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Año XII - Edición 209 25 de abril de 2013

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Interpretación judicial en la UE y el MERCOSUR: reflexiones a 50 años de la sentencia Van Gend & Loos

  • Nota de Tapa

Con la organización de la cátedra de Derecho de la Integración de la Dra. Sandra Negro, el 8 de abril se realizó en el Salón Verde el seminario “Interpretación judicial en la Unión Europea y el MERCOSUR: Reflexiones a 50 años de la sentencia Van Gend & Loos”, en homenaje a la profesora María Fernanda Fernández Vila. Las exposiciones estuvieron a cargo de Jorge Bercholc, Sandra Negro, Lorenza Sebesta, Raphael Carvalho de Vasconcelos y Santiago Deluca.

En primer término la Dra. Sandra Negro recordó a la profesora María Fernanda Fernández Vila y cedió la palabra a la Decana Mónica Pinto, quien mencionó que “honrar la memoria es hacer aquello que esas personas cuya memoria estamos honrando hubieran considerado bueno que se haga”.

Para introducir el tema del seminario,la Dra. Negrocomentó que “esta jornada busca reunir ramas de interpretación a propósito de la sentencia, pero de interpretación vinculado, sobre todo, a lo que ha significado en el ámbito del derecho comunitario”. A continuación, Negro explicó brevemente las circunstancias del caso en cuestión, el cual fue planteado por una sociedad neerlandesa ante los tribunales de Países Bajos y llevado luego por vía de recurso ante el Tribunal de Justicia Comunitario debido a un incremento en el impuesto a las importaciones realizado a nivel nacional, alterando las normas de juego establecidas por el Tratado de Roma.

Acto seguido, la Dra. Lorenza Sebesta, profesora dela Universitá di Bologna en Buenos Aires, centró su exposición en un relato histórico de las circunstancias que rodearon al fallo. De acuerdo con la oradora,la Segunda Revolución Industrial dio como resultado una sociedad con algunos rasgos comunes: el discurso político se polarizó en torno a ciertas dicotomías como Iglesia-Estado, ciudad-campiña y capital-trabajo. “Estos ejes epistemológicos van a conformar el debate político”, explicó Sebesta. Otro rasgo histórico mencionado fue que Europa considera las Guerras Mundiales como guerras civiles para la construcción de los Estados. En este contexto, los puntos cruciales para el desarrollo del Derecho Común Europeo fueron los grandes fracasos que atravesó la comunidad. En primer lugar se encuentran los Estados Nacionales que se habían convertido en nacionalistas y no lograron garantizar la seguridad de sus ciudadanos (objetivo clásico de los Estados) comprometiéndolos no en una actividad del tipo bélica, sino genocida. El otro punto fue el fracaso para garantizar la seguridad económica ya que los Estados no lograban superar la crisis del ’30 y se encerraron en sí mismos empeorando el círculo vicioso de la crisis.

Por otro lado, Sebesta explicó el debate intelectual realizado a lo largo de los años con respecto al concepto de “soberanía”, uno de los principios fundamentales del fallo analizado. Primeramente se vinculó este concepto con el de autoridad, el cual, según Webber, se expresa a través del dominio. Sin embargo, esta definición fue dejada de lado con la consolidación de regímenes totalitarios y autoritarios en Europa en el período de entreguerras. De acuerdo con la expositora, el nuevo concepto en debate se relacionó con “la sustitución a nivel internacional del conjunto de soberanías nacionales con un sistema en el cual están presentes esferas de autoridades que funcionan según el campo al cual se refieren (…) conformando organizaciones internacionales que cuiden, controlen la puesta en marcha de reglas no limitantes de la soberanía del Estado, sino más bien de repartición funcional de competencia”. Para concluir, la disertante indicó que la sentencia Van Gend & Loos “es uno de esos hitos históricos que se pueden definir como milagros o sorpresas”.

A continuación, Jorge Bercholc, doctor en Derecho Político, comentó los aspectos esenciales que deben considerarse en este fallo: los principios de efecto directo y de supremacía del derecho comunitario. En este sentido, el expositor sostuvo que “implican una cesión de soberanía inimaginable en Europa; implican poder invocar el derecho comunitario ante cualquier jurisdicción nacional y también la aplicación obligatoria para todos los tribunales nacionales de la jurisprudencia del Tribunal Europeo y de las normas del Tribunal Europeo”. De acuerdo con Bercholc, el fallo Van Gend & Loos puede ser asimilado al caso Marbury vs. Madison en cuanto en ambos se determina quién es la autoridad última encargada de aplicar la interpretación legal. En el fallo en cuestión, la disputa fue vertical ya que se impuso la supremacía de una agencia supranacional sobre la nacional; y fue también sistémica ya que estableció la supremacía de un sistema normativo sobre otro. El orador sostuvo, además, que el Tribunal Europeo se ha transformado en una especie de dique de contención del proceso de integración a pesar del déficit democrático de las agencias.

Seguidamente, Santiago Deluca, doctor en Derecho y secretario del TPR, explicó el significado del término interpretación y al rol acordado a la interpretación arbitral en relación con el procedimiento de controversias del MERCOSUR. Además, al referirse al Protocolo de Olivos, mencionó el papel preponderante que tienen las opiniones consultivas admitidas por el mismo para la interpretación actual en este ámbito. Finalmente, el orador señaló la necesidad de integrar las interpretaciones judiciales emitidas por los poderes judiciales de cada Estado parte con la normativa del MERCOSUR.

Para concluir con la jornada, Raphael Carvalho de Vasconcelos, abogado y secretario del TPR, comenzó su exposición analizando la importancia del MERCOSUR en cuanto a organización internacional y la necesidad de que cada organización cuente con un procedimiento para dirimir controversias. Por último, señaló que el MERCOSUR, debido a que se ha diseñado como un sistema intergubernamental, tiene gran incidencia en el proceso de solución de diferencias y conflictos.

“(La sentencia de Van Gend & Loos) es uno de esos hitos históricos que se pueden definir como milagros o sorpresas”, afirmó la Dra. Lorenza Sebesta.