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Año V - Edición 91 24 de agosto de 2006

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Conferencia – La tolerancia en el discurso iusfilosófico

  • Nota de Tapa

Nuevamente de paso por Buenos Aires, el catedrático colombiano Andrés Botero Bernal visitó nuestra Facultad de Derecho para exponer sobre un importante tema: la tolerancia. Este vocablo latino, que apareció en nuestro derecho encabezando el famoso libro Derecho Internacional Privado. Derecho de la tolerancia de Werner Goldschmidt, hoy se coloca nuevamente en escena a raíz de los incesantes conflictos bélicos y los dispersos movimientos migratorios que protagonizan este principio de siglo.

El Departamento de Filosofía del Derecho organizó la conferencia y el Dr. Ricardo Guibourg hizo una breve presentación de nuestro invitado.

El profesor Botero Bernal, que es investigador de la Universidad de Medellín, comentó al público presente que la motivación por estudiar los orígenes de la tolerancia en el derecho le surgió gracias a un trabajo que realizó con su grupo de ayudantes, buscando —infructuosamente— en diarios y revistas el significado que se le daba a aquella palabra. Viendo finalmente que el uso lingüístico se hallaba, a fin de cuentas, bastardeado, decidió poner manos a la obra y efectuar un estudio profundo, casi genealógico, del término en sentido jurídico.

La palabra tolerancia, estrictamente hablando, apareció en los textos de derecho en el año 1902 a través del legendario debate suscitado entre el alemán Georg Jellinek y el francés Émile Boutmy. Mientras el primero de ellos, en su libro Déclaration des Droits de l’Homme et du Citoyen, negaba que los franceses hubieran sido los precursores de la consagración de los derechos individuales, el segundo contrarrestaba que estos últimos nacieron a causa de la Revolución francesa (pueden verse los textos del debate en http://www.bibliojuridica.org/libros/libro.htm?l=976).

En definitiva —dedujo Botero Bernal— la disputa de ambos autores intentaba responder a la pregunta sobre “qué es lo fundamental en el derecho moderno”. Alrededor de esta disyuntiva, surgieron dos corrientes bien diferenciadas. La primera sostenía que la base principal del derecho contemporáneo radicaba en la protección de la propiedad de los individuos; la segunda, contrariamente, decía que los cimientos se encontraban en la libertad del hombre, más precisamente en la libertad de conciencia. Esta última línea argumental situaba la causa histórica del fenómeno en la necesidad de terminar con las terribles guerras de religión que ocuparon gran parte de la Edad Media y la fuente que traería una solución posible sólo podía ser la tolerancia.

Nuestro invitado, sin dudarlo un momento, adscribió a la tesis fundada en la libertad. Para él, fue la libertad de conciencia —y la conciencia de esa libertad— la que permitió el advenimiento de la lucha iluminista y el posterior despliegue de derechos que se descubrieron necesarios para hacerla posible (v. gr. libertad de cultos, de expresión, de asociación, de reunión, etc.). Esta oleada de derechos se tradujo en el siglo XIX en lo que Botero Bernal llamó el “hiperconstitucionalismo”. Es decir, en la proliferación de las constituciones escritas en todas partes del mundo.

“¿Cuál fue el problema de esto que parecía tan loable?”, se preguntó nuestro profesor. La respuesta, claramente deconstructivista, fue que toda esa corriente constitucional decimonónica incluyó en sus textos las dos visiones contrapuestas explicitadas anteriormente (la de la propiedad y la libertad). Esto generó terribles contradicciones al interior de los sistemas jurídicos liberales y motivó las grandes críticas que luego se le hicieron —y aún hoy se hacen— a la modernidad.

Los filósofos más famosos en advertir esta crisis dialéctica, por decirlo de alguna manera, fueron los de la Escuela de Frankfurt, entre ellos Herbert Marcuse. En su libro Crítica de la tolerancia pura, publicado en 1965, este autor alemán sostenía que la tolerancia era un valor reaccionario que, al evidenciarse en una relación de superioridad tolerante-tolerado, ayudaba a mantener el statu quo y a reprimir el deseo de liberación. Como estaba fundamentada en un disvalor (en soportar lo que no nos gusta de los otros) debía erradicarse. Sin embargo —advierte Botero Bernal—, Marcuse al final de su obra defendía la tolerancia hacia los grupos progresistas. Es decir, comenzaba a diferenciar una tolerancia indeseada de una necesaria.

Esta tarea de disección fue luego continuada por Norberto Bobbio, quien distinguió cuatro tipos de categorías: la tolerancia positiva, la tolerancia negativa, la intolerancia positiva, y la intolerancia negativa. Para este autor italiano, la vida en democracia exige que estos cuatro contrapesos coexistan en el estado de derecho. Si bien las personas están de acuerdo en que haya tolerancia, aparecen situaciones donde se le demanda al Estado que no tolere excesivamente determinadas conductas. Es en esa combinación de tolerancia-intolerancia donde debe hallarse el equilibrio saludable. El problema, claro está, es cómo resolver la ecuación.

Gracias a estos dos últimos autores —explicó Botero Bernal— es que resurgió la discusión por la tolerancia en la década del ochenta. Una muestra de la incuestionable actualidad de la discusión pudo verse en el debate que protagonizaron Jacques Derrida y Jürgen Habermas en el año 2002 en torno al tema (ver Giovanna Borradori, La filosofía en una época de terror. Diálogos con Habermas y Derrida, Taurus, Madrid 2003). No hay dudas que hoy es el gran tópico de la Unión Europea. 

Contrariamente a lo que sucede en el viejo continente, en América Latina el problema de la tolerancia no parece ser la prioridad en la agenda de debate. Nuestro derrotero, según el profesor colombiano, está dirigido a combatir la desigualdad y no tanto la intolerancia. Sin embargo, Botero Bernal se mostró muy sorprendido al descubrir que en la formación de los Estados hispanoamericanos del siglo XIX no aparece mencionada la palabra tolerancia en ningún discurso. Sólo Bolívar la menciona dos veces para hablar de un modo despectivo.

En Latinoamérica, la lucha por la tolerancia se dio fuerte recién en los años ochenta, luego de la caída de los diversos regímenes militares que a lo largo del continente mortificaron a la población. Pero rápidamente —advirtió nuestro invitado— en la década siguiente se instaló en la opinión pública una nueva teoría de “tolerancia cero”, evidenciando actitudes jurídicas más proclives a la venganza y al resentimiento. 

Como conclusión, Botero Bernal alertó a los presentes sobre las distintas aristas que revisten al tema y el error de creer que las corrientes jurídicas nacieron en un solo lugar o gracias a un solo autor. Puso así de resalto que no debe perderse de vista que la filosofía del derecho no se origina en una única línea de pensamiento sino que, por el contrario, existe en ella una complejidad de base que merece ser reivindicada y defendida.