¡Seguinos!

Año VIII - Edición 153 19 de noviembre de 2009

Buscar

I Jornadas de Derecho de la Salud - Homenaje al Profesor Roberto López Cabana

  • Nota de Tapa

El 2 de noviembre se realizaron en el Salón Rojo de la Facultad de Derecho las I Jornadas de Derecho de la Salud, actividad organizada por el Departamento de Derecho Privado I en homenaje al Profesor Roberto López Cabana.

Tras las palabras de presentación de Juan Ignacio Cruz, se dio paso al primer panel titulado “Bioética y Derechos Humanos” e integrado por los Dres. Salvador D. Bergel (Profesor Titular Consulto de la Facultad), Carlos Gimeno Verdejo (Jefe de la sección Economía y Comercio de la Delegación de la Comisión Europea en la República Argentina), Jorge Reboredo (Presidente de la Sociedad Latinoamericana de Auditoría de Servicios de Salud) y Gonzalo Moyano (Coordinador Adjunto para el Cono Sur de la Asociación Latinoamericana de Medicina Social).

En primer lugar tomó la palabra el Dr. Salvador D. Bergel, quien entendió que el acceso físico está dado por la disponibilidad del medicamento y ésta “debe ser en la cantidad y con la continuidad adecuada porque muchas veces se presta a facilitar una cantidad de medicamentos y luego el paciente se queda en el aire, porque no tiene otros medios económicos para satisfacer el acceso a los mismos, por ende, esto no es acceso a los medicamentos”.

Por su parte, indicó que el tema del acceso a los medicamentos es central dado que si compromete el nivel de vida o el de su familia no corresponde con la idea de un acceso normal a éstos. “No son todos del mismo valor y hay algunos que son esenciales y necesariamente se deben integrar en la prestación básica de un Estado hacia sus habitantes”.

No obstante, comentó que la Organización Mundial de la Salud (OMS) formó periódicamente una lista de medicamentos primordiales que deben considerarse esenciales para la atención primaria de la salud, ya que sin éstos es imposible hablar de la existencia de un derecho a la salud.

Asimismo, declaró que los medicamentos tienen una naturaleza dual: por un lado, es un bien público mundial, es el arma terapéutica más importante que se dispone; pero, por otro, “el medicamento es un bien que está en el tráfico comercial porque es el producto básico de una de las industrias más grandes del mundo”.

Del mismo modo, dijo que a nivel mundial se generó un movimiento en contra del accionar de las empresas farmacéuticas que tienen ganancias en todo el mundo y las propias empresas han tenido que retirar sus demandas. Esto se relaciona con el accionar de organismos no gubernamentales que tienen el peso fundamental en la dinámica de los derechos humanos y, consecuentemente, cuando se reunió el órgano directriz de la Organización Mundial de Comercio (OMC) dictó “una declaración que pone en relevancia la preeminencia de los intereses de la salud pública por encima de los intereses protegidos por los derechos de propiedad industrial”.

Para finalizar, explicó que no existe interés en la investigación por parte de los Estados desarrollados para eliminar enfermedades en los países subdesarrollados porque, por ejemplo, Estados Unidos como otros integrantes del primer mundo se preocupan por investigar sobre drogas que sean vendidas con facilidad en lugar de avocarse a la obligación primordial que es velar por la salud y la vida de los habitantes.

El Dr. Carlos Gimeno Verdejo estimó que los derechos humanos se han ido insertando a través de la jurisprudencia y, de a poco, a nivel legislativo, hasta el año 2000 que se aprobó la Carta Europea de los Derechos Fundamentales, que será parte de un nuevo tratado “aunque no tendrá el mismo nivel de aplicación en todos los Estados Miembros, porque tres de éstos han tenido una opción derogatoria en cuanto al nivel de aplicación de la misma”.

Por su parte, indicó que el capítulo II de la Carta, relativo a las libertades, presenta la protección de datos personales, no solamente los puramente personales sino también los relativos a la salud de la persona, junto a la libertad de conciencia, de las artes y ciencia, de investigación, definidas de un modo muy general.

