, académicos locales, funcionarios y miembros del Poder Judicial y de la sociedad civil.

La participación y visita de representantes de la Universidad de Sheffield Hallam se ha dado en el marco de un acuerdo de intercambio y trabajo conjunto entre ambas universidades -Buenos Aires y Sheffield Hallam- impulsado desde el Programa de Políticas Públicas de Seguridad Ciudadana, presidido por León Carlos Arslanian, quien ha sido Profesor Adjunto de Derecho Penal en esta Facultad entre 1974 y 1999, además de Ministro de Justicia de la Nación (1991/92), Ministro de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires (1998/99), Ministro de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires (2004/2007) y uno de los principales impulsores de la reforma policial en la Provincia de Buenos Aires entre los años 1998 y 2004. Fue el propio Arslanian el encargado de dar comienzo al seminario en cuestión. Ante todo, aclaró que “este seminario se inscribe en una tendencia muy profunda de revisión de los sistemas o métodos tradicionales con que se viene administrando el conflicto penal en nuestra sociedad”. Además, divisó grandes señales de profundos cambios en la actual matriz en materia de conflicto penal. Por tal razón, pierde progresivamente sustento la concepción de que es el Estado quien se apropia de la víctima, remplazando a ella y decidiendo por ella.

“El objetivo de tomar para sí la administración del conflicto penal, reemplazar a la víctima, tiene una finalidad disciplinadora y esto también influyó en la construcción de modelos policiales de naturaleza vertical”, explicó. Seguidamente, agregó que en esta nueva matriz se intenta habilitar o rehabilitar a la víctima por un lado y, a su vez, “dar una suerte de re-personalización al que delinque”. Dentro de los aires de cambio se encuentran las mediaciones penales, las cuales ya han sido instauradas, por ejemplo, por nuestros hermanos brasileros. Esta modalidad podría resultar en ciertas ocasiones más beneficiosa para la víctima, debido a que obtiene “la restitución del bien, la vuelta al statu quo ante, la reparación, es decir, obtiene más que venganza”.

Arslanian sostuvo que con la reparación del daño el responsable penal podrá beneficiarse de una reivindicación de naturaleza social. Por otro lado, se refirió al principio de oportunidad como un valioso elemento que se introduce en la legislación a fin de limitar el alcance del principio de legalidad, en su rigidez y en su dureza. Sumado a ello, se confesó partidario de terminar con aquellos procesos inquisitivos donde el juez se apropia de la acción y desplaza hasta al mismo fiscal interviniente. En los nuevos tiempos se consolidan los procesos de descentralización en los cuales prevalece la óptica acusatoria, es decir, el robustecimiento de la figura del fiscal y un mayor control a cargo de las partes.

“Esta nueva forma de organización de los procesos tiene como correlato también que se introduzca esto que llamamos el ‘principio de oportunidad’, que se le conceda a la víctima ciertas facultades de decidir si esa acción penal en contra de su victimario debe seguir o, si en cambio, la víctima ya está conforme y la puede parar”, definió. Opinó que el instituto de la probation, que sí se halla en nuestro derecho, se encuadra en esta lógica “permitiendo que, para ciertos delitos que superen un pena de tres años de prisión, se pueda suspender el proceso, poner a prueba a la persona y allí, con una serie de reglas que debe cumplir, verificar si tiene la voluntad de no volver a infringir la ley penal”.

Posteriormente, dio inicio al primer panel encargado de reflexionar sobre lo que se ha dado en conocer por Justicia Restaurativa y Comunitaria. Para el caso Pedro David, Presidente de la Cámara Federal de Casación Penal de la República Argentina, y Kerry Clamp, Senior Lecturer de la Universidad de Sheffield Hallam, participaron en su calidad de expositores, en tanto que Craig Paterson, Senior Lecturer de la Universidad de Sheffield Hallam, más tarde realizó algunos comentarios adicionales en base a las intervenciones de David y Camp.

El segundo panel se orientó al análisis de las políticas de seguridad comunitarias y locales. Sital Dhillon, Director del Departamento de Criminología de la Universidad de Sheffield Hallam, y Martha Arriola, Antropóloga y Psicóloga Social. A ello se le sumaron los comentarios adicionales de Gustavo Palmieri, al frente de la Secretaría de Coordinación Planeamiento y Formación del Ministerio de Seguridad de la Nación.

El último de los paneles estuvo dedicado al tratamiento de las nuevas tecnologías en las políticas de seguridad locales, tomando como punto de partida las controversias, alcances y limitaciones en utilización de los circuitos cerrados de televisión (CCTV). Expusieron Craig Paterson y Eduardo Jorge Martino, por la Superintendencia de Comunicaciones y Servicios Técnicos de la Policía Metropolitana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Hacia el final, Diego M. Fleitas Ortiz de Rozas, Presidente de la Asociación para Políticas Públicas (APP) fue a quien se le confió la posibilidad de dar formalmente por concluido el seminario.

“Este seminario se inscribe en una tendencia muy profunda de revisión de los sistemas o métodos tradicionales con que se viene administrando el conflicto penal en nuestra sociedad”, enfatizó León Carlos Arslanian.