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Año XVII - Edición 311 18 de octubre de 2018

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IV Jornadas argentino-chilenas de Derecho Internacional Público

  • Nota de Tapa

Durante los días 27 y 28 de septiembre, Salón Verde, se realizaron las IV Jornadas argentino-chilenas de Derecho Internacional Público.

El acto de apertura estuvo en manos del decano Alberto J. Bueres, quien declaró abierta las jornadas y manifestó una serie de agradecimientos, y del decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Pablo Ruiz Tagle, quien manifestó que espera que “establezcamos esta conexión horizontal en todas las áreas del derecho”. Además, remarcó que las jornadas “prueban un modelo eficaz de colaboración académica”.

Seguidamente, se realizó el panel “La codificación y el desarrollo progresivo del Derecho Internacional”, en cuyo marco expusieron Mónica Pinto (UBA), Edmundo Vargas (Universidad de Chile) y Frida Armas (UBA).

En primer lugar, Mónica Pinto planteó el interrogante de por qué hay una Comisión de Derecho Internacional (CDI) en las Naciones Unidas (ONU). En este sentido, sostuvo que se debe a las características del orden jurídico político de la posguerra: “El orden que se instaura para el mundo tiene características que son sustancialmente distintas que las anteriores; es un mundo en el que se prevé que va a haber muchos más Estados, hay un proceso de descolonización previsto y, por otro lado, es un mundo que va a tener muchas más cuestiones para ocuparse que de las que se ocupaba el mundo anterior”. Asimismo, explicó que “ese escenario que se prevé en 1945 es un escenario que hoy sigue pero en ese momento parecía difícil pensar que los Estados podían solucionar sus controversias de acuerdo con métodos previstos por el derecho internacional porque existía un orden fragmentario e incierto respecto de cuáles eran las normas y hasta dónde llegaban”.

Por otra parte, manifestó que la CDI ignora de qué se trata el género y que recién en 2002 formaron parte de ella dos mujeres. Además, puntualizó que “la CDI debería tener más mujeres porque las mujeres somos el 50% del mundo, el 60% de los graduados de las facultades de derecho y porque el mundo académico del derecho internacional tiene una proporción mayor de mujeres que de hombres. Por lo tanto, equidad mediante deberíamos estar ahí”. Hacia el final, concluyó que “la CDI es una marca de calidad, que ha sabido adaptarse a los cambios contextuales y eso está bien. Lo que tiene que hacer es seguir prestando atención a estos cambios”.

Por su parte, Edmundo Vargas comenzó diciendo que “en San Francisco, cuando se discutió la Carta de Naciones Unidas hubo una abrumadora mayoría de Estados que se negaban a darle funciones legislativas a la Asamblea General”. Explicó que en 1947 cuando se forma la CDI comienza con quince miembros, de los cuales cuatro eran de América Latina.

Seguidamente, indicó que una de las primeras tareas que le tocó a la CDI en 1948 fue seleccionar los temas que iba a tratar y esos temas fueron el reconocimiento de Estados y de Gobiernos, la sucesión de Estados y de Gobiernos, la inmunidad jurisdiccional de los Estados y de sus bienes, la jurisdicción respecto a los delitos cometidos fuera del territorio nacional, el régimen de altamar y de las aguas territoriales, el tema del trato a los extranjeros, el derecho al asilo, el derecho a los tratados, las relaciones e inmunidades diplomáticas, la responsabilidad de los Estados y el procedimiento arbitral. Luego detalló que estos temas tuvieron una vigencia de cincuenta años pero que ahora la CDI eliminó dos temas: el del reconocimiento de Estados y de Gobiernos y el derecho de asilo. “Las convenciones de asilo como la de Montevideo y de La Habana fueron convenciones elaboradas en nuestro sistema interamericano, pero no fueron convenciones que tuvieran trascendencia mundial. En Europa siempre se habló del refugio”, desarrolló y agregó que “el tema de los delitos cometidos fuera del territorio nacional fue transformado en el tema de una obligación de juzgar o de extraditar”. Más adelante, explicó que la CDI amplió el tema de la sucesión de los Estados en materia de tratados, en materia de activos y deudas y en materia de nacionalidad.

Finalmente, Frida Armas se refirió a otras instituciones que han asumido la función de codificar y desarrollar progresivamente el Derecho Internacional. La oradora introdujo que la de codificación se produce por la necesidad que tiene la sociedad internacional de alcanzar la seguridad jurídica y porque se aspira a sustituir la costumbre por un derecho escrito. También la codificación es parte del proceso de revisión del derecho.

“La interacción entre la costumbre, el tratado, la codificación y el desarrollo progresivo es lo que alimenta todo el proceso y lo que hace que, hablando de la CDI, también tengamos que decir que hay otras instituciones porque la codificación es esencial al proceso normativo internacional”, especificó. Sin embargo, distinguió: “Si bien la CDI es el principal órgano de codificación y de desarrollo progresivo de la ONU y es el único que tiene competencia general y permanente, no es el único que tiene la función. En este marco, se enfocó en el ámbito de la ONU y la Asamblea General en ejercicio de su mandato según el art. 13 inc. A) pero fuera de la CDI”.

En este marco, recordó que la Asamblea General a través de la Sexta Comisión que trata las cuestiones jurídicas es quien establece el orden de prelación de los temas para codificar, el órgano que va a asumir esa codificación y, en particular, en el establecimiento de los temas que van a la CDI. Es, además, quien interviene en todo el proceso de codificación al transmitir a los Estados miembro y recibir los informes y se refirió a los órganos subsidiarios de composición intergubernamental, como la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional.

Ese mismo día también se llevó adelante el panel “Los informes de la CDI y su influencia en el Derecho Internacional Consuetudinario”. El 28 de septiembre tuvieron lugar los paneles “La tarea de la CDI: las convenciones internacionales concluidas con base en sus proyectos. Éxitos y ¿fracasos?”; “Temas actualmente bajo la consideración de la CDI”; y “Temas susceptibles de ser considerados en el futuro por la CDI”.