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Año VII - Edición 136 11 de diciembre de 2008

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Primera Jornada Intercátedras de Derecho Administrativo

  • Nota de Tapa

EL EVENTO FUE LA OCASIÓN PARA QUE LOS MÁS DESTACADOS INTEGRANTES DE LAS DIFERENTES CÁTEDRAS DE DERECHO ADMINISTRATIVO DISERTARAN ACERCA DE LOS DESAFÍOS ACTUALES Y FUTUROS QUE SE LE PRESENTAN A ESTA DISCIPLINA JURÍDICA.

El 21 de noviembre se realizó en el Salón Verde de la Facultad la Primera Jornada Intercátedras de Derecho Administrativo; evento que contó con la Dirección Académica de los Profesores de Derecho Administrativo, Dres. Carlos F. Balbín, Fernando García Pullés, Tomás Hutchinson, Ernesto A. Marcer y Guido S. Tawil.

En el acto de apertura, el Dr. Guido S. Tawil expresó la satisfacción que imprimió la jornada, ya que habría importado la presentación pública de cuatro nuevas cátedras de Derecho Administrativo y, además, acreditado su trabajo conjunto en condiciones excepcionales para el desarrollo de la actividad docente académica e institucional. Asimismo, subrayó la tristeza que involucra la despedida de los compañeros docentes retirados en el acto. “Creemos que las cátedras deben tener un rol institucional más activo, desde un perfil técnico, en colaboración con los distintos poderes de Estado y los estamentos de la sociedad, en todo aquello que tienda al perfeccionamiento de los instrumentos legales y donde nuestra disciplina tenga injerencia”, sostuvo.

A continuación, tuvo lugar la primera sesión titulada “El Derecho Administrativo al servicio de la República”, cuyos expositores fueron los Dres. Héctor A. Mairal y Fernando García Pullés, y cuyo panel estuvo compuesto por los Dres. Pablo Gallegos Fedriani, José Augusto Lapierre, Ismael Mata y José Luis Said, quien, además, coordinó el segmento.

Al hacer una mirada retrospectiva del derecho administrativo argentino de los últimos treinta años, el Dr. Héctor A. Mairal reconoció que deja sensaciones encontradas ya que, por un lado, observó avances en lo que respecta a la protección de derechos e intereses colectivos pero, en contraposición, advirtió un retroceso en la defensa de los derechos subjetivos, más precisamente en el derecho de propiedad. Tras describir el desmanejo de la economía por parte del Estado, que lo obligaría reiteradamente a sacrificar derechos económicos individuales y recurrir con regularidad a las declaraciones de emergencia, afirmó que la respuesta del Poder Judicial es pobre, en tanto el elocuente silencio de los tribunales ante normas públicamente cuestionadas, termina en la práctica por tolerar las violaciones constitucionales, hasta que el problema pierde importancia práctica o hasta que la consolidación de situaciones impide a los jueces condenar al Estado ante la perspectiva de causarle cuantiosas responsabilidades.

Asimismo, opinó que “las actuales generaciones de políticos no valoran el efecto de largo plazo del sacrificio de intereses momentáneos en aras de la previsibilidad, la seguridad jurídica y, en definitiva, el respeto de las instituciones, que puede fundarse en un Estado moderno y económicamente desarrollado”.

Hacia el final de su ponencia, propuso una serie de remedios a la situación descripta, entre los que se destacaron: la reorganización de la asesoría jurídica del Estado; la derogación del requisito de agotamiento de la vía administrativa; la inoponibilidad del plazo de caducidad ante la presencia de un acto viciado de nulidad absoluta; la admisión amplia de una acción sumarísima declarativa de nulidad de puro derecho de normas y de actos que impida a la administración demorar cuestiones que podrían decidirse con la sola evaluación de la actuación impugnada a la luz de la normativa superior aplicable; la eliminación de la tasa judicial a las acciones que no persiguen sumas de dinero sino solamente la anulación de normas o actos administrativos, y la imposición de costas por su orden cuando el particular ha accionado con argumentos serios aunque en definitiva rechazables. “Pero sobretodo es necesario volver a las fuentes constitucionales y reforzar así la concepción de los tres poderes del Estado y su necesaria división”, finalizó.

