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Año XVII - Edición 300 19 de abril de 2018

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Presentación del libro Funciones de la Responsabilidad Civil. Prevenir y resarcir, de Juan Martín Alterini

  • Nota de Tapa

El pasado 16 de abril en el Salón Verde se presentó la obra Funciones de la Responsabilidad Civil. Prevenir y resarcir, de Juan Martín Alterini.

La actividad, coordinada por Sebastián Martello, contó con la participación del vicedecano Marcelo Gebhardt, Aída Kemelmajer de Carlucci y el autor de la obra.

Tras una breve presentación por parte del coordinador, tomó la palabra Marcelo Gebhardt. En este marco, destacó que el autor “nos explica en este libro el nuevo rol que el Código Civil y Comercial (CCyC) le ha concedido a la responsabilidad civil en su faz de prevención”. Por otra parte, subrayó: “La Facultad desde hace décadas trabaja fuertemente en apoyar el esfuerzo de los profesores que, como Juan Martín Alterini, llevan a cabo una producción importante y que no descuidan el aspecto central de nuestra universidad que es la investigación”.

A continuación, Aída Kemelmajer de Carlucci explicó que el libro tiene cuatro capítulos. “No solamente habla de la prevención y de resarcir, sino que tiene un último capítulo en donde hablar de la punición, es decir, de la función sancionadora, que era también la tercera función que tenía el Anteproyecto del CCyC y que fue eliminada en su momento”, detalló.
Luego indicó que el primer capítulo es una presentación en general del tema de la responsabilidad y después el autor desarrolla cada una de las tres funciones. “Lo que hace el libro es afrontar los debates más importantes que se han desarrollado en la extensa bibliografía argentina y comparada en términos de la responsabilidad civil”, aseveró Kemelmajer de Carlucci y agregó que el libro no se pone en la pila de todos los libros que hay sobre responsabilidad civil.

Seguidamente, señaló una serie de puntos que han sido objeto de debate del derecho argentino y a los cuales el autor de la obra trata. “En primer lugar, cuando habla del aspecto general de la responsabilidad, Juan Martín recuerda que los libros sagrados de todas religiones enseñan ética y dan lecciones morales a partir del ejemplo de historias de escarmientos ejemplares y se pregunta si la ciencia puede o no darle sentido a esta estrategia, es decir, la responsabilidad como escarmiento”, puntualizó y agregó que “por su puesto la respuesta es negativa”.

Por otra parte, sostuvo: “Todos nosotros tenemos la responsabilidad de mostrarle a la población que la respuesta no siempre debe venir por el derecho penal porque este es la última ratio” porque considera que en la sociedad está la idea que las funciones de resarcir y prevenir que los daños se produzcan se toma como que no tiene importancia.
Además expuso que el autor indica que el fundamento de la función preventiva es el rol protagónico que la persona humana tiene en este CCyC y no ignora el análisis económico del derecho.

A su turno, Juan Martín Alterini manifestó una serie de agradecimientos. Asimismo, contó que una de las dudas que le surgieron durante la investigación que llevó a la obra que se presentó fue: “Por qué nuestros jueces habían podido hasta ahora con un código escrito y aprobado con la iluminación a velas de cera y artesanado el texto a punto de resistir el comercio electrónico”.

En el marco del art. 1710, el autor manifestó que “creo, más allá de mis convicciones, que el CCyC, igual que el Proyecto de 1998, no es una norma selectiva, es una norma directa: le dice al juez ‘usted tiene facultades para’. Necesita de un juez que quiera hacer uso de esas facultades”, y desarrolló que el CCyC: “Es un Código que se fundó en la base de la historia argentina, hubo siete proyectos de código que lo antecedieron y lo que tuvo esa comisión, integrada por Aída Kemelmajer de Carlucci, trabajó denodadamente en mantener todos los años de historia y no en perderlos”.

“Lo que hace el libro es afrontar los debates más importantes que se han desarrollado en la extensa bibliografía argentina y comparada en términos de la responsabilidad civil”, aseveró Aída Kemelmajer de Carlucci”.