¡Seguinos!

Año IV - Edición 63 24 de marzo de 2005

Buscar

III Jornadas de Defensa del Consumidor

  • Nota de Tapa

PANEL 1 – ACCIONES COLECTIVAS

Horacio Bersten (Profesor de la Facultad) – Explicó que el derecho del consumidor tiene mucho que ver con la vida cotidiana. Recordó que en 1993 se abrió el primer curso de CPO sobre la temática y, aunque se trata ya de una asignatura innegable, sostuvo que todavía existen varias resistencias y reduccionismos que ligan al consumidor con cuestiones menores o de bajos precios. En un comienzo el tema central era los servicios públicos; hoy hay muchos conflictos por temas bancarios, por ejemplo por el cobro de cargos inexistentes, seguros obligatorios o registros en el veraz. Estimó que el 80% de los juicios que llegan a los tribunales están vinculadas con la problemática de la relación de consumo. Por otra parte, indicó que el derecho de consumo responde a la desmedida desproporción en el poder de negociación existente entre productores y consumidores, y lo que hace el derecho a través de las acciones colectivas es un mero intento de paliar esa desigualdad. Destacó que la Ley 24.240 es de un enorme valor técnico y que allí está la clave de las acciones. También comentó que lo que en general se impugna es la legitimación activa de la incidencia colectiva, y en ese sentido las empresas admiten reclamos pero no reintegros generales. “Este es hoy el campo de discusión que hay que pelear culturalmente porque si se admite que hay abusos, debe responderse por eso ante la gente”.

Alejandra Gils Carbó (Fiscal General de la Cámara Comercial de la Capital Federal) – El tema que trató fue la legitimación del Ministerio Público Fiscal para defender al consumidor. Explicó que se trata de un permiso del art. 52 de la ley 24.240 con base en la CN. “Durante 10 años se discutió si debía depender del Poder Ejecutivo o del Poder Judicial”. El asunto aquí, según comentó, es que el fiscal debe ser un sujeto independiente (por lo que choca con el ejecutivo) y activo (algo que se opone a la pasividad del juez). Por tanto se le reconoce autonomía propia. Asimismo, argumentó que en el derecho penal no se dicute la intervención del Ministerio porque se considera que hay un interés general muy grande.  Sin embargo, continuó, pocos advierten el interés relevante sobre la sociedad que implican los conflictos de derecho común y del ámbito empresarial. De todos modos, destacó que hoy el tema del consumo es un tema suficientemente importante como para que intervenga el Ministerio Público. Luego se discutió si el fiscal puede llevar adelante una persecución propia de la investigación. Contestando a los argumentos opuestos, adujo que lo importante es que la función del fiscal en la Constitución es defender la legalidad y no intereses individuales. Si bien actúa como parte, su actuar sustancial es imparcial. “No se puede ser indiferente con las diferencias”.

Gabriel Stiglitz (Profesor de la Facultad) – Recordó que en 1976 fue Augusto Morello el primero en publicar un artículo sobre la legitimación de las acciones colectivas para la defensa del consumidor. En ese sentido, sostuvo que la Reforma al Código Civil de 1968 ayudó mucho a que los juristas encontraran soluciones a estos temas, en los cuales se ha avanzado mucho. Sin embargo, consideró que no tienen sentido los avances doctrinarios o legislativos si no hay una aplicación judicial efectiva. Para avanzar en este punto, la Reforma constitucional del ’94 incorporó varias herramientas. El problema, para Stiglitz, es que las acciones individuales no sirven para mucho, aunque sean gratuitas y sumarias. Las demandas debieran concurrir a gran escala para presionar cambios de conducta generales. Aclaró que no se trata de estar en contra de las empresas sino de equilibrar los poderes del consumidor para crear relaciones más justas. Es imprescindible entonces la motivación de las acciones de parte del poder público que fomente la iniciativa colectiva. Constitucionalmente, debe existir una garantía que a través de legitimados colectivos (Defensor del pueblo o el Ministerio público) intervenga de manera obligatoria y no facultativa. Destacó que hoy el derecho del consumidor debe también ser visto como una herramienta de política macroeconómica.

Agustín Gordillo (Profesor de la Facultad) – Señaló que en la década del 90, que fue muy negativa en muchos aspectos, se logró un avance sustancial en la defensa de los derechos de los consumidores. Comentó que el problema con los primeros incidentes colectivos era que la Corte contestaba que no había causa concreta alguna y que era un reclamo abstracto. Por eso “siempre es importante acompañar el reclamo colectivo con un caso particular de algún consumidor, aunque sea de uno mismo”. Expresó que hoy existen la Defensoría del Consumidor en la Capital Federal, las defensorías de las municipalidades, las asociaciones, los fiscales y también estamos los consumidores que debemos turnarnos para hacer causa común. Para concluir, remarcó que estas problemáticas requieren la complementación de muchos actores sociales. “Somos muchos y no podemos perder”.  

PANEL 2 – POLÍTICAS DE CONSUMO

Carlos Banela (Defensa del Consumidor) – Advirtió primeramente que los avances en el tema de los aumentos van a ser muy lentos. En las negociaciones lo que se exigirá a las empresas es que siempre que pretendan un aumento lo tengan que justificar de alguna manera objetiva. “Si no hay ningún segmento de la cadena de producción en el cual se incrementen los costos no habrá justificación”. Comentó que se está trabajando con los sindicatos para firmar convenios de capacitación y también se ha firmado un acuerdo con PAMI para informar a los jubilados. El plan próximo es instruir a los movimientos piqueteros, “no para que salgan a bolquear, sino para que sepan defender muchos de sus derechos vulnerados”. Asimismo, se está gestando un encuentro a nivel MERCOSUR en abril al cual Argentina va a llevar un taller para enseñar a las asociaciones a planificar a través de proyectos para obtener financiamiento.

Carlos Campolongo (Presidente del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad) – Expresó que si bien el acto de consumo es un acto privado, también tiene profundas inplicancias en el espacio público. Es en ese sentido que se nos obliga a reformular una nueva forma de Estado. “El mercado perfecto no existe y en él la información no circula de manera igual”. Por eso, cargó contra los economistas en boga que no mencionan esa falencia. Argumentó que reformular el Estado implica transformar el mercado existente y por ende el consumo. “Regular no es lo mismo que controlar”. Alertó que los ciudadanos ni siquiera conocen cuáles con los entes de regulación y cuáles los de control. Por último, entendió que resulta imprescindible contar con marcos regulatorios concretos y racionales. “Debe empezar a ponerse en claro cuáles son los modos de cálculo de precios”.

Miguel Ángel Fortuna – Opinó que el desafío actual es pensar cuál debe ser la forma en que el Estado debe participar. “Ahora con Cromañón parece que algunos se dieron cuenta que se hace necesaria una intervención del Estado en la actividad empresaria”. Los entes defensores tienen que ser absolutamente parciales y dedicarse a luchar por el consumidor. Se refirió a la existencia de corporaciones que protegen sus intereses, y por eso justificó que los entes defiendan a los consumidores. Sin embargo, sostuvo que de poco sirve lo que hacemos si los ciudadanos no aprenden a defenderse también por propia iniciativa. “Para esto hace falta educar permanente y masivamente”. Por último, resaltó que es imprescindible que las empresas estén dispuestas a modificar algunas conductas y asuman las responsabilidades sociales que les competen.