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Año XI - Edición 199 13 de septiembre de 2012

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Congreso de Derecho Penal 2012

  • Nota de Tapa

La edición 2012 del Congreso de Derecho Penal tuvo lugar los días 29, 30 y 31 de agosto con la participación como expositores de profesores especialistas nacionales e internacionales, quienes compartieron su visión sobre los temas actuales de la materia.

Durante el acto de apertura, la directora del Departamento de Derecho Penal y Criminología, Dra. Lucila Larrandart, expresó: “consideramos que el derecho penal resulta sumamente importante en la formación de aquellos en quienes está el futuro del Estado de derecho porque es en el sistema penal en donde se pueden llevar violaciones a los derechos humanos y a la Constitución”. Agregó que la seguridad está en el respeto a esos derechos y no en la represión como pretenden algunos medios de comunicación cuando se refieren a la seguridad ciudadana a través de la formulación de críticas a aquellas posiciones que defienden el sistema de garantías. Esto se sustenta en la premisa por parte de muchos generadores de opinión de que el respeto al sistema de garantías atente contra la mentada seguridad. Para la oradora “el derecho penal representa el límite más importante de la libertad, en las constituciones modernas, desde la Declaración de Derechos y Deberes del Hombre de 1789, el límite fundamental del ius puniendi es la ley penal, por lo tanto es la mayor garantía de la libertad y la seguridad jurídica”.

Más tarde, la Decana Mónica Pinto manifestó que, en términos generales para una comunidad amplia no especialista en el saber jurídico, el derecho penal puede generar expectativas. Sin embargo, éstas no siempre responden a lo que efectivamente ocurre. “La receta penal en el discurso es una receta efectiva, no es tan claro que sea igualmente efectiva en los hechos, en su aplicación, en su capacidad de producir modificaciones en la sociedad”, reflexionó.

Pasado el acto de apertura, Jorge De la Rua (Universidad Nacional de Córdoba), Gonzalo Fernández (Universidad de la República - Uruguay) y Carlos Caramuti (Universidad Nacional de Tucumán), reflexionaron sobre las cuestiones actuales referidas al concurso de delitos. La coordinación de este primer panel estuvo en manos de Horacio Dias.

Existió un segundo panel que se abocó al estudio de la investigación penal preparatoria y el rol del fiscal. Del mismo participaron José Cafferata Nores (Universidad Nacional de Córdoba), Julio Federik (Universidad Nacional del Litoral), Gustavo Bruzzone, de la Casa, además de Marcela De Langhe, en su calidad de coordinadora.

Para el 30 de agosto, los profesores Noemí Goldsztern de Rempel, Lucila Larrandart, Marcelo Buigo e Ignacio Tedesco participaron del panel “Aborto: ¿justificación o desincriminación?”.

Seguidamente, se desarrolló otro panel orientado al tratamiento de los delitos culposos y participación. Para este panel fueron invitados Esteban Righi, Marco Antonio Terragni, de la Universidad Nacional del Litoral, Maximiliano Rusconi Leonardo Pitlevnik, este último como coordinador.

La jornada concluyó con un panel sobre corrupción en el ámbito económico y compliance. Para este panel Enrique Bacigalupo, Germán Aller, de la Universidad de la República - Uruguay, Patricia Llerena y Julián Ercolini dijeron presente.

El congreso continuó con el 31 de agosto, esta vez con Carlos Lascano, de la Universidad Nacional de Córdoba, Nelson Pessoa, de la Universidad Nacional del Nordeste, Mariano Silvestroni y Cristina Caamaño. Todos ellos expusieron sobre la tutela penal anticipada: actos preparatorios, delitos de asociación y la criminalización en los estadios previos.

Ya en un segundo panel, E. Raúl Zaffaroni y Daniel Rafecas expusieron sobre criminología y delitos de lesa humanidad.

En este panel, Daniel Rafecas aseguró que es fundamental para las nuevas generaciones de juristas conocer, comprender e integrar al cuerpo de teorías estudiadas lo concerniente a la criminología y los delitos de lesa humanidad. Señaló que en nuestras escuelas de derecho estamos acostumbrados a estudiar los temas siempre observando o contemplando ordenamientos jurídicos ideales a los cuales aspiramos. Sin embargo, “es infrecuente el análisis de nuestra realidad jurídica e institucional, comparándola con aquellos episodios de la historia en donde los derechos fundamentales y las garantías de los ciudadanos, que son la base del derecho penal liberal, fueron arrasados”.

