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Año XIX - Edición 345 01 de octubre de 2020

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Ciclo de reflexiones sobre el proyecto de reforma judicial

  • Nota de Tapa

Este ciclo, que comenzó el 4 de septiembre, es producto de la convocatoria que lanzó la Facultad durante el mes de agosto a profesores/as regulares y extraordinarios/as que tuvieran interés en hacer públicas sus opiniones sobre el proyecto legislativo denominado "Ley de Organización y Competencia de la Justicia Federal" y la contemporánea creación de un "Consejo Consultivo para el Fortalecimiento del Poder Judicial y del Ministerio Público".

La iniciativa se enmarca en el rol que la Facultad asume frente a los grandes temas y debates nacionales como ámbito académico neutral y científico que contempla la pluralidad de opiniones. Todos/as los/as profesores/as que respondieron a la convocatoria y confirmaron su presencia participaron en distintos paneles que se llevaron adelante los días viernes del mes de septiembre y el 2 de octubre tendrá lugar el último encuentro, donde se tratará el eje “Consejo de la Magistratura y Ministerio Público Fiscal”.

Cuestiones procesales generales. Juicio por jurados. Recurso extraordinario y funciones de CSJN (segunda parte)

El 18 de septiembre se realizó el tercer encuentro del ciclo de reflexiones sobre el proyecto de Reforma Judicial. Durante la jornada las profesoras Ángela Rosalía Mora, Andrea Mercedes Pérez y Beatriz Rajland y los profesores Christian Cao, Ricardo Damonte, Daniel Sabsay y Sebastián Tedeschi continuaron con el análisis del tema "Cuestiones procesales generales. Juicio por jurados. Recurso extraordinario y funciones de la CSJN". Presentó el decano Alberto J. Bueres.

Para comenzar, Christian Cao recordó que a través del decreto 635/2020 se creó un consejo consultivo para el fortalecimiento del Poder Judicial. “La creación de este órgano y la propuesta en general la califico como inoportuna. Estamos viviendo una crisis sanitaria sin precedentes a nivel mundial que además va en el marco de una crisis económica y de una crisis cambiaria”, expresó y sostuvo: “Una reforma del Poder Judicial de esta envergadura y particularmente en lo que tiene que ver con propuestas para el funcionamiento de la CSJN se tiene que dar en un ámbito no de emergencia, sino donde haya pluralidad, amplitud y podamos participar, donde la sociedad y los poderes constituidos puedan reflexionar de una manera tranquila y no en una situación de emergencia”.

Asimismo, planteó que la reforma ha sido inconsulta en lo que tiene que ver con que el presidente de la nación ha constituido por propia iniciativa un comité de expertos en donde no han sido invitados, por ejemplo, academias científicas o universidades. “La Facultad de Derecho de la UBA está exponiendo por iniciativa de las autoridades, pero no han sido invitadas por parte del Poder Ejecutivo Nacional, lo que hubiera sido saludable que en aras de tener una pluralidad de voces y distintas especializaciones”, expresó.

En cuanto a la integración del comité, consideró que “ha sido inconveniente en lo que tiene que ver con la integración de alguno de sus miembros que ocupan funciones judiciales o incluso en el ejercicio profesional y que pudieran llegar a tener algún conflicto de interés en lo referido a la aplicación de la ley de ética pública y quienes ejercen la función judicial los Principios de Bangalore o en incluso en el Código de Ética Profesional”.

Ricardo Damonte propuso una reforma al código de procedimientos penales para que se admita el juicio en ausencia de delitos de lesa humanidad y corrupción. “A raíz de un fallo dictado en el año 2015 por la sala 1 de la Cámara Criminal y Correccional Federal se destacó que el juicio en presencia no era más que una garantía de carácter procesal, no constitucional, y que, en consecuencia, debía ceder ante la sí garantía constitucional que es el derecho de las víctimas a obtener justicia”, comentó y recordó que más adelante el diputado Lipovezky presentó un proyecto de modificación de la ley procesal penal estableciendo el juicio por ausencia. “Los fundamentos son interesantes. Podría ser una cuestión de suma importancia para de una vez por todas poner la mira en obtener justicia en uno de los casos más graves que ha azotado a la sociedad argentina como fueron la voladura de la embajada y el atentado a la AMIA”, remarcó.

Luego propuso la derogación del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación que le permite a la Corte rechazar peticiones sin fundamento. “Este artículo es contradictorio con las propias normas procesales que establece el art. 34. Más grave aún es que a partir de la vigencia del Código Civil y Comercial el art. 3 menciona específicamente que todos los jueces deben decidir las cuestiones sometidas a su jurisdicción con una decisión razonablemente fundada”, detalló.

