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Año XIV - Edición 246 23 de abril de 2015

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IX Jornadas de Derecho de la Integración
PARLASUR: elección directa

  • Nota de Tapa

El pasado 15 de abril en el Aula 1 de Extensión Universitaria se llevaron a cabo las IX Jornadas de Derecho de la Integración, la cual tuvo como tema “PARLASUR: elección directa”. El evento fue coordinado por Sofía Tonelli.

Luego de la introducción pronunciada por Calogero Pizzolo, Elena Gómez se refirió al proceso de elección de esta nueva categoría de cargos, creada a partir de la ley 27.120. De esta manera, recordó que es el mismo protocolo constitutivo del MERCOSUR el que estableció que la elección de los parlamentarios se realice por sufragio universal, directo y secreto. “Este mismo protocolo constitutivo sostiene que serán las legislaciones de cada estado parte las que establezcan cómo será el mecanismo de elección de los parlamentarios en cada estado”, explicó. Por otra parte, mencionó que Paraguay y Argentina son los únicos dos estados integrantes del MERCOSUR que cuentan con un sistema de elección de parlamentarios del MERCOSUR. “El resto de los países no. Es más, Uruguay necesita una reforma constitucional para incorporar esta categoría”, declaró Gómez. La expositora prosiguió diciendo que si bien la ley 27.120 establece el sistema de elección de parlamentarios, se debe recordar que con la ley 26.571, que instituyó el sistema de elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias en 2009, se incorporó la categoría de cargos parlamentarios del MERCOSUR para las elecciones primarias, aunque no se estableció el sistema electoral de esta categoría.

Seguidamente, Mario Kalainis remarcó que todo proceso de integración, al margen de su evolución, casi siempre es criticado por la misma arista, el déficit democrático, vinculando este concepto con el grado de participación real que tienen los ciudadanos comunes de los distintos estados parte en el proceso de toma de decisiones y de gestación de las normativas. “En la Unión Europea, crisis mediante las escuelas de derecho y, especialmente, las escuelas que tratan el constitucionalismo multilateral hace años vienen trabajando con temas de ciudadanía y de soberanía y planteando la necesidad de democratizar la Unión Europea”, destacó. Respecto al MERCOSUR, Kalainis afirmó que el único caso que viene a disminuir el déficit democrático es el PARLASUR. “En su tratado constitutivo, en el artículo 1 se expresa que el PARLASUR es el órgano de representación de los pueblos”, aseveró. Recordó que Argentina debe elegir 43 diputados para el PARLASUR. En principio, esto hablaría de un primer paso respecto de achicar este déficit democrático. No obstante, el orador se preguntó si esto es realmente un primer paso o si nos encontramos enmarañados en normativas o falencias de los estados partes. “No hay que hacer mucho esfuerzo para encontrar distintas críticas de diferentes sectores y gobiernos pasándose facturas porque tal o cual normativa o proceso no funciona en el MERCOSUR o está siendo violado sistemáticamente por los estados parte”, consideró.

Por su parte, Mariano Liszczynsky comentó que cuando se realizó el protocolo constitutivo se estableció que el Parlamento del MERCOSUR tenía como finalidad representar a los pueblos del MERCOSUR y que los miembros del Parlamento no están sujetos a mandato imperativo alguno y actuarán con independencia de sus mandantes. “En la legislación paraguaya expresamente se establece que los representantes tanto al Parlamento paraguayo como al Parlamento del MERCOSUR van a representar a los partidos políticos. Son representantes de los partidos por los cuales fueron electos. Entiendo yo que no se estaría cumpliendo con la manda del MERCOSUR para que el pueblo del Paraguay esté representando en sí”, entendió. Además, Liszczynsky se refirió al Tratado de Niza, el cual establece la obligación de los estados parte de la Unión Europea para que cualquier persona que resida en los municipios de un estado distinto al de su nacionalidad pueda ser electo y elegir en las elecciones locales y, a su vez, en lo que concierne al espacio integrado, la obligación de los estados de garantizarle a ese no nacional, ciudadano comunitario, la posibilidad de ser electo y elegir en el país en el que está residiendo. “Esto se hizo en la Unión Europea, desde la normativa comunitaria, y se obligó a los estados a adecuar su legislación interna. En el MERCOSUR hay una idea, una proyección de motivos (…) pero no hubo una directiva desde el espacio integrado. Puede ser que esta sea una de las cuestiones que haya que cambiar a nivel regional”, indicó.

Finalmente, Calogero Pizzolo recordó que en diciembre de este año se cumplen diez años del protocolo constitutivo del PARLASUR. “Lo cierto es que los plazos, las fechas, las etapas que se pactaron para la constitución de un Parlamento regional con base electiva no se cumplieron”, advirtió. Así, resaltó que el propio Parlamento del MERCOSUR, a través de resoluciones, fue extendiendo la etapa transitoria hasta finalmente acordar su cese en el año 2020. De esta modo, entre los logros que se pueden señalar de estos diez años hay dos cuestiones, una referida al ámbito regional, vinculada con el problema de la asimetría poblacional. “Desafío que también debió enfrentar la Unión Europea, pero no con la densidad poblacional de Brasil”, diferenció. A su vez, admitió que se puede criticar cierta sobrerrepresentación de los países pequeños, pero “nos pusimos de acuerdo en el número”. La segunda cuestión, en el ámbito nacional, se vincula con conciliar el federalismo con una representación supranacional. “Los países federales tienen que optar por un sistema mixto, no pueden privar a sus entes subterritoriales de representación en un parlamento regional”, enfatizó. Por esto, Pizzolo celebró el hecho de que se haya seguido este modelo. A continuación, el orador se ocupó de los problemas que surgen en relación con el PARLASUR. “Vamos a hacer una elección por 43 miembros que van a romper la lógica numérica de un Parlamento que está condicionado en una visión regional y nosotros vamos a proponer una visión nacional. Vamos a quebrar un equilibrio que ha logrado porque la elección de los 43 estaba prevista una vez que todos los estados alcanzaran la elección directa”, dijo.

“Lo cierto es que los plazos, las fechas, las etapas que se pactaron para la constitución de un Parlamento regional con base electiva no se cumplieron”, advirtió Calogero Pizzolo.