Asimismo, resumió que no existe una regulación ordenada y sistemática en el ámbito de la Unión Europea, ya que existe “una serie de valores que pueden variar de un país a otro, consiguiendo establecer normas mínimas porque la Carta se limita a consagrar unas prohibiciones especificas, en las que todos están de acuerdo”.

En tal sentido, aclaró que las concreciones legislativas de la Carta nacen de un proceso de pensamiento, de concepción, a través de grupos de trabajo que se crearon en la comisión, por ende “son grupos de trabajo coordinados por ésta, con representantes de los Estados Miembros, que cada vez que vaya haber una legislación darán su punto de vista sobre los aspectos bioéticos”.

Inversamente, concluyó que a nivel del Consejo de Europa hay una intención de regular de modo más ordenada y sistemática pero con mucha menos afectación general, mientras que la Unión Europea presenta una realidad jurídica distinta, con normas mínimas en las que todos están de acuerdo y que no plantean mayores problemas a los Estados Miembros al aceptarlas.

A continuación, el Dr. Jorge Reboredo destacó que el preámbulo de la Constitución de la Organización Mundial de la Salud, en el año 1946, plantea la necesidad del derecho a la salud como el goce máximo de la misma, con aspectos de no discriminación, siendo pionera en relación a ésta temática.

Por lo tanto, subrayó que el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de 1966, trabaja los mismos aspectos con un concepto semejante, pero con presencia de dos elementos fundamentales, como la progresividad y la no regresividad.

Posteriormente, puntualizó que la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos de la UNESCO, en el año 2005, “tiene la particularidad de lograr definitivamente de comprometer a la bioética dentro de los aspectos de derechos humanos, en un modo más relacionado con lo que implica el concepto de derechos humanos y el de la salud”.

Consecuentemente, se refirió a que la bioética es un conjunto de distintas teorías muy poco articulables entre si, con lo cual en muchos aspectos terminan dando una perspectiva caótica acerca de ciertas realidades.

No obstante, agregó que, en algunos países del mundo, está en discusión si la salud es un bien o es un servicio, por ende “si hablamos de bien, estamos hablando de un derecho de la salud, o sea de un derecho humano, pero si hablamos de un servicio, estamos hablando de una posibilidad de ser brindado o no, de acuerdo a las necesidades de mercado y a las económicas”.

Finalmente, entendió que la accesibilidad, tanto geográfica como informativa, es muy compleja porque el derecho a la salud sin una planificación previa plantea una acción inequitativa, pero también el costo de la misma es cada vez mayor, sin embargo lo que no se dice demasiado es porque cuesta más, “mientras que muchas cosas podrían tener un precio menor, o un modo o perspectiva medica de tratamiento que podría dar iguales o mejores resultados que los actuales, a un menor costo”.

Acto seguido, el Dr. Gonzalo Moyano remarcó que su tarea está vinculada con el tema de la memoria, la verdad y la justicia con respecto a los delitos cometidos en la época de la dictadura, además de otras tareas vinculadas con el concepto, bastante amplio, del derecho a la salud.

Seguidamente, evocó la necesidad de desarrollar “un modelo de investigación relacionado a los problemas de la gente, que vive en este país y en los países vecinos, es un imperativo moral que no está siendo cumplido por el sistema”.

En cuanto al derecho a la salud, enfatizó que el derecho sólo se constituye cuando los sujetos son titulares de derecho, por ende “el derecho a la salud existe porque las personas tiene derecho a la salud, siendo titulares del derecho, por ende éste es exigible”.

Entretanto, señaló que se ha pensado durante mucho tiempo que los derechos civiles y políticos son los derechos negativos y los que el Estado se compromete a no violar, mientras que los derechos económicos, sociales y culturales son los derechos positivos, los que el Estado declara que tiene la intención de proveer, igualmente hay una interrelación fluida entre éstos dos.

