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Año XIII - Edición 240 06 de noviembre de 2014

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Presentación del Tratado de los Derechos Constitucionales

  • Nota de Tapa

El pasado 20 de octubre se llevó a cabo en el Salón Rojo de la Facultad la presentación del Tratado de los Derechos Constitucionales, obra dirigida por Julio César Rivera (h), Sebastián Elias, Lucas S. Grosman y Santiago Legarre, y que contó con la colaboración de alrededor de 100 expertos en derechos constitucionales.

Al inicio de la presentación, la Decana de la Facultad, Mónica Pinto,indicó que el libro demuestra que cuando uno tiene aspiraciones y una visión amplia y generosa es posible que en una misma obra puedan encontrarse posiciones distintas. “La obra reúne una cantidad de autores que se desempeñan en distintas facultades”, remarcó. En este sentido, manifestó que los libros son motivos de satisfacción y expresan ideas de sociedades mejores.

A su turno, el profesor Alejandro Carrió (UBA) destacó que los directores de la obra hayan nucleado en un mismo trabajo personas con posiciones divergentes en cuanto a ciertas áreas del Derecho. “Bastaba ver la nómina de convocados para darnos cuenta que cuando tuvieran que debatir sobre ciertos temas, no los analizarían desde la misma perspectiva”, señaló. En este sentido, advirtió que las posiciones diversas se dan debido a las Universidades en las que enseñan y las visiones que tienen del Derecho. Asimismo, consideró que, por las fuentes que esos trabajos han tomado en cuenta, pareciera que cada uno tiene una importante cuota de razón en lo que sostiene. Así, determinó que cuando la Corte Suprema se lanza a resolver un caso e ingresa a la adjudicación del Derecho Constitucional, no se limita a decir aquello que debe decir para fijar cuál es su interpretación del Derecho Constitucional en juego, sino que además ingresa algunas consideraciones adicionales o esclarecedoras. De esta manera, se interrogó si decir más cosas que las que podrían haberse dicho para resolver el caso no crea una especie de clima de confusión. “La Corte tiene la tendencia a decir cuál sería el mundo ideal para la aplicación de una norma, y después resulta que ese mundo ideal no aparece, de modo que le queda a los operadores del sistema la duda de que hacer”, observó. Para finalizar, advirtió que el libro cumplió con su propósito de convocar a personas que iban a escribir de manera distinta, de modo que los lectores pueden beneficiarse de toda esa diversidad.

Seguidamente, el profesor Fernando Toller (Universidad Austral) afirmó que el tratado es una obra sistemática. “El método institucional es el más difícil, pero es donde se ven mayormente los entrelazamientos entre las cosas”, aseveró. De este modo, reconoció que al Derecho Constitucional le han faltado obras de largo aliento generales que tengan la profundidad de un tratado. “La Constitución es corta y los artículos, de alguna manera, son miles de sentencias de la Corte Suprema que van concretando cosas”, examinó. En cuanto a los 100 autores de la obra, Toller subrayó que tienen muchas afinidades y divergencias, de modo que hay una variedad metodológica y jurídica importante. “Es una obra extraordinaria para buscar temas en específico. Es una obra de consulta impresionante”, aseguró. En lo concerniente a la estructura, describió que tiene tres partes básicas: una referida a la teoría de los derechos sobre interpretación y toma de decisiones, otra referida a los derechos sustanciales y una última sobre derechos adjetivos. Asimismo, determinó que es un tratado con profundidad por la cantidad de citas de derecho nacional y de derecho comparado. “En este tratado no hay ensayos, hay estudios”, recordó. Hacia el final de su ponencia, recalcó que el tratado es una obra de derechos constitucionales y no un tratado de derecho constitucional en general. “Necesitamos saber cuál es el contenido esencial y el ámbito de funcionamiento razonable de los derechos fundamentales de la persona para lograr un mundo mejor”, manifestó. De esta manera, concluyó que la obra hace un esfuerzo para poder volver a centrar la brújula en que lo esencial es la justicia, con posiciones divergentes, pero todos luchando por el bien de la persona y el bien común.

Posteriormente, el profesor Luis D. Crovi expresó que nadie duda sobre la importancia que tiene el estudio de los derechos constitucionales y cómo estos impactan en la propia disciplina y en todas las ramas del Derecho, fundamentalmente en el Derecho Privado. Así, evidenció que no hay mejor ejemplo para demostrar la incorporación de la Constitución al Derecho Privado que a partir de la sanción del nuevo Código Civil y Comercial. “La obra es única en su tipo porque analiza en forma sistemática y crítica la teoría general de los derechos constitucionales, los alcances teóricos y la aplicación práctica de cada uno”, señaló.

Por último, el profesor Julio César Rivera (h) (Universidad de San Andrés) destacó el pluralismo del tratado. “Cuando nos juntamos todas personas que pensamos exactamente lo mismo, después de deliberar, tendemos a asumir posiciones un poco más extremas”, opinó. En este sentido, aseveró que es positivo tratar de incorporar un mayor debate entre las personas que piensan diferente. “La idea que nutre la obra es tratar de incorporar la mayor cantidad de posiciones en el tema de los derechos constitucionales”, comprendió.

Finalmente, acentuó que la idea que animó la obra fue tener la mayor diversidad posible, la cual se observa no solo en puntos de vista, sino también en otro ámbito como, por ejemplo, en la edad. “El equilibro entre personas ya consagradas y personas que están empezando su vida académica es positivo”, concluyó.

“La idea que nutre la obra es tratar de incorporar la mayor cantidad de posiciones en el tema de los derechos constitucionales”, comprendió el profesor Julio César Rivera (h).