Ángela Rosalía Mora señaló que “la propia Corte había dicho que debía reducir, en contra de lo que son las normas vigentes dadas por el Congreso, su propia competencia en materia recursiva y lo dijo en el sentido de que se debía dedicar exclusivamente a la competencia federal porque con la reforma de 1994 se habían acrecentado funciones institucionales como son intervenir en causas colectivas, atender a grupos vulnerables sistemáticamente desatendidos en materia de derechos humanos, acceso a la vivienda, a la salud y toda la problemática del federalismo de concertación en materia tributaria, la conflictividad entre las provincias por el tema de la coparticipación constitucionalizada, entre otras materias”.

Sin embargo, la oradora reconoció: “Paradójicamente, en lo que es materia de sus funciones, ha retenido y ha acrecentado competencias no jurisdiccionales. Entonces, acá encuentro una incoherencia”. En esta línea, sostuvo que “sería de buen tino constitucional y republicano modificar la ley de autarquía financiera del Poder Judicial y dejar que la CSJN maneje su propio presupuesto y que el presupuesto de la justicia federal, que no solamente involucra a la que tiene asiento en la Capital Federal, sea manejado por el órgano de control constitucional como es el Consejo de la Magistratura”.

Hacia el final, brindó como propuesta la modificación de la competencia apelada de la CSJN creando un recurso de casación convencional en el ámbito de la defensa de los derechos humanos. “Es decir que siempre que haya una persona humana en un litigio o en una causa en donde deba entender por apelación la CSJN por vía de este recurso, y no por mera voluntad escrita en las sentencias judiciales, exista una norma que obligue a los tribunales inferiores a seguir los estándares que fije la CSJN en materia de derechos humanos para evitar la responsabilidad internacional del Estado argentino”, amplió.

Andrea Mercedes Pérez expresó que “esta reforma fue anunciada por el presidente en ocasión de hacer la apertura de las sesiones ordinarias el 1 de marzo de este año, antes de la situación epidemiológica que atraviesa nuestra cotidianeidad y pone el objeto de atención seguramente en otro lugar: en cuidarnos y superar este momento de la mejor manera posible”.
También manifestó que “el 28 de agosto logró la media sanción de la Cámara de Senadores con 40 votos afirmativos y 26 votos negativos en el marco de una sesión que distó mucho de ser prolija y apegada a las formas. Ese juego sucio permanente en el trámite legislativo a nosotros, los estudiosos del derecho y quienes estamos frente a las aulas ocupándonos de contribuir al proceso de enseñanza y aprendizaje de la mejor manera, nos preocupa, nos asusta y nos alarma”.

En cuanto a las reformas en particular, sostuvo que “más jueces con los mismos códigos procesales van a darnos los mismos resultados que hasta ahora. Solo aumentaremos la cantidad de personas y destinamos más recursos pero no vamos a resolver los problemas que tenemos”. Y afirmó que “hay que analizar la viabilidad del juicio por jurados en materias no penales, hay que corroborar y trabajar sobre el tema de los plazos”. En esta línea, reflexionó: “La CSJN no los tiene. Eso molesta, irrita y alarma y, por supuesto, provoca una desigualdad de armas en el procesos y la pregunta es cuántas sentencias más de la Corte Interamericana de Derechos Humanos va a tener que recibir el Estado argentino que nos diga que violamos el debido proceso por la demora injustificable en la tramitación de las causas”.

Beatriz Rajland comenzó diciendo: “Está claro que el Poder Judicial es parte del poder que es uno solo dividido en funciones, pero no es un poder con posibilidad de independencia social desde que las designaciones de quienes lo componen dependen del consenso del Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo. Y es importante tenerlo en cuenta si queremos avanzar hacia una reforma judicial profunda que asegure una mayor independencia”.

Luego indicó que, a su criterio, una reforma debería hacerse “para garantizar un verdadero acceso a la justicia que no se agota en la fórmula de que todas y todos pueden hacerlo porque en primer término es un servicio gratuito y porque así lo afirma nuestro texto constitucional, cuando todas y todos sabemos que no es lo que realmente ocurre”. Y agregó: “De lo que se trata es de democratizar la justicia que significa brindar un servicio efectivo de justicia a la población y garantizar el acceso a la justicia, que se traduce en una solución para sus derechos en tiempos adecuados y el reconocimiento de esos derechos”.