De modo concluyente, comentó que, alrededor del 1800, “los que se morían y no tenían como pagar su sepultura, quedaba su cuerpo sin vida y una tinaja a su lado, donde la población podía dejar algunas monedas para conseguir los recursos para enterrar a ésta persona, pero empezaban a colaborar cuando el cuerpo empezaba a descomponerse, o sea que cuando era insoportable la gente ponía el dinero y la persona era enterrada, no dejemos que esto nos pase”.

La jornada continuó con los siguientes paneles: “Trasplante de Órganos” (Mabel Dellacqua, Rubén Schiavelli, Mariela Salome Bacile, Walter Espinosa y Clemente Raimondi), “Judicializacion de la atención de la salud” (Pablo Vadori, Lily Flah, Eduardo Tanus y Fulvio Santarelli) y “Decisiones de última voluntad” (María Elisa Barone, Marisa Aizenberg, Carmen Núñez y Elian Pregno).

Finalmente, la ceremonia de cierre contó con una conferencia a cargo de los Dres. Atilio A. Alterini (Decano de la Facultad de Derecho), Oscar Ameal (Juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil) y Miguel Ángel Ciuro Caldani (Presidente de la Asociación Argentina de Bioética).

El Dr. Oscar Ameal destacó el éxito de la jornada y comentó que se autorizó a designar con el nombre de Roberto López Cabana al Departamento de Derecho Privado. Asimismo declaró que el homenajeado fue un distinguido jurista y, sobretodo, una persona que estuvo a la vanguardia del derecho civil, siendo uno de los civilistas progresistas que defendía banderas que nadie protegía, sosteniendo que “la realidad va por un lado y el derecho la tiene que acompañar sino el derecho desaparece, no así la realidad, por eso el derecho es cambiante”.

En consecuencia, citó al homenajeado al decir que “de alguna manera había que tener en cuenta a la víctima y no tenía que estudiarse, respecto al causante del daño, y analizar si éste podía o no reparar el daño injustamente padecido, pero es cierto que el avance del derecho de daños, el centro es del hombre, y así lo pregona su enseñanza”.

Luego, manifestó que “si leemos sus obras y nos ubicamos retroactivamente en el momento en que estuvieron escritas, evidentemente son un progreso, y el mismo se noto en las jornadas de derecho civil, porque el Doctor era una persona que alentaba el progreso de ésta Universidad pública”, y sintetizó que creemos que con esto no sólo homenajeamos a López Cabana sino que hacemos algo justo, equitativo y muy merecido”.

A su turno, el Dr. Atilio A. Alterini dijo que esta actividad tuvo que ver con el humanismo del Dr. López Cabana, ya que el derecho a la salud es un derecho humano central, en un momento en que el concepto de derechos humanos está como achicado pero la verdad es que “el derecho a la vida, a la alimentación, a la salud, a la educación, a la seguridad, son consustanciales con la condición humana, y éste era el discurso de Roberto, un discurso humanista”.

De tal modo, prosiguió en que el pensamiento que ha dejado sigue siendo el que seguimos y “hace muy bien nominar con Roberto Manuel López Cabana a ese eje cultural de la Facultad de Derecho, que es el área de derecho privado”.

En último lugar, el Dr. Miguel Ángel Ciuro Caldani aseguró que “una manera de referirse a un maestro es proseguir su obra, llevarla hacia delante porque todo buen maestro es superable, continuable y puede abrir caminos para que otro avance más allá”.

En lo que respecta a la jornada, aceptó que al hablar de la salud como un tema transversal que abarca todo el derecho, dialogando con las ramas tradicionales, como el civil, comercial, administrativo, penal, porque “es el enfoque del problema de la salud entendido en todo el derecho, eso queremos decir con derecho de la salud, o sea la salud como tema que enriquece a las otras ramas jurídicas”.

Para finalizar, resaltó que los enfermos no son consumidores cualquiera, sino que son personas que plantean una problemática especifica como puede ser el cierre de un hospital, de un sanatorio o el despido de un médico, como también “el proceso cuando está en juego la salud, es un proceso especial, que trata problemas a los cuales ésta les da características propias”.