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Año VII - Edición 125 19 de junio de 2008

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Presentación del libro “Teoría del Derecho”, del Dr. Renato Rabbi-Baldi Cabanillas

  • Nota de Tapa

El Dr. Renato Rabbi-Baldi Cabanillas, Profesor Adjunto de la asignatura Teoría General y Filosofía del Derecho de nuestra Facultad, presentó el 29 de mayo pasado su obra “Teoría del Derecho”. El acto tuvo lugar en el Salón Verde y contó con la presencia del Decano Dr. Atilio A. Alterini, y de los Dres. Enrique Zuleta Puceiro (Profesor Titular de la asignatura Teoría General y Filosofía del Derecho, Facultad de Derecho, UBA) y Rodolfo L. Vigo (Profesor Titular de Filosofía del Derecho, Universidad del Litoral).

En primer lugar, el Dr. Atilio A. Alterini señaló lo importante que es para la Casa que uno de sus destacados profesores produzca otra “criatura intelectual”. Esto permite que nuestros docentes aparezcan en la vitrina de nuestra Universidad, la cual es cabeza de las universidades al sur del Río Bravo, “no cuantitativa, sino cualitativamente”. Por último, expresó que la obra confirma que el Dr. Rabbi-Baldi Cabanillas es una de las luminarias de nuestra Facultad.

Posteriormente, el Dr. Enrique Zuleta Puceiro indicó que la obra es un reflejo de la maduración del autor y del punto en que se encuentra su carrera intelectual. En tal sentido, sostuvo que se trata de un punto de inflexión en ella y que el libro es una de las obras más interesantes sobre Teoría del Derecho que se haya escrito en mucho tiempo en la Argentina. Asimismo, destacó que Javier Hervada, un profesor de gran importancia en la formación del autor, ejerce una influencia destacadísima en la obra comentada.

Por otra parte, puntualizó que los diversos viajes que el Dr. Rabbi-Baldi Cabanillas realizó durante los últimos años, nutrió la personalidad de “un intelectual argentino abierto a todas las corrientes de pensamiento, siempre inquieto, aunque de una manera tolerante”. Además, Zuleta Puceiro consideró que la obra resume un pensamiento que presenta tres vectores fundamentales: una impronta iusnaturalista -nutrida en Navarra conectada con temas de Derechos Humanos de la bioética-, un método propio del iusnaturalismo clásico y una corriente de hermenéutica filosófica.

Finalmente, opinó que el autor ha producido un balance de su formación durante sus primeros 20 años de vida intelectual, es decir, ha analizado su bagaje, “ha decidido certificarlo y registrarlo”.

A su turno, el Dr. Rodolfo L. Vigo subrayó algunos rasgos “que se advierten en la obra y que terminan de configurar un modo de hacer teoría del Derecho que sustituye esta denominación por la de Filosofía del Derecho”. En primer lugar, resaltó el análisis del hombre como fundamento del Derecho, así como también la permanente y explícita apelación a la razón práctica, la cual se sabe capaz de prescribir y valorar conductas. En segundo lugar, consideró a la obra como un estudio de Teoría del Derecho que transita por los distintos niveles del saber jurídico y cuya nota particular está constituida por su detenimiento en el análisis jurisprudencial. De esta manera, agregó que se materializa la preocupación por confrontar todo el aparato conceptual con sus aplicaciones concretas, lo cual trae aparejada la consideración del Derecho como obra colectiva. En tercer lugar, destacó la preocupación por explicar el Derecho desde el sistema y el esfuerzo vinculado a la hermenéutica por abrir aquel sistema.

Por último, se refirió a la permanente preocupación del autor por abrir el debate “cualidad personal del hombre plenamente recogida en la obra”.

La conclusión del evento estuvo a cargo del autor, quien agradeció las palabras del Decano y de los expositores. Seguidamente, realizó algunas precisiones y comentarios respecto a las críticas y observaciones por estos realizados con el objetivo de contribuir al espiral del diálogo. En tal tesitura, consideró a su obra como un punto de partida del razonamiento, a fin de suscitar nuevos diálogos que puedan generar un enriquecimiento recíproco. Por último, resaltó que “tomándonos dialógicamente en serio al otro podemos llegar a alcanzar los rasgos de indisponibilidad que se dan en concretos momentos históricos y que en definitiva son el Derecho justo que todos los operadores jurídicos, en la medida de sus posibilidades y responsabilidades, están llamados a declarar”.