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Año XI - Edición 206 27 de diciembre de 2012

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Programa “Género y Derecho”
La autonomía personal de las mujeres

  • Nota de Tapa

En el marco del programa “Género y Derecho”, el último 6 de diciembre se realizó en la Sala Vélez Sarsfield una exposición a cargo de la profesora Silvina Álvarez Medina sobre la autonomía personal de las mujeres. De la organización del evento también participó la cátedra de Derecho Constitucional del profesor Roberto Gargarella.

La profesora Paola Bergallo, docente de la Maestría de Derecho Internacional de los Derechos Humanos, detalló los antecedentes académicos de la expositora. En ese sentido, indicó que Álvarez Medina es en la actualidad Profesora Titular de Filosofía del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Con anterioridad ha sido profesora Ramón y Cajal en la UAM, profesora visitante en el European University Institute de Florencia, así como en la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona y en la Universidad de Oxford. Asimismo, ha trabajado sobre diversas cuestiones de filosofía moral y política -autonomía personal, comunitarismo, pluralismo-, así como sobre teoría feminista (Derechos Humanos de las mujeres, representación política, diferencia y multiculturalismo). En el presente se encuentra trabajando sobre conflictos de Derechos Humanos en contextos multiculturales, con especial referencia al ámbito europeo.

Posteriormente, la profesora Silvina Álvarez Medina comentó que desde hace varios años ha dedicado una cuota de sus estudios al comunitarismo, especialmente las críticas que este le hace al liberalismo en torno al concepto de autonomía. Pero el comunitarismo como una posición extrema es de las pocas corrientes de pensamiento que no adhieren al concepto de autonomía. El origen de dicho concepto puede ser encontrado en el liberalismo, más concretamente en el liberalismo kantiano, aunque se trata de un concepto que ha sufrido a lo largo del tiempo diferentes cambios, muchos de ellos enriquecedores.

Para Álvarez Medina la teoría feminista ha efectuado valiosas contribuciones a la conceptualización de autonomía. “Dentro de la teoría feminista, como dentro de cualquier corriente teórica, siempre hay divergencias y siempre hay distintas líneas, con respecto a la autonomía personal hay distintas posturas”, aclaró. Algunas de ellas observan a la autonomía personal como la consagración del individualismo liberal, el cual intenta enarbolar caracteres que son eminentemente masculinos. Otras, en cambio, han considerado que el concepto de autonomía personal bien podría contar con un potencial para las reivindicaciones feministas y para la propia teoría feminista. “Un potencial para el cambio, un potencial para la acción, un potencial para la propuesta y es por esto que muchas teorías dentro de la teoría feminista han rescatado el concepto de autonomía”, añadió.

Según la oradora, la autonomía personal es de relevancia debido a que está íntimamente vinculada con otros tantos valores. Se trata de un concepto central, de gran utilidad para la reformulación de muchas otras cuestiones. “Necesitamos un concepto que sea funcional, un concepto que nos permite construir teorías y que nos permite desarrollar ideas”, subrayó. Es por esto mismo que la autonomía kantiana fuertemente anclada en la racionalidad ya no es suficiente, debido principalmente a su incompletitud: no responde a ciertos parámetros descriptivos, los sujetos no son sólo sujetos racionales, y tampoco es de utilidad prescriptiva porque en muchos ámbitos en los que necesitamos predicar autonomía se requiere de un concepto normativamente más rico. Resaltó que “si queremos avanzar sobre una definición de la autonomía que no sea esa autonomía clásica racional, sino que sea una definición que tenga en cuenta el contexto en el cual las personas se mueven y ejercen esta capacidad que tienen, tenemos que incorporar la condición de las opciones”. Esto último implica considerar que el sujeto autónomo no solamente es un sujeto racional e independiente, sino también se trata de un sujeto que para tomar decisiones debe tener frente a sí una variedad de opciones. Si las opciones son triviales, si no comprometen aspectos relevantes de la vida de las personas, entonces no se tratará de verdaderas opciones, ya que para el caso son necesarias las opciones significativas o relevantes. De hecho, no se trataría de opciones significativas o relevantes cuando un ciudadano para informarse debe optar entre la compra de uno de los dos periódicos que se distribuyen en su pueblo: el primero orientado exclusivamente a los aspectos meteorológicos y el segundo orientado exclusivamente al estado de las carreteras. “Meternos a analizar cuál es el contenido de las opciones parece que es una condición necesaria si queremos enriquecer ese concepto de autonomía, teniendo en cuenta el contexto, es decir, los cursos de acción que las personas tienen ante sí, para evaluar si realmente tienen una opción genuina o no de autonomía”, reflexionó la oradora invitada.

A su vez, Álvarez Medina enseñó que estas opciones cuentan con una faz subjetiva o interna que merece ser estudiada. Las opciones sólo se configuran como tales en la medida en que los individuos son capaces de percibirlas como tales. Aquí la expositora sostuvo que las opciones no sólo tienen que ser cursos de acción que la sociedad nos presenta o que el contexto en el que actuamos nos presenta, sino que el sujeto debe ser capaz de percibir estos cursos de acción como opciones para ella. “Si no tenemos en cuenta ese contexto y ese marco de relaciones difícilmente podamos entender el tipo de ordenación de preferencias que están haciendo las personas, y el tipo de decisiones a las que llegan”, señaló.

“Dentro de la teoría feminista, como dentro de cualquier corriente teórica, siempre hay divergencias y siempre hay distintas líneas, con respecto a la autonomía personal hay distintas posturas”, indicó la profesora Silvina Álvarez Medina.