Por otro lado, sostuvo que resulta revelador el papel de las ciencias penales, de los discursos positivistas criminológicos, durante el régimen nacional socialista. Fue este uno de los regímenes, instaurado en Alemania desde 1933, que intentó dar justificación por medio del derecho penal a aquella empresa genocida que la ha caracterizado. De este modo, se gestó ni más ni menos que un genocidio que persiguió y exterminó físicamente no solo a la colectividad judía sino que también muchas otras minorías consideradas, algunas de ellas, racialmente inferiores o directamente enemigos políticos.

“A partir de las investigaciones históricas y sociológicas hoy sabemos que a ese crimen de genocidio se llegó a partir de la intervención directa o indirecta, pero siempre consiente, de cientos de miles de autores y participes”, amplió el expositor. Participaron individuos de prácticamente todos los países que fueron conquistados por el Tercer Reich y así “cientos de miles de perpetradores participaron activamente de lo que se conoció como la solución final”. Este último fenómeno se explica, según el orador, en la funcionalidad de los discursos difundidos por medio de los distintos medios de comunicación. Pero también se explica a partir de la divulgación desde la academia de discursos racionalizadores, justificantes y legitimadores, dentro de los cuales se encuentran los discursos penales. “Los discursos penales, desde antes del asenso de Hitler al poder y durante la vigencia del régimen nazi, también ayudaron a pavimentar el camino que llevo a Auschwitz”, recordó Rafecas. La aberrante argumentación consistía en sostener que era posible detectar, de antemano, en una sociedad que colectivos o grupos de poblaciones era indeclinablemente propensos a la consumación de ciertos delitos, y que por ello, el Estado podía adoptar medidas de defensa social. Dentro de sus principales promotores, dentro de la esfera académica, se encontraban Cesare Lombroso, Rafael Garófalo y Enrico Ferri.

Luego, el Profesor Emérito E. Raúl Zaffaroni enseñó que “toda criminología, en la actualidad, es criminología crítica”. Es decir, crítica de la criminalización primaria -la labor legislativa de tipificación- y de la criminalización segundaria -la operatividad del sistema penal-. Además, llamó a “no quedarse pegado a las definiciones legales”. Por ejemplo, mencionó el caso de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio. Para Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, allí se traza una definición de genocidio un tanto mezquina, extrañamente poco trabajado y de microcirugía legal. “Ese recorte, esa microcirugía respondió en su momento a circunstancias políticas coyunturales del mundo en aquellos años”, relató Zaffaroni. Por un lado, las potencias europeas querían elaborar una definición de genocidio que no cayese sobre su actividad colonial y, por el otro, a la Unión Soviética no le interesaba una definición en que quedase comprendido el desplazamiento masivo y forzoso de poblaciones, que derivaban en innumerables muertes. Sumado a ello, a los Estados Unidos le era conveniente una definición que no incluyera crímenes como Hiroshima y Nagasaki. “Por ende, hicieron una definición de genocidio, que desde entonces hasta hoy, permite que se discuta frente a cada genocidio si es realmente un genocidio”, estimó. Por esto mismo es que resulta imperioso, trabajar en un concepto de genocidio fundado en bases sociológicas y apegado al de masacre. Masacre concebida como “las muertes masivas producidas por un Estado fuera de la actividad bélica, fuera de la guerra, entendiendo por guerra a un conflicto con fuerzas más o menos simétricas”. Estas masacres pueden producirse tanto en cortos -masacres por goteo- como en largos períodos temporales.

En otro sentido, explicó que la criminología académica que surge sobre el final del siglo XIX con el propósito de legitimar masacres. Y esta legitimación de masacre está estrechamente vinculada con los procesos imperialistas de colonización orquestados desde los países del centro. “Una ideología abiertamente racista que tenia por función legitimar, justamente, el neocolonialismo (con posterioridad ala Revolución Industrial), el delincuente era un ser biológicamente inferior que por un accidente de la naturaleza nacía en medio de la raza superior y por ende se parecía al colonizado”, amplió Zaffaroni.

Al último panel de congreso se lo tituló “Problemática del dolo y la imputación subjetiva”, siendo los expositores Gabriel Pérez Barberá, por la Universidad Nacional de Córdoba, Omar Palermo, de la Universidad Nacional de Cuyo, Fernando Córdoba y Sergio Delgado, estos dos últimos pertenecientes a esta Casa de Estudios.

“Los discursos penales, desde antes del ascenso de Hitler al poder y durante la vigencia del régimen nazi, también ayudaron a pavimentar el camino que llevo a Auschwitz”, recordó el profesor Daniel Rafecas.