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Año XIII - Edición 242 04 de diciembre de 2014

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Jornadas de debate sobre la reforma del Código Procesal Penal

  • Nota de Tapa

El Departamento de Derecho Penal y Criminología llevó a cabo durante los días 25 y 27 de noviembre dos jornadas de debate para analizar los principales aspectos de la reforma del Código Procesal Penal.

Moderado por Francisco Castex, el primer panel versó sobre “Investigación preliminar y sujetos procesales” y comenzó con la disertación de Marcos Salt, quien indicó: “La idea de la reforma de un sistema inquisitivo a un sistema acusatorio y la idea de modernizar el sistema de administración de justicia penal está presente en mi actividad profesional desde nuestros inicios”. Por otra parte, en relación a la víctima, declaró: “Si pretendemos celeridad, pensemos en dotar a la víctima con derechos pero no taponar el sistema diciéndole que le damos un montón de facultades a la víctima”. Respecto a la investigación señaló, entre otras cuestiones, la cantidad de regulaciones que genera el Código para investigaciones preliminares del Ministerio Público. “Las facultades del Ministerio Público de investigar de manera autónoma sin control de la defensa ni de nadie, me parece que también deben ser revisadas”, sostuvo.

Luego, Maximiliano Rusconi entendió que este Anteproyecto cabalga sobre un objetivo que es “un lugar común en nuestros ámbitos académicos” que implica ir hacia un modelo de enjuiciamiento donde la investigación está en cabeza de los fiscales y a los jueces les toca controlar que esa investigación no viole garantías constitucionales. Rusconi mencionó que en el Anteproyecto se incorpora un anexo, sin ningún sustento estadístico, que decide una cantidad de funcionarios y fiscalías, que no solo están desconectados de cualquier trabajo estadístico sino también del modelo procesal. “Por ejemplo, se designa un tipo de fiscalía que, si uno evalúa bien el diseño procesal del nuevo Código, justamente esas fiscalías son las menos necesarias en el nuevo modelo”, identificó. Por otro lado, subrayó que la eficacia investigativa tiene que ver con algo que “no está resuelto en este Código, y no podría estar resuelto en este Código que es la cercanía de los fiscales al caso. Esto debe estar resuelto en una ley orgánica del Ministerio Público”.

A continuación, Mary Beloff se refirió a la manera en que la reforma es planteada. “No recuerdo ocasión en que algún país se haya planteado alguna reforma sólo con el cambio del Código Procesal Penal. En la exposición de motivos, no ha sido explicado cómo es que se propone la reforma sólo con el Código Procesal Penal”, explicó. Asimismo, comentó que el texto del Código tiene normas que, desde el punto de vista de una correcta técnica legislativa, deberían estar incluidas o bien en una ley orgánica de reforma de la justicia penal o en una propuesta doble de ley de Ministerio Público Fiscal y ley de Ministerio Público de la Defensa. Además, consideró importante ponderar en nuestro país la cantidad de funcionarios y empleados públicos que debe haber en esta iniciativa. Por otro lado, expresó que este proyecto no solo no tiene ley orgánica sino que no tiene pensada una ingeniería institucional para hacer posibles las garantías.

A su turno, Fernando Díaz Cantón consideró que en esta reforma hay dos planos de enfoque. Por un lado, una puja de poderes entre la Procuración General y los jueces federales. Al lado de esta puja, está la discusión sobre los contenidos que tiene ver con si las disposiciones son correctas, compatibles con la Constitución, entre otras. “Estas discusiones, algunas son puestas para entretener y otras son genuinas (…) Es muy difícil discutir en los dos planos cuando no tienen nada que ver”, declaró. Así, puntualizó que este cambio que se busca no es un cambio como el de la Provincia de Buenos Aires, no es solamente que los jueces no investiguen. “Este proyecto aspira a una nueva dinámica del proceso totalmente diferente, más cercana al proceso de partes y más cercana a un proceso por audiencias”, agregó.

En el segundo día, la jornada se tituló “Debate, recursos y leyes de implementación”, y el panel fue moderado por Nicolás D'Albora. En este marco, Horacio Dias entendió que el giro más marcado está dado en este Código en la etapa del debate oral. Así, indicó que un elemento central que establece esta legislación es la creación de una oficina judicial, la cual va a organizar todo lo que tiene que ver con la preparación del debate. “La oficina judicial les va a asignar a los tribunales el día en que comienzan los juicios, la prueba que tienen que hacer, y esto es un paso muy importante. Concatenado con eso, se terminan las integraciones fijas. Esta oficina judicial, para cada caso concreto, va a asignar tres jueces”, detalló. Remarcó que esto es positivo, ya que si se van renovando las integraciones, la expectativa de enriquecerse mutuamente está y también está la expectativa de las partes de persuadir al tribunal sobre ciertas cuestiones.

Inmediatamente, Máximo Langer manifestó que apoya las ideas generales del Código, sin embargo, dijo también que tiene menos esperanzas puestas en lo que este Código, y en general las reformas procesales acusatorias, pueda producir. En esta línea argumental, manifestó que su escepticismo proviene, entre otros motivos, del hecho de que enseña en Estados Unidos. “He visto un sistema acusatorio en Estados Unidos, sistema acusatorio que tiene muchísimos problemas. En segundo lugar, mi escepticismo proviene de que a mí me interesa la cuestión empírica cuando hablamos de procesos penales. Si se analizan las reformas procesales penales acusatorios desde un punto de vista empírico, es poco lo que sabemos, y lo que sabemos no me genera muchísimas expectativas”, analizó. Hacia el final, puntualizó: “Mi posición es que el sistema acusatorio puede que contribuya a la mejora de la administración de justicia penal en algunos sentidos, pero solo en muy pocos, y va a ser todavía un trabajo muy inconcluso”.

Por su parte, Alberto Beraldi expresó que es “fundamental”, como universidad pública, evaluar las políticas institucionales. De esta forma, destacó que el proyecto es muy interesante pero que un proyecto no modifica un sistema de enjuiciamiento. “Lamentablemente, y en una manera sorprendente, el Poder Ejecutivo no ha presentado ningún plan de implementación. Cuando hablo de plan de implementación me refiero una ley de organización judicial, a una ley de ministerio público, que permita pensar cómo ese Código se va a poner en la práctica”, cuestionó. En idéntica tesitura, señaló que cuando un proyecto se envía con este tipo de omisiones se genera un peligro grave. Por último, sostuvo: “Estas incertidumbres no es que me llevan a ser pesimista, pero sí creo que debemos tener una luz de alerta”.

A su turno, Gustavo Bruzzone manifestó su beneplácito por el proyecto aunque reconoció que carece de las leyes de implementación. Asimismo, remarcó que de la misma manera que el Código Levene podría haber dado más de sí, si no se hubiese tenido en determinadas posiciones clave para la interpretación de sus normas un conjunto de jueces, que por no reformar su mentalidad y los usos y costumbres siguieron concentrando funciones, “creo que puede ocurrir que este Código funcione mejor, sin perjuicio de todas las dudas, desde el punto de los hombres”.