Seguidamente, el Dr. Fernando García Pullés señaló dos alternativas en pos de poner el Derecho Administrativo al servicio de la República: la primera se relacionaría con la vocación popular de lograr una República más justa, aseguradora de los beneficios de la verdadera libertad; y la segunda, comprendería la posibilidad de entender y de hacer entender el modo en que se encarnan las instituciones del Derecho Administrativo en el sistema republicano.

En un marco de análisis de expresiones históricas al respecto, remarcó el llamado del poder del Estado a defender y conservar el orden y la paz como la observancia de la Constitución y de las leyes y, en este sentido, la tarea de la acción administrativa orientada a procurar el bien común. Sin embargo, sostuvo que “es evidente que el procedimiento administrativo sea subvertido, que no es más una herramienta de control sino una desviación al acceso jurisdiccional del ciudadano, e incluso un trámite para mejorar la defensa de los actos viciados o humillar la voluntad del súbdito de defender su derecho”.

Por último, enfatizó que el Derecho Administrativo argentino necesita de una legislatura que retome sus competencias, de un cuerpo de abogados que haga de la independencia funcional su estandarte, de un control judicial que no eluda su obligación de realizar el derecho, pero sobretodo requiere asumir el esfuerzo que implicará la tarea de cambiar el actual estado de cosas.

A su turno, se dio comienzo a las exposiciones del panel, en el que el Dr. Pablo Gallegos Fedriani aseveró que, en lugar de la reforma legislativa y la creación de nuevas instituciones, es menester mejorar, por medio de formación académica, el capital humano que se encuentra al servicio de la administración pública. Luego, el Dr. José Augusto Lapierre definió a la cosa juzgada administrativa como una cualidad de los actos administrativos que, reunidos determinados requisitos, tiene una inalterabilidad tal que impide su revocación, sustitución o modificación, de modo que se extiende a los actos regulares como a los irregulares. “Tras la reforma constitucional de 1994, el concepto de ‘bienestar general’ que figura en el Preámbulo, es ampliado de manera tal que las tareas realizadas por el Estado deben aspirar a estar dotadas de calidad, eficiencia y eficacia; lo cual da lugar a un nuevo modelo administrativo que pone su mirada en los destinatarios del sistema”, señaló el Dr. Ismael Mata. Finalmente, el Dr. José Luis Said sostuvo que las tres cuestiones que integraron la exposición (Derecho Administrativo, Servicio y República) refieren a un conflicto común: el poder en función del interés general, y explicó que ambos conceptos pueden deslindarse por medio del despotismo y la feudalización normativa.

La jornada continuó con el desarrollo de la segunda sesión, coordinada por el Dr. Oscar R. Aguilar Valdez. En ella, los Dres. Juan Carlos Cassagne y Guido S. Tawil, en calidad de expositores, y el panel integrado por los Dres. Juan O. Gauna, David A. Halperín, Alberto B. Bianchi y Máximo Fonrouge disertaron sobre “La enseñanza del Derecho Administrativo. ¿Existe un Derecho Administrativo Global?”. Del mismo modo, tuvo lugar la tercera sesión, titulada “Un nuevo enfoque sobre responsabilidad del Estado y proceso contencioso administrativo”, donde los expositores fueron los Dres. Tomás Hutchinson y Carlos Balbín; y el panel estuvo compuesto por los Dres. Susana Vega, Osvaldo Otheguy, Miriam M. Ivanega y José Manuel Ugarte.

La cuarta sesión “Perspectivas actuales del Derecho Administrativo. La vigencia del contrato administrativo y sus diferencias con los contratos privados”, contó con las exposiciones de los Dres. Jorge A. Sáenz y Ernesto A. Marcer. Por su parte, los Dres. Anastasio Hernán Celorrio, María Rosa Cilurzo y Bartolomé Edgardo Frallicciardi formaron parte del panel, coordinado por el Dr. Juan Santiago Pasquier.
Finalmente, el Dr. Atilio A. Alterini dio cierre a la Jornada, acompañado por los Dres. Tomás Hutchinson y Carlos Balbín.