Por otro lado, señaló: “Considero oportuno el momento de presentación de este proyecto, atenta a la gravedad especialmente del fuero procesal penal. No afecta, a mi entender, un presupuesto de altas dimensiones y está pensada su constitución para dentro de dos años y no ahora. Todo lo que se demore en tratarla será en dos años más porque no es una reforma que pueda llevarse a cabo en un tiempo récord”.

Daniel Sabsay aseveró: “Creo que la reforma es una estrategia que inició el primer día en el que asumió este gobierno dado el modo en el cual designó a los miembros de los órganos de control con un absoluto desprecio por la independencia de los mismos, tratándose en muchos casos de personas que están procesadas por la comisión de graves delitos de corrupción y que no obstante se desempeñan en aquellas funciones en donde tienen que precisamente proteger el patrimonio del Estado y asesorar al presidente en las estrategias en materia judicial”. En esta línea, expresó que “ha habido una permanente estrategia dirigida a destruir la independencia de la justicia particularmente en aquellos lugares que comprometen el destino de los procesos que afectan a la actual vicepresidenta, a su familia y a muchos de los funcionarios que la han acompañado en las administraciones precedentes”.

En cuanto al número de miembros de la CSJN, manifestó: “La ampliación del número de miembros me parece sumamente grave y sería a mi modo de ver el fin de la independencia en un momento en el que considero que lo importante es mantener este número de miembros porque desde hace mucho tiempo no encontramos una Corte cuyos miembros han sido designados por tres presidentes diferentes, lo cual exhibe la posibilidad de una independencia que no ocurre cuando la mayoría de los miembros son designados por el mismo presidente”.

Sebastián Tedeschi manifestó: “Me parece oportuna y necesaria una reforma del Poder Judicial federal. Creo que no es sensato sostener que este no es el momento, pues vivimos en un país que constantemente se autopercibe en situación de crisis. Siempre la urgencia parece que demora lo importante y la crisis en la que vivimos en parte tiene que ver con la mala calidad del Poder Judicial federal".

Seguidamente, compartió: “Tanto la integración de la magistratura, como quienes debatimos ahora sobre integración y funcionamiento del Poder Judicial, pertenecemos a una élite privilegiada. En su mayoría somos varones, blancos, urbanos y de alta renta y esto representa una primera deuda para quienes somos fervientes defensores de las ideas republicanas”. Y añadió: “No es posible que las grandes mayorías y sobre todo las personas pertenecientes a los sectores populares no participen del poder judicial salvo en el escalafón de limpieza y servicios y en el fuero penal como imputados”.

Además expresó: “Me parece lamentable que la CSJN no haya implementado aún el ingreso democrático previsto por la ley 26.861, lo que permitiría poner un freno a la reproducción de la familia judicial. Sin perjuicio de ello se percibe que la gran mayoría de los magistrados desconocen estándares básicos de derechos humanos o si los conocen no parecen tener instrumentos claros de cómo aplicarlos. Esto es grave en particular en relación con el enfoque de género, con los derechos económicos, sociales y culturales y con el derecho de los pueblos indígenas”.


Unificación de fueros y eventuales traspasos de jurisdicciones

El 25 de septiembre se llevó a cabo el cuarto encuentro del ciclo de reflexiones sobre el proyecto de Reforma Judicial. En esta ocasión, las profesoras Adelina

Loianno y Angela Rosalía Mora y los profesores Alberto Biglieri y Elian

Pregno compartieron sus ideas sobre el eje “Unificación de fueros y eventuales

traspasos de jurisdicciones”. El decano Alberto J. Bueres inauguró la reunión.

Para comenzar, Alberto Biglieri se refirió al sentido de la oportunidad y conveniencia del debate en torno al proyecto de Reforma Judicial. Seguidamente, se adentró en las temáticas propuestas para discutir en el encuentro. “El camino de la especialización de los fueros está íntimamente relacionado con la mejoría de la calidad de la decisión jurisdiccional en tanto que la especializada tanto para ser docente como para ser el juez que resuelve hace a que la comprensión del derecho universal es casi inabarcable”, indicó.

En relación con los eventuales traspasos de fueros, recordó que los precedentes de la Corte Suprema de la Nación Bazán, Corrales y todos los demás criterios establecen la necesidad de transferir íntegramente la cuestión del derecho penal a la Ciudad de Buenos

Aires y ya no tiene más espacio de dilación. “Porque obviamente tenemos una claridad que

el legislador puede calificar cuáles son los delitos federales que funcionan en la

justicia federal todo lo demás le corresponde a la Ciudad, por supuesto, con las partidas

necesarias para las estructuras que esto corresponde”.

Sin embargo, señaló que a la par que se está discutiendo la reforma en el Congreso de la Nación, el comité de expertos que ha sido convocado tiene entre sus competencias una atribución que genera algún tipo de confusión. Y retomó el decreto que constituye al mismo: “La comisión analizará y evaluará el modo de finalizar el proceso de transferencia de competencias en materia penal no federal a la Ciudad de Buenos Aires y la manera de reasignar funciones a los valiosos recursos humanos con los que cuenta el actual fuero nacional en lo criminal y correccional de Capital Federal”.

Por su parte, Adelina Loianno expresó que “claramente si se consulta la gente todo el mundo dice que hay que reformar la justicia. Nosotros los operadores de la justicia, de uno y otro lado del mostrador como siempre decimos, también sabemos que hay mucho que hacer. Pero lo que llama la atención es el momento porque el concepto de oportunidad y conveniencia nos deja con la boca abierta con todos los problemas graves que hay”.

En esa misma línea argumental, remarcó la dificultad que presentan los Colegios de Abogados y las universidades, núcleos centrales de discusión de problemas de la justicia, en el contexto de la pandemia. “Desde el punto de vista democrático no hay posibilidad de disentir, no hay posibilidad de discutir. Y evidentemente ese es un déficit muy importante en un estado democrático”, señaló.

Con respecto a la unificación de fueros, reflexionó: “Llama muchísimo la atención que a esta altura de los tiempos se pretenda unificar fueros. El derecho ha avanzado hacia la especialización”.

En cuanto al traspaso de los fueros enfatizó que “parece increíble que de todo el paquete de cuestiones -que tampoco es tan grande- que son objeto de esta reforma el traspaso de la justicia común a la Ciudad de Buenos Aires no aparezca ni siquiera esbozado. No nos quedemos con el penal que avanzaron bastante. Esa monstruosidad de juzgados civiles, de familia, tributario tienen que pasar pero no es porque se me ocurre a mí sino porque lo dice el artículo 129 de la Constitución desde 1994”.

A su turno, Angela Rosalía Mora sostuvo que “en este proyecto de reforma cuando se habla de unificación de fueros y traspasos yo veo un déficit que, como bien marcaron el Dra. Loianno y el Dr. Biglieri, está relacionado con la denominada justicia ordinaria con asiento en la Capital Federal”. Explicó que “el proyecto unifica fueros y traspasa jurisdicciones netamente penales y, desde mi punto de vista, hay un déficit en este traspaso y creación de fueros en las provincias respecto de la especialización. Al interior de las provincias no se le garantiza fueros federales especializados en las diversas materias sino que se repite la matriz del siglo XIX”. Puntualizó que “una de las cosas que tendría que hacer esta comisión de notables designada por el actual presidente de la república sería poner en valor esta idea del federalismo y acrecentar la creación de tribunales federales especializados por materia lo mismo que sucede con los tribunales federales con asiento en la Capital Federal”.

Luego aludió la problemática de las jurisdicciones plenas: “Hay una resistencia sociológica, antropológica y cultural, si se quiere, que nadie mejor que los operadores jurídicos para hacer congresos, llamar a concientización de que el servicio de justicia hoy es esto un servicio no solamente un poder y en el siglo XXI el servicio de justicia tiene que estar equitativa y federalmente distribuido”.

A continuación, Elián Pregno indicó que“la unificación de fueros no es sinónimo de celeridad, eficiencia y eficacia. Por lo menos hay allí una falacia en el sentido que lógicamente no se deriva una de la otra”. Y sumó que “hay un criterio material para impugnar esto porque parecería ser como expresamente también lo establece el proyecto que las causas en trámite van continuar ante los juzgados que ya están interviniendo pero con ese criterio de asignación de causas que van a agregar los criterios de causas que se radican en el otro fuero también”.

En esa misma línea argumental, sostuvo que “la integración de los tribunales de los juzgados se hizo sustanciando concursos que se validaron a partir de la idoneidad del candidato en una materia específica, en una materia respectiva. Si el criterio es darle eficiencia y eficacia, a lo mejor ganan en celeridad, pero la eficiencia y la eficacia también tiene que ver quién es el juez que va a prevenir sobre todo ante el mundo y sus alrededores”.

Por último, afirmó que “los planteos de incompetencia se desincentivan con claridad legislativa y no con reunificaciones tribunalicias”. “A mi modo de ver el proyecto pretende una organización preconstitucional del poder judicial. En la medida en que desconoce la constitucionalización del derecho privado”, concluyó.

En www.derecho.uba.ar se encuentran disponibles los documentos enviados por los/as profesores/as en torno a esta